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No, el fallo no exige liberar a Junqueras: ¿y ahora, qué?
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No, el fallo no exige liberar a Junqueras: ¿y ahora, qué?

El Supremo ya ha acordado dar traslado para alegaciones a Fiscalía, Abogacía del Estado, acusación popular y su defensa por término de cinco días y "con su resultado se acordará lo procedente"

Foto: Imagen de archivo de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, en el Parlament. (EFE)
Imagen de archivo de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, en el Parlament. (EFE)

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es demoledora pero de efectos limitados. Aún a expensas de que el Supremo estudie su repercusión sobre la situación de Oriol Junqueras, las conclusiones de Luxemburgo son contrarias a la decisión adoptada el pasado junio de no permitirle acudir a cumplimentar los trámites para la adquisición formal de su escaño como eurodiputado, obtenido en las elecciones del 26 de mayo.

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En un escenario todavía muy abierto, estas son las posibles repercusiones de la sentencia:

1. El TJUE indica que, desde que fue elegido y en concreto desde el momento de la proclamación de los resultados electorales, Junqueras gozaba de inmunidad. Asegura también que el tribunal debió permitir su salida de prisión para acudir al Congreso de los Diputados a recoger el acta y jurar la Constitución. O cuanto menos, tramitar suplicatorio. Pero, y aquí está la clave, se refiere a lo que sucedió hace seis meses, cuando estaba en prisión provisional.

Este puede ser uno de primeros efectos: es posible que ese permiso que entonces no se concedió se conceda ahora. Cuanto menos, en ese caso, Junqueras sería excarcelado y acudiría a la Cámara Baja para el trámite.

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2. La Sala de lo Penal estudia ya si esa salida de la cárcel debe hacerse extensiva. Es decir, prolongarse a la espera de tramitación de suplicatorio. En ningún momento la sentencia hace referencia a cuál es el estado actual de la inmunidad, como sí hizo el abogado general en su día. Todo queda, así, en manos de la interpretación de los magistrados, que pueden limitar la salida, conceder el permiso o ampliarla hasta que el Parlamento Europeo conceda su permiso.

No obstante, la resolución ya da alguna pista: asegura que es al tribunal remitente a quien incumbe apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza Junqueras. Y apunta al derecho interno en el que el suplicatorio no es necesario superada la fase de imputación y procesamiento.

3. Las defensas consideran que la lectura del TJUE incluso 'tumbaría' la sentencia. Dado que era inmune en junio, el tribunal no debió continuar procediendo en su contra y no debió condenarle.

Foto: Junqueras, Puigdemont y Forn en el Parlament tras aprobar la independencia. (EFE)

4. Junqueras solicitó al Tribunal de Justicia que ordenase la reapertura de la fase oral del procedimiento. El TJUE se lo niega. Indica que "debe señalarse que en este caso el hecho nuevo que se invoca en la solicitud de reapertura de la fase oral del procedimiento se ha producido, como resulta del propio tenor de esa solicitud, en el proceso penal y no en el contexto del recurso interpuesto".

5. Carles Puigdemont aprovechará, a medio plazo, la decisión, pero una vez más depende de la interpretación del derecho interno. Por el momento, todo apunta a que es la antesala de un fallo favorable al expresidente en su demanda contra la Eurocámara en la Justicia europea. Si se confirma que goza de inmunidad, algo que solo pasará cuando el Parlamento Europeo le dé oficialmente sus credenciales como eurodiputado, nunca antes, el líder independentista contaría con libertad de movimiento. Podría, por tanto, circular por Europa e incluso venir a España sin que se pudiera proceder en su contra. No podría ser detenido sin esa autorización de la Eurocámara.

Pese a esta primera interpretación, la resolución deja una puerta abierta al arresto previo a la petición de un permiso al Parlamento para proceder en su contra. Indica que si el tribunal nacional competente lo estima, "puede mantener la prisión provisional tras la adquisición de la condición de miembro" y solicitar, "a la mayor brevedad", ese suplicatorio.

6. Por el momento, desde el Supremo apuntan a que van a "estudiar en profundidad el contenido íntegro de la sentencia del TJUE" sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras. El tribunal ya ha acordado dar traslado para alegaciones al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado, acusación popular y a la defensa de Oriol Junqueras por término de cinco días, y "con su resultado se acordará lo procedente".

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es demoledora pero de efectos limitados. Aún a expensas de que el Supremo estudie su repercusión sobre la situación de Oriol Junqueras, las conclusiones de Luxemburgo son contrarias a la decisión adoptada el pasado junio de no permitirle acudir a cumplimentar los trámites para la adquisición formal de su escaño como eurodiputado, obtenido en las elecciones del 26 de mayo.

Oriol Junqueras Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tribunal Supremo
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