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La JEC cerca a Torra: su presidente ya avaló la destitución de políticos sin condena firme
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CITA CLAVE EL VIERNES OSBRE JUNQUERAS Y TORRA

La JEC cerca a Torra: su presidente ya avaló la destitución de políticos sin condena firme

El Supremo avaló en abril el relevo por una condena de prevaricación en primera instancia. Un edil canario sienta el precedente que afecta a Quim Torra

Foto: El juicio a Quim Torra. (EFE)
El juicio a Quim Torra. (EFE)

La investidura arranca con velocidad de crucero. Pedro Sánchez y Pablo Iglesias han acordado su programa de Gobierno, el PNV ha dado su apoyo y Bildu su abstención. Solo falta que ERC oficialice el voto en blanco que desatasca la investidura en los próximos días. Pero hay una fecha que puede alterar todo. La Junta Electoral Central (JEC) se reúne el viernes 3 de diciembre y analizará previsiblemente la destitución exprés de Quim Torra con precedentes que juegan contra el presidente catalán. Además, es probable que deje en papel mojado la postura de la Abogacía del Estado sobre Oriol Junqueras al comunicar a la Eurocámara que es inelegible por estar condenado.

Domingo González Arroyo, conocido como 'El marqués de La Oliva', el pueblo de Fuerteventura del que fue alcalde durante 25 años, fue condenado en 2015 a nueve años de inhabilitación por prevaricación. Un juzgado consideró que había autorizado ilegalmente una cantera. La sentencia no era firme pero el cabildo insular lo expulsó de consejero. Lo hizo aplicando la ley electoral que en una reforma de 2011 amplió las causas de expulsión de la política las condenas no firmes por delitos contra la Administración pública (hasta entonces estaban incluidos los de terrorismo o rebelión).

En abril, el Supremo inhabilitó al alcalde de La Oliva (Fuerteventura) sin esperar a la sentencia firme

González Arroyo recurrió su expulsión y el Tribunal Superior de Justicia de Canarias le dio la razón y le permitió seguir en el cargo. "He tenido más de 400 procedimientos judiciales porque no perdonan que un trabajador haya sido senador, 25 años de alcalde y 18 años", explica el veterano político por teléfono mientras suelta improperios porque "boca amarga no escupe dulce": "Para los políticos carroñeros soy un cabrón. La culpa de todo es del simplón de Rajoy".

El caso llegó al Supremo, que en abril pasado dio la razón al cabildo de Fuerteventura y ratificó la expulsión de González Arroyo pese a no estar condenado con sentencia firme. En el tribunal que puso la sentencia estaba Antonio Jesús Fonseca-Herrero, que solo cinco meses después pasó a ser presidente de la Junta Electoral Central (JEC), el órgano formado por ocho magistrados del Supremo y cinco catedráticos a propuestas de los partidos.

Torra apela a evitar "trampas" y ve la autodeterminación como única solución. (EFE)

El pasado 1 de abril, la sección cuarta de lo Contencioso del Supremo decidió que la inhabilitación se aplicaba a todos los tipos de cargos públicos, que debía dejar de ser alcalde pero también consejero insular. El Supremo, que no elevó cuestión de inconstitucionalidad al aplicar la reforma de la Loreg de 2011, consideró que el legislador había querido una mayor ejemplaridad en los cargos públicos como ocurre en otros países de la UE. "Si bien los regímenes de los Estados Miembros de la Unión Europea sobre inelegibilidad reflejan tradiciones jurídicas distintas suelen coincidir en que una condena penal inhabilita para ocupar un cargo público. Incluso, en algún Estado haber incurrido en quiebra o ser indigno de ocupar un cargo público por otro motivo también es causa de inelegibilidad. En Dinamarca, una persona no puede ser elegible si ha sido condenada por realizar actos que según la opinión general la hagan indigna de pertenecer al Parlamento Europeo o al Folketing, el Parlamento danés".

placeholder La Abogacía deja la inhabilitación de Junqueras en manos de la JEC. (EFE)
La Abogacía deja la inhabilitación de Junqueras en manos de la JEC. (EFE)

El Supremo optó por una interpretación que da "una mayor protección de las instituciones públicas haciendo emerger una orientación más cercenadora respecto a condenados a la pena de inhabilitación especial de empleo o cargo público. La sociedad contemporánea reclama que empleos y cargos públicos de base representativa no puedan ser ocupados por sujetos que hubieren sido objeto de inhabilitación especial tras una condena penal independientemente del ámbito de la Administración Pública en que hubiera tenido lugar la comisión del delito". El político canario critica que le aplicaran una reforma de 2011 cuando su caso se había iniciado anteriormente. "No me preocupé mucho de ese procedimiento porque yo no vivo de la política".

El precedente es clave no solo porque el presidente de la JEC estuviera en ese tribunal sino porque Quim Torra ha sido inhabilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un delito del mismo tipo. PP y Ciudadanos han pedido a la Junta Electoral que lo destituya apelando a la reforma de la ley electoral de 2011. La norma considera inelegibles a "los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación". Torra perdería el acta de diputado autonómico, requisito imprescindible para ser presidente de Cataluña, según el Estatuto de Autonomía.

"La sociedad contemporánea reclama que cargos públicos no puedan ser ocupados por sujetos que hubieren sido objeto de inhabilitación"

La Junta Electoral Provincial de Barcelona rechazó aplica la destitución exprés la semana pasada. Consideró que el Estatuto de Autonomía de Cataluña no prevé esa destitución y que no hay precedentes de que se aplicase a un presidente autonómico. En el conflicto entre la ley electoral y la representación de los cargos electos consideraba que hasta que la inhabilitación no fuese firme Torra debía seguir en su cargo. La oposición ha recurrido a la JEC que verá previsiblemente el caso el viernes.

Si la junta decide la destitución exprés en aplicación de la Loreg se abriría un escenario político incierto, especialmente para ERC. Torra no ha desvelado a sus socios qué respuesta daría pero ya ha afirmado que considera que no puede inhabilitarlo ni un tribunal ni la Junta Electoral.

No es la única decisión que tiene que abordar la JEC y que afecta a la actualidad política. La Abogacía del Estado se ha mostrado a favor de que Oriol Junqueras ejerza como eurodiputado al menos hasta que esté inhabilitado. Según fuentes jurídicas, la JEC puede aplicar el artículo 6.2 de la Loreg y trasladar a la Eurocámara que son inelegibles "los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena".

ERC ya ha mostrado sus reticencias a esa parte y el abogado de Carles Puigdemont, Jaime Alonso Cuevillas, avisó en twitter de que la postura de la Abogacía servía como gesto pero que podía quedar en nada en breve. La abogacía del Estado señala en su escrito: "No constando la expresa declaración de la incompatibilidad y de la anulación del mandato, el Sr. Junqueras, sigue hasta que no se produzca dicha declaración por la JEC, ostentando las inmunidades previstas en el artículo 9 del Protocolo nº7, conforme a lo definido por los apartados 71 y 77 de la sentencia del TJUE". Es decir, que todo lo supedita a esa declaración de la JEC. La Junta Electoral, que ya marcó la campaña de abril, afronta otra semana clave.

La investidura arranca con velocidad de crucero. Pedro Sánchez y Pablo Iglesias han acordado su programa de Gobierno, el PNV ha dado su apoyo y Bildu su abstención. Solo falta que ERC oficialice el voto en blanco que desatasca la investidura en los próximos días. Pero hay una fecha que puede alterar todo. La Junta Electoral Central (JEC) se reúne el viernes 3 de diciembre y analizará previsiblemente la destitución exprés de Quim Torra con precedentes que juegan contra el presidente catalán. Además, es probable que deje en papel mojado la postura de la Abogacía del Estado sobre Oriol Junqueras al comunicar a la Eurocámara que es inelegible por estar condenado.

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