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Air Nostrum, condenada a pagar a los pilotos los días que usaron para vacunarse contra el covid
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Sentencia del Tribunal Supremo

Air Nostrum, condenada a pagar a los pilotos los días que usaron para vacunarse contra el covid

La empresa sostenía que esta situación podía equipararse a las ausencias justificadas mediante parte de consulta y reposo que no conllevan la obligación de retribución del salario

Foto: Dos miembros de la tripulación de un avión de Air Nostrum. (EFE/Manuel Bruque)
Dos miembros de la tripulación de un avión de Air Nostrum. (EFE/Manuel Bruque)

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional de marzo de 2022 que condena a Air Nostrum a abonar a sus pilotos y tripulantes de cabina los días desprogramados tras la vacunación del covid.

En un fallo fechado el pasado 15 de marzo al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social confirma la sentencia de marzo de 2022 de la Audiencia Nacional, que decidió que desde el inicio del periodo de vacunación contra el covid-19 reconozca y abone el salario correspondiente al día que se vacunaron y a los dos días siguientes que fueron desprogramados para prevenir efectos secundarios.

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Dicha desprogramación, indica la Sala, durante al menos 48 horas sin actividad de vuelo como consecuencia de la vacunación —por decisión de la empresa—, es una medida de prevención de riesgos laborales que no debe perjudicar al trabajador. La medida afectaba a todos los pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros de esta compañía aérea de las bases o centros de trabajo existentes en España, pero no al personal de tierra.

Una vez publicada la programación mensual de actividad, cuando recibían la cita para vacunarse, Air Nostrum procedía a desprogramar al trabajador el día de vuelo y los dos siguientes, considerando este tiempo de espera como licencia no retribuida. De acuerdo con las recomendaciones operativas de la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea sobre la vacunación de las tripulaciones aéreas, recogidas en un boletín de marzo de 2021, Air Nostrum remitió un correo a estos trabajadores en el que comunicaba la adopción de la medida controvertida.

La Sala rechaza así el recurso de la compañía, y da la razón al Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), el Sindicato de Tripulantes Auxiliares de Vuelo de Líneas Aéreas (Stavla), la Confederación Sindical de CCOO y el Sindicato Unión Profesional de Pilotos de Aerolíneas (Uppa).

Foto: Los pilotos de Air Nostrum vuelven a la huelga: estas son las fechas de paros (Fuente: iStock)

En su recurso, la empresa sostenía que esta situación podía equipararse a las ausencias justificadas mediante parte de consulta y reposo que no conllevan la obligación de retribución del salario a esos días correspondientes. El tribunal rechaza este argumento y explica que esa falta de actividad "no deja de ser una medida en materia de prevención de riesgos laborales que no debe trasladarse en su coste hacia el trabajador, lo que se traduce en no perder la retribución que en esos días hubieran percibido de no adoptarse esa medida de protección eficaz frente a los efectos secundarios que la vacunación pudiera provocar".

Añade que no se trata de analizar si el suministro de una vacuna puede generar derecho a permiso o no, o si el contagio por el agente biológico genera una situación de incapacidad temporal. De lo que se trataba era de aclarar "si la medida consistente en estar un tiempo de espera de 48 horas, necesario para tener por superada la inexistencia de efectos secundarios de la vacunación, y que provoca la necesidad de desprogramar la actividad de vuelo, debe correr a cargo de quien tiene el derecho a la protección de su salud o de quién debe garantizarla".

No se puede admitir que se trate de un supuesto general de parte de consulta y reposo, sino "ante la prevención de riesgos laborales en donde la empresa es la obligada a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en un supuesto de pandemia".

El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia de la Audiencia Nacional de marzo de 2022 que condena a Air Nostrum a abonar a sus pilotos y tripulantes de cabina los días desprogramados tras la vacunación del covid.

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