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Los 5 presos electos solicitan la suspensión temporal del juicio y la libertad provisional
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PRESENTAN LOS ESCRITOS ANTE EL TS

Los 5 presos electos solicitan la suspensión temporal del juicio y la libertad provisional

Las defensas piden que se tramite un suplicatorio, figura con la que el poder judicial pide permiso al poder legislativo para proceder penalmente contra un diputado o senador

Foto: Los políticos presos en Lledoners.
Los políticos presos en Lledoners.

En prisión preventiva y acusados de rebelión, pero con escaño. Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull están a un solo paso de convertirse en diputados, mientras que Raül Romeva hará lo propio en el Senado. Los cinco consiguieron los votos suficientes el 28-A y sus defensas han presentado este miércoles los correspondientes escritos en el Tribunal Supremo para que se formalice su elección, quedando así la decisión en manos de los jueces. Entre las solicitudes que plantean al tribunal, destaca la puesta en libertad para que puedan ejercer el cargo hasta que haya sentencia y la tramitación de un suplicatorio en el Congreso, medida que implicaría la suspensión temporal del juicio del 'procés'.

[Lea aquí el escrito presentado por las defensas de Junqueras y Romeva]

El suplicatorio es una figura con la que el poder judicial pide permiso al poder legislativo para proceder penalmente contra un diputado o senador, solicitud que se dirige a la Presidencia de la correspondiente cámara para que decida mediante votación si se autoriza o no. Aunque las defensas de los acusados consideran que el Supremo debe poner en marcha este mecanismo tras la elección de los líderes independentistas, cabe la posibilidad de que los magistrados consideren que solo tiene sentido a la hora de plantear el procesamiento de un miembro de la cámara, no cuando este ya ha sido imputado y se encuentra en pleno judicial oral, tal y como ocurre con los cinco acusados. En el caso de que el alto tribunal atienda la petición, el juicio del 'procés' se vería además bloqueado hasta que se resolviese el suplicatorio.

Foto: Foto: EFE

Aunque la defensa de Romeva y Junqueras no menciona la suspensión temporal del juicio de forma directa en su escrito, el abogado de Sànchez, Turull y Rull sí que lo aborda: "La Ley de Enjuiciamento Criminal aún da un paso más al prever en su art. 753 la suspensión del proceso judicial a la espera de la resolución de los suplicatorios de los encausados. Dispone el citado precepto que, 'en todo caso, se suspenderán por el secretario judicial los procedimientos desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas, permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el cuerpo colegislador respectivo resuelva lo que tengo por conveniente'. Apoyándose en este artículo, la conclusión a la que llega el abogado es tajante: "De lo anterior se desprende que no hay lugar a dudas sobre la procedencia de la suspensión de los procedimientos en curso una vez solicitada autorización a las cámaras a fin de que éstas se pronuncien sobre el suplicatorio".

El riesgo de fuga, un obstáculo

Las defensas también solicitan en sus escritos que los cinco acusados queden en libertad provisional para que puedan ejercer, pero parece complicado que vaya a aceptarse: la gravedad de los delitos que se les imputan junto con el riesgo de fuga, aspecto que quedó reforzado por la huida de Carles Puigdemont y otros seis políticos catalanes, dificulta la posibilidad de que los magistrados vayan a permitir a los líderes independentistas salir de prisión por el momento. El tribunal, por el contrario, sí aceptará que los cinco tomen posesión de forma presencial. El reglamento de las cámaras establece que para tener el acta de diputado y disponer de todas las prerrogativas deben presentarse en el Congreso para tomar posesión, condición que no pueden delegar de ninguna manera y, por tanto, será autorizada por el alto tribunal.

[Así piden su libertad Turull, Rull y Sànchez]

A la hora de abordar la libertad, la defensa de Junqueras sostiene que el tribunal debe tener en cuenta "la incidencia que la prisión provisional tendría no sólo sobre el derecho de representación política sino sobre todos los demás derechos inherentes a la personalidad". Su escrito enfatiza una y otra vez el hecho de que hayan sido electos, pues considera que "la protección de la función parlamentaria debería vincularse con el otorgamiento de la libertad provisional y, en todo caso, mediante fórmulas de aseguramiento alternativas (fianza, seguimiento mediante sistemas de control telemático, etc.)".

El abogado de Sànchez, Turull y Rull va un paso más allá y vincula de forma directa el suplicatorio con la salida de prisión de los acusados: "La tramitación del suplicatorio no sólo suspende la tramitación de la causa penal sino que también obliga a revisar y dejar sin efecto las medidas cautelares que puedan limitar o condicionar el ejercicio del cargo, especialmente las que afecten a la libertad personal", argumenta. "El fundamento último de la inmunidad radica en la prerrogativa consistente en no ser privado de libertad sin la preceptiva autorización de la cámara", considera el letrado.

"Diputados y senadores gozarán de inmunidad"

Sobre la petición del suplicatorio, aspecto clave en ambos escritos, esto supondría un parón en el juicio con la siguiente fórmula: “De conformidad con el artículo 751.II LECr y la garantía constitucional de inmunidad (71.2 CE) a fin de evitar cualquier interferencia en la tarea parlamentaria, y al no existir pronunciamiento de culpabilidad, debería el Excmo. Tribunal en cualquier caso remitir la solicitud de autorización prevista en los artículos 10 y ss. RC y 21 y ss. RS. Dicha inmunidad opera desde el momento mismo de la proclamación como electo, e incluso antes de la constitución de las cámaras”, sostiene la defensa de Junqueras y Romeva.

Foto: La número dos de la candidatura de ERC a las elecciones municipales, Elisenda Alamany, y el alcaldable por Barcelona, Ernest Maragall. (EFE)

Una línea similar a la expuesta por el abogado de Sànchez, Turull y Rull, que pone el foco en el artículo 71.2 de la Constitución: “Durante el período de su mandato los diputados y senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la cámara respectiva”.

Ante la posibilidad de que los magistrados interpreten que esta inmunidad solo es aplicable a la hora de procesar a un miembro de las cámaras y no cuando ya se encuentre en pleno juicio oral, el letrado Jordi Pina expone el siguiente razonamiento: "Habida cuenta que el proceso penal debe ser entendido como un iter, un recorrido que tiene diversas fases y que culmina con el dictado de sentencia firme, ello permite alcanzar la conclusión de que la inmunidad extiende su ámbito de protección durante todo el proceso penal, incluyendo así a aquellos diputados o senadores que son proclamados electos con posterioridad a haber sido procesados".

Quieren acudir a todas las sesiones plenarias

Aunque las defensas piden la libertad provisional para los cinco acusados, también lanzan otra solicitud ante la posibilidad de que esta no sea atendida. Según indica el escrito presentado por la defensa de Junqueras, a fin de garantizar que la asistencia a las cámaras no suponga una mera formalidad y proteja los derechos a los que se orienta, esto es, los de representación política, reclaman “permitir que los parlamentarios acudan a las sedes de Congreso y Senado a todas sus sesiones plenarias (empezando por el Pleno de Constitución) con posibilidad de desarrollar las tareas que les son propias”. Señalan en la misma línea que para poder cumplimentar dichos trámites precisan de la tutela del tribunal para que sus funciones representativas puedan desarrollarse sin perturbación.

En este sentido, los cinco solicitan la libertad provisional extensiva. “La Sala puede, en el presente momento procesal y ante una modificación de circunstancias relevante (la elección de mis mandantes), efectuar un juicio de ponderación o proporcionalidad que justifique, conforme al artículo 18 CEDH, el grado de afectación del derecho a la libertad (17 CE y 5 CEDH), teniendo en cuenta, asimismo, la incidencia que la prisión provisional tendría no solo sobre el derecho de representación política sino sobre todos los demás derechos inherentes a la personalidad”, subraya el escrito.

En prisión preventiva y acusados de rebelión, pero con escaño. Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull están a un solo paso de convertirse en diputados, mientras que Raül Romeva hará lo propio en el Senado. Los cinco consiguieron los votos suficientes el 28-A y sus defensas han presentado este miércoles los correspondientes escritos en el Tribunal Supremo para que se formalice su elección, quedando así la decisión en manos de los jueces. Entre las solicitudes que plantean al tribunal, destaca la puesta en libertad para que puedan ejercer el cargo hasta que haya sentencia y la tramitación de un suplicatorio en el Congreso, medida que implicaría la suspensión temporal del juicio del 'procés'.

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