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Elecciones Castilla y León: cómo librarse (legalmente) de la mesa electoral
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Elecciones Castilla y León: cómo librarse (legalmente) de la mesa electoral

El 13 de febrero los miembros de la mesa electoral están llamados a las urnas de forma obligatoria, pero existen una serie de justificaciones que permiten eludir esta responsabilidad

Foto: Cómo eludir una mesa electoral en las elecciones de Castilla y León. Foto: Efe
Cómo eludir una mesa electoral en las elecciones de Castilla y León. Foto: Efe

​La comunidad de Castilla y León calienta ya motores para las elecciones autonómicas del próximo 13 de febrero. Y, si hay una señala inequívoca que marca el pistoletazo de salida para los comicios es el sorteo público de las mesas electorales; una tarea que corresponde a cada ayuntamiento del territorio y que ha finalizado este miércoles. Lo que está claro tras el arranque de campaña, es que ahora los castellanoleonenses están llamados a las urnas, lo que siempre lleva a la siguiente pregunta: ¿qué hacer si te toca estar en la mesa electoral?

Cada mesa electoral se compone por tres personas que son designadas al azar (solo para menores de 70 años) para acudir el mismo día de las elecciones. De acuerdo con el calendario electoral de la Junta, el sorteo de las 4.355 mesas electorales que estarán distribuidas por cada provincia ya ha finalizado. A partir de ahora, comienza la cuenta atrás para que los ciudadanos y ciudadanas seleccionados reciban la notificación; a excepción de Segovia, Burgos y Valladolid, territorios que han decidido hacer públicos los componentes de estas mesas y que se puede consultar de forma 'online'.

Excusas para eludir la mesa electoral

Además, para aquellos que hayan sido designados como presidente o vocal dispondrán también de un manual de instrucciones con los pasos a seguir el 13 de febrero. Pero si hay un dato imprescindible a tener en cuenta es que la asistencia a la mesa electoral, una vez recibida la notificación oficial, es obligatoria y su incumplimiento conllevaría la comisión de un delito electoral. Es decir, que de nada sirve no querer ir para librarse de ella. Eso sí, existen una serie de excusas legales para poder eludir esa responsabilidad.

Ahora bien, en caso de no poder asistir como presidente o vocal de mesa electoral, los interesados tendrán un plazo límite de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona una "causa justificada y documentada" que le exima de poder acudir a la cita. Sin embargo, solo existen unas limitadas excepciones que se contemplan como legítimas para librarse de la mesa electoral, todas ellas recogidas en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central. En caso de que la Junta de Zona dé por válida la justificación, el organismo se pondrá en contacto con la persona elegida como suplente en un periodo de cinco días. Estas son las causas justificadas:

  • Ser mayor de 65 años y menor de 70 (artículo 26.2 LOREG).
  • La situación de discapacidad, declarada de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Sea cual sea el grado de discapacidad, deberá notificarse a la Junta Electoral de Zona una declaración sin necesidad de presentar un certificado médico.
  • Una persona que reciba pensión por incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
  • Tener la baja médica por incapacidad temporal para el trabajo (artículo 169.1 LGSS).
  • La gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso maternal sea subsidiado o no por la Seguridad Social (artículo 45.1.d) Estatuto de los Trabajadores (ET) y artículo 177 y concordantes LGSS).
  • Internar o estar interno en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos, que debe acreditarse con la certificación de los responsables de los mismos.
  • Haber formado parte de una Mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.
  • Acreditar debidamente ser víctima de un delito, declarado o presunto, por el que se haya dictado una resolución judicial que permanezca en vigor.
  • Padecer una lesión, dolencia o enfermedad física o psíquica que impida ejercer las funciones de miembro de una mesa electoral.
  • La situación de riesgo durante el embarazo durante los primeros seis meses del mismo, declarada de acuerdo con el artículo 186 LGSS.
  • La previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores, o en el día siguiente a aquella, siempre que resulten inaplazables.
  • Pertenecer a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la participación en una mesa electoral.
  • El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.
  • Motivos profesionales: quienes ese día deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales; directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que cubran la jornada electoral y quienes presten servicios esenciales de la comunidad de importancia vital ese día (médicos, bomberos, policías...).
  • Causas familiares: tener un evento familiar inaplazable el mismo día, ser los progenitores de menores de 14 años cuando este no pueda estar a cargo de otras personas, estar al cuidado de una persona con hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo o por la condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.

​La comunidad de Castilla y León calienta ya motores para las elecciones autonómicas del próximo 13 de febrero. Y, si hay una señala inequívoca que marca el pistoletazo de salida para los comicios es el sorteo público de las mesas electorales; una tarea que corresponde a cada ayuntamiento del territorio y que ha finalizado este miércoles. Lo que está claro tras el arranque de campaña, es que ahora los castellanoleonenses están llamados a las urnas, lo que siempre lleva a la siguiente pregunta: ¿qué hacer si te toca estar en la mesa electoral?

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