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El TC aborda por primera vez multas de hasta 30.000 euros por desobedecer
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LA SINDICATURA ELECTORAL, EN EL PUNTO DE MIRA

El TC aborda por primera vez multas de hasta 30.000 euros por desobedecer

La mayoría de magistrados, a favor de imponer sanciones ejemplares por la recurrente desobediencia

Foto: El pleno en el que se aprobó la ley del referéndum. (EFE)
El pleno en el que se aprobó la ley del referéndum. (EFE)

El pleno del Tribunal Constitucional estudia a partir de este martes y por primera vez en su historia la imposición de multas por la recurrente desobediencia a sus mandatos mostrada desde el Govern catalán. Los miembros de la sindicatura electoral se enfrentan a sanciones de hasta 30.000 euros por no atender las órdenes dadas por los 12 magistrados y continuar impasibles con la actividad de su pseudo junta electoral, un órgano que la Justicia considera absolutamente ilegal.

El tribunal de garantías debatirá así aplicar una de las nuevas armas de las que le dotó la polémica reforma aplicada en 2015. De entre las tres nuevas respuestas ante los incumplimientos a sus resoluciones que se incluyeron en aquella norma y que jamás se han empleado, esta es la más benevolente frente a otras posibilidades más severas, como suspender preventivamente a cargos políticos —baza que el Gobierno no ha sugerido en ninguno de sus escritos— o la sustitución de funciones para obligar al cumplimiento de la ley.

Hasta el momento, nunca se ha debatido la imposición de multas, ya que es poco común que las resoluciones del TC se topen con una falta de respuesta de este calibre, indican a El Confidencial fuentes jurídicas. Añaden que consideran al grupo de cinco personas designadas por el Parlamento una de las piedras angulares para luchar contra el desarrollo del referéndum a poco menos de 15 días para el día D. Las amenazas no parecen haber amedrentado a los juristas Marc Marsal, Marta Alsina y Josep Pagès, y a los politólogos Jordi Matas y Tània Verge, que ni siquiera han atendido en el plazo establecido de 48 horas la orden de que informaran sobre sus actos de los últimos días.

La Generalitat se resiste a que controlen sus cuentas

La web del referéndum que sigue aún activa (www.ref1oct.eu), por estar alojada en el extranjero, da cuenta de cuatro resoluciones adoptadas por la sindicatura. Ha aprobado una resolución sobre la campaña institucional de la Generalitat con motivo del 1-O que concluye que "reúne los parámetros de neutralidad exigidos por la normativa reguladora del referéndum". También ha adoptado otra resolución respecto al reparto de los espacios de propaganda electoral en los medios públicos.

Por ello, la mayoría del pleno quiere pasar a la acción y hacer uso de su prerrogativa. No solo el TC tiene a los síndicos en su punto de mira. También la Fiscalía, que se ha querellado en su contra y les acusa de delitos de desobediencia, malversación y usurpación de funciones. El procedimiento penal está pendiente de admitirse a trámite por la jueza de Instrucción número 15 de Barcelona, María Concepción Cantón. Los fiscales consideran que los querellados han realizado actos de ordenación, regulación e impulso de un proceso electoral previsto en una ley previamente suspendida por el Constitucional y amparándose en un nombramiento igualmente suspendido constitucionalmente, "careciendo así de toda facultad o habilitación para el desempeño de las funciones que se atribuyen".

Foto: Material incautado por la Guardia Civil este domingo.

Con funciones análogas a las de una junta electoral de cara al referéndum anunciado para el 1 de octubre, los cinco síndicos fueron elegidos de madrugada tras 16 horas de un pleno parlamentario absolutamente irregular, en una votación en la que no participaron los diputados de Ciudadanos, PSC y PPC. Con los votos de JxS y la CUP y la abstención de Catalunya Sí que es Pot, el trámite salió adelante.

La Cámara catalana les convirtió de un plumazo en un "órgano independiente, imparcial y permanente", encargado de validar el censo, las papeletas y las urnas, supervisar la campaña institucional, velar por el pluralismo en los medios de comunicación y realizar el escrutinio general, reza la ley del referéndum. Otras dos personas, Josep Costa y Eva Labarta, fueron elegidos como suplentes en esta sindicatura electoral.

Paradoja jurídica

La agenda del nuevo pleno ordinario del TC que se inicia este martes tenía otro asunto pendiente que no necesitará finalmente el debate de los magistrados. Los 12 integrantes del tribunal de garantías tenían previsto abordar una respuesta a la falta de publicación en el BOE catalán de las sucesivas suspensiones de leyes para la consulta que han ido decretando.

Foto: En el extremo izquierda Neus Lloveras, presidenta de la Asociación de Municipios por la Independencia, y en el derecho Miquel Buch,  presidente de la Asociación Catalana de Municipios. (EFE)

El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) publicó hace solo unas horas, este lunes, la resolución del Tribunal Constitucional que anula de forma cautelar la ley del referéndum de autodeterminación aprobada por el Govern y el Parlamento catalán hace 13 días, el pasado 6 de septiembre. Fuentes jurídicas ponen de manifiesto que, tras la aparición de estas resoluciones, se da la paradoja jurídica de que ahora tanto el Govern como la propia sindicatura están tratando de aplicar unas leyes que ni siquiera están vigentes según su propio boletín oficial.

El pleno también tiene previsto pronunciarse sobre dos nuevos incidentes de ejecución planteados por el Gobierno de Mariano Rajoy contra la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell.

El pleno del Tribunal Constitucional estudia a partir de este martes y por primera vez en su historia la imposición de multas por la recurrente desobediencia a sus mandatos mostrada desde el Govern catalán. Los miembros de la sindicatura electoral se enfrentan a sanciones de hasta 30.000 euros por no atender las órdenes dadas por los 12 magistrados y continuar impasibles con la actividad de su pseudo junta electoral, un órgano que la Justicia considera absolutamente ilegal.

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