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Absueltos los controladores aéreos cuya huelga provocó el estado de alarma
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La Audiencia Provincial estima el recurso

Absueltos los controladores aéreos cuya huelga provocó el estado de alarma

La titular del juzgado de lo Penal número 18 de Madrid les había condenado a multas de hasta 31.500 euros junto al gestor aeroportuario Enaire por abandono del servicio público

Foto: Torre de control aéreo del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
Torre de control aéreo del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

La Audiencia Provincial de Madrid acaba de absolver a los 131 controladores aéreos que abandonaron el servicio durante la huelga de diciembre de 2010. La titular del Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid los había condenado a multas de hasta 31.500 euros junto al gestor aeroportuario Enaire por abandono del servicio público después de que la mayor parte de ellos llegara a un acuerdo con la Fiscalía y aceptara los hechos. Un pequeño grupo recurrió y ha logrado ahora la exoneración de todos. Su actuación provocó la declaración del estado de alarma.

Era 3 de diciembre de 2010. En aquella jornada, a las puertas del puente de la Constitución, estaba a punto de desatarse una crisis que generaría un estado de alerta, el primero de la historia de España, una intervención militar y un cierre total del espacio aéreo español. Los controladores aéreos se plantaron y no acudieron a sus puestos de trabajo.

Foto: Vista general del juicio celebrado este miércoles 15 de enero a los 133 controladores. (EFE)

La crisis comenzó a las cinco de la tarde del 3 de diciembre. El Consejo de Ministros aprobó un decreto que incluía una regulación de la jornada laboral del sector. La reacción entre los afectados no se hizo esperar. Comenzó un abandono masivo de sus puestos de trabajo por parte de decenas de trabajadores que impidió que ningún avión volara. Caos en los aeropuertos de todo el país. Pasajeros desalojando aviones. Cancelaciones. El Ejército tomaba las torres de control mientras la Fiscalía comenzaba la apertura de diligencias por un delito de sedición contra decenas de trabajadores. El Gobierno acabó decretando el estado de alarma

Un pequeño grupo de acusados decidió, sin embargo, continuar adelante e impugnar la condena y ha logrado librar a todos ellos. Los controladores llegaron a estar acusados de sedición. La resolución que los condenó, ahora revocada, indicaba que "se concertaron con la finalidad de interrumpir el tráfico aéreo después de que el Gobierno aprobara un real decreto ley que devolvía a AENA la gestión y el control del tráfico aéreo".

Foto: Una mujer descansa en el suelo junto a su equipaje en el aeropuerto de Barajas. (2010)

Según la Fiscalía, los controladores adoptaron un mecanismo de presión laboral consistente en abandonar sus puestos de trabajo de forma masiva. Lo hicieron presentando ante el responsable de la sala un documento, escrito de su puño y letra, en el que alegaban una disminución significativa de sus capacidades psicofísicas para desempeñar su puesto.

Una mera responsabilidad disciplinaria

La sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso El Confidencial, considera, sin embargo, que la huelga y sus consecuencias no revisten "relevancia penal". "La mera presentación del formulario, aunque supusiera, como sostiene la sentencia de instancia, el relevo del controlador, por mucho que pudiera entenderse como un mero subterfugio, tampoco permitiría subsumir el delito. A lo sumo, caso de acreditarse la incerteza de las causas de discapacidad alegadas en el formulario, solo cabría reconducir la cuestión al ámbito de la responsabilidad disciplinaria", dice.

Foto: El Gobierno decretó el estado de alarma en 2010 por la huelga de controladores aéreos. (EFE)

La resolución indica que el hecho de que pudiera haber controladores que no acudieran a su puesto —un número limitado, dice—, o que se concentraran en un hotel en señal de protesta ante la nueva normativa aprobada en el último Consejo de Ministros, no se puede considerar como un efectivo abandono del servicio una vez que se cerró el espacio aéreo. "Se trató de una decisión dentro del margen de discrecionalidad de Aena, equiparable en cierto sentido con el cierre patronal ante una situación de presión o reivindicación laboral, en cuyo contexto difícilmente cabría hablar de abandono de servicio porque con la indicada regulación, fuera de los vuelos a que se refiere el Convenio de Chicago, no había vuelos que controlar", agrega.

La Audiencia también señala que la sentencia recurrida no realiza el suficiente esfuerzo argumental para establecer que esos informes que presentaron fueran falsos. "Entre otras razones por que siempre sería plausible la hipótesis de que, al menos un controlador, pudiera hallarse en situación de discapacidad", dice. "Los controladores no fueron examinados, quizás porque era meridianamente imposible hacerlo atendido el número de los que suscribieron el formulario, de modo que la certeza sobre la falsedad de la causa invocada en el formulario solo cabría colegirse del hecho de formularse de manera colectiva, como así parece haber aventurado la sentencia, pero sin que se haya practicado una específica prueba sobre el particular", agrega.

La Audiencia Provincial de Madrid acaba de absolver a los 131 controladores aéreos que abandonaron el servicio durante la huelga de diciembre de 2010. La titular del Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid los había condenado a multas de hasta 31.500 euros junto al gestor aeroportuario Enaire por abandono del servicio público después de que la mayor parte de ellos llegara a un acuerdo con la Fiscalía y aceptara los hechos. Un pequeño grupo recurrió y ha logrado ahora la exoneración de todos. Su actuación provocó la declaración del estado de alarma.

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