Es noticia
El Supremo confirma la rebaja de penas por la ley Montero y compromete al Gobierno
  1. España
Otro agresor, a un paso de la excarcelación

El Supremo confirma la rebaja de penas por la ley Montero y compromete al Gobierno

El alto tribunal aplica la nueva pena mínima en un caso de tocamientos a menores en Álava y recorta la condena inicial. Justicia e Igualdad analizan la sentencia abiertos ya a reformar la ley

Foto: Magistrados del Tribunal Supremo en una vista pública. (EFE/Fernando Alvarado)
Magistrados del Tribunal Supremo en una vista pública. (EFE/Fernando Alvarado)

Paso a paso, el Tribunal Supremo va fijando doctrina sobre la ley del solo sí es sí y sus conclusiones no favorecen al Gobierno. En aplicación de la norma que tuteló el Ministerio de Igualdad, la Sala de lo Penal ha rebajado este jueves a la mitad la condena a un hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores y a otra mayor de edad mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria en 2019. Frente a los nueve años de prisión iniciales, su pena queda ahora en cuatro años y medio.

Los ministerios de Justicia e Igualdad están trabajando conjuntamente para analizar la sentencia y decidir los próximos pasos a dar. Desde el departamento que dirige Pilar Llop son más proclives a realizar cambios, mientras que desde el liderado por Irene Montero muestran más resistencias. La Moncloa ya dejó la puerta abierta a corregir la polémica norma con ajustes técnicos en los últimos días a la espera de esta sentencia del Supremo, que ha sido clara, pese a la enmienda introducida en la reforma del Código Penal para orientar a los jueces e intentar así limitar la retroactividad de la norma.

La sentencia conocida hoy se suma a la del caso Arandina, hecha pública ayer. La Audiencia Provincial de Álava, en primera instancia, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, después, condenaron al agresor de Vitoria por cuatro delitos de abuso sexual a menor de 16 años y otro de abuso sexual a mayor de edad. En la sentencia, los magistrados explicaban que debía imponerse al acusado la pena mínima por la escasa entidad de los tocamientos.

Foto: El presidente de Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez. (EFE/Chema Moya)

Antes de la reforma de la ley del solo sí es sí, esa pena mínima se fijaba en dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos de abuso sexual a menor y en uno por el de abuso sexual a mayor de edad. De esta manera, tras sumar todos ellos, la pena quedaba en nueve años.

Tras la entrada en vigor de la nueva normativa, sin embargo, este tipo de delito incluye una previsión que permite, en los casos de menor gravedad, rebajar en un grado la pena; es decir, dejarla en un año de prisión cuando las víctimas son menores y en seis meses cuando son mayores de edad. Con este cambio, la pena se reduce entonces hasta los cuatro años y medio.

Foto: Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

Esta nueva pena le deja, además, a un paso de abandonar la cárcel, pues el Código Penal establece que "el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido". Con la anterior normativa, la pena más grave por separado era de dos años y, por tanto, al calcular su triple, el hombre iba a pasar seis años entre rejas. Ahora, la pena más grave queda un año, por lo que, transcurridos los tres, podrá abandonar la prisión.

El condenado está a punto de cumplir los tres años en prisión, de manera que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo también ha comunicado el fallo a la Audiencia Provincial de Álava para que acuerde lo procedente.

La revisión es "obligatoria"

A la espera de que se notifique la sentencia completa, el Supremo ya publicó este miércoles la resolución con la que recorta un año la pena final a los dos condenados por el caso Arandina con base a la ley del solo sí es sí. Según advierte en la misma, que es la primera que dicta tras la entrada en vigor de la normativa, esta rebaja de un año "es obligatoria por aplicarse la retroactividad de la ley penal más favorable al reo".

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (Reuters/Violeta Santos Moura)

Los magistrados explican, además, que "la revisión de penas no solo es a las que se encuentren en fase de ejecución, sino, también, a las que se encuentren en fase de dictado de sentencia, bien en plena terminación de juicio oral, bien en virtud de resolución de recurso de apelación o de recurso de casación".

Su mensaje al resto de tribunales es claro: "La pena ahora impuesta es el resultado de ajustar la proporcionalidad de la culpabilidad a la penalidad imponible".

Paso a paso, el Tribunal Supremo va fijando doctrina sobre la ley del solo sí es sí y sus conclusiones no favorecen al Gobierno. En aplicación de la norma que tuteló el Ministerio de Igualdad, la Sala de lo Penal ha rebajado este jueves a la mitad la condena a un hombre que realizó tocamientos a cuatro niñas menores y a otra mayor de edad mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria en 2019. Frente a los nueve años de prisión iniciales, su pena queda ahora en cuatro años y medio.

Tribunal Supremo Igualdad Irene Montero