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¡Cuidado al hacer tu declaración de la renta! Errores que puedes cometer tras pedir el borrador
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¡Cuidado al hacer tu declaración de la renta! Errores que puedes cometer tras pedir el borrador

No solo basta con solicitar y confirmar el borrador para presentar la declaración, sino que se deben comprobar los datos y confirmar que todas las reducciones o deducciones fiscales posibles están incluidas

Foto: Los errores que se pueden colar en tu declaración de la renta si no la revisas (iStock)
Los errores que se pueden colar en tu declaración de la renta si no la revisas (iStock)

Da igual que se haya cumplimentado una declaración de la renta con anterioridad o que este sea el primer año que se tenga la obligación de presentarla: con cada campaña de la renta lo cierto es que surgen dudas recurrentes. A pesar de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) publica en cada campaña un portal informativo en su sitio web destinado a resolver consultas de los contribuyentes, el proceso administrativo que conlleva cumplimentar la declaración del IRPF no deja de ser un trámite un tanto desconocido y difícil de resolver por propia cuenta para muchos. De ahí que buena parte de los contribuyentes suela 'delegar' en los gestores de la Agencia Tributaria la presentación de la declaración de la renta por vía telefónica pidiendo cita previa para ser atendido en el Plan Le Llamamos o acudiendo presencialmente a las oficinas para confeccionar la declaración.

La autoliquidación del IRPF se puede presentar también vía 'online' a través del sitio web de la AEAT, donde se puede acceder a la herramienta Renta Web para tramitar el borrador y la propia declaración y confirmarla personalmente de forma electrónica. Este trámite, además, se puede llevar a cabo a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, disponible tanto para dispositivos que utilizan el sistema operativo Android o el iOS, en la que también se puede tener acceso directo al servicio de tramitación de la declaración. Sin embargo, estas opciones para ponerse al día con Hacienda requieren de un mayor conocimiento. No obstante, en ninguno de los casos mencionados anteriormente, basta con solicitar el borrador en el inicio de la campaña y confirmarlo para su presentación. Se debe comprobar que todos los datos que constan en papel son correctos y que no falta nada por incluir, de ahí la importancia de revisar detenidamente la documentación.

Foto: Cálculo de impuestos. (iStock)

De todas formas, si cuando arranque la campaña de la renta 2020 se presenta la declaración con algún dato incorrecto o a falta de incluir algún tipo de información, la Agencia Tributaria contempla la posibilidad de que el contribuyente modifique la declaración una vez presentada sobre todo teniendo en cuenta el que el contribuyente haya podido detectar errores u omisiones en los datos declarados. En este sentido, de acuerdo con lo que explica la Agencia Tributaria y se indica asimismo en el informador de la renta que se puede consultar en el mostrador virtual de la Administración Digital Integral (ADI), hay un cauce administrativo pensado para intentar subsanar los errores en perjuicio del contribuyente.

"Si el contribuyente declaró indebidamente alguna renta exenta, computó importes en cuantía superior a la debida u olvidó practicar alguna reducción o deducción a las que tenía derecho" —lo que puede provocar que el importe a ingresar sea inferior al de la autoliquidación presentada— y considera que se ha producido "un perjuicio de sus intereses legítimos", se puede solicitar una rectificación de dicha declaración siguiendo los cauces de procedimiento que se especifican en la ley. "Cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso", se permite la rectificación de la autoliquidación del IRPF a través de la propia declaración del impuesto en el servicio de Renta Web.

Para evitar líos burocráticos, no obstante, lo mejor es tomarse con calma la presentación de la declaración para poder revisar el borrador y comprobar que todos los datos correspondientes al ejercicio fiscal de 2020 son correctos y se ajustan a la realidad. Así, lo primero de lo que hay que cerciorarse es de si se está obligado o no a presentar la declaración, para lo que hay que tener en cuenta el mínimo de los rendimientos íntegros del trabajo —además del mínimo que afecta a, por ejemplo, el capital mobiliario—, que obliga a declarar a todos aquellos contribuyentes que tributen en España y que perciban más de 22.000 euros anuales con carácter general de un solo pagador. Este límite de 22.000 euros también se aplica a los contribuyentes que reciben rendimientos del trabajo de más de un pagador siempre y cuando la suma del segundo (y de los restantes) no supere en su conjunto los 1.500 euros anuales. De superarse esa cantidad, el límite pasa a ser de 14.000 euros. También habrá de tenerse en cuenta si se han cobrado ayudas como el ingreso mínimo vital (IMV) o si se han recibido cantidades indebidas por parte del SEPE a la hora de cobrar prestaciones por ERTE, en cuyo caso se recomienda que se espere a la reclamación del organismo antes de presentar la declaración.

Una vez se ha comprobado si se ha de presentar la declaración, estos son algunos de los aspectos que conviene revisar para no caer en posibles errores al confeccionar la autoliquidación del IRPF:

Ten en cuenta las novedades de la campaña 2020

Cada año, Hacienda elabora un manual práctico sobre la campaña de la renta que sirve para tener en cuenta mucha información útil relativa a la declaración. Además de resolver cuestiones que suelen hacer dudar a los contribuyentes, se incluye una guía de las principales novedades relativas al IRPF que afectarán en la presentación de la autoliquidación correspondiente al ejercicio fiscal anterior. En esta ocasión, hay novedades que pueden afectar desde la propia gestión del impuesto hasta las exenciones o los rendimientos del trabajo. Para aclarar las posibles dudas que cumplimentar la declaración de la renta puede conllevar, desde la AEAT ponen a disposición de los contribuyentes dos teléfonos de información, el 91 554 87 70 y el 901 33 55 33 (con coste compartido de llamada), en los que se atiende en un horario de 9:00 a 19:00 horas.

En esta campaña de 2020, se espera además que Hacienda ponga en marcha una suerte de herramienta informática para predecir errores al modificar determinadas casillas del apartado de rendimientos del trabajo, de acuerdo con lo que se adelantó acerca de esta novedad hace unas semanas. Desde Ion Comunicación, la agencia que trabaja con el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), indican que podrían tratarse de una serie de avisos integrados en el propio programa Renta Web, en sintonía con lo que se sabe hasta la fecha de la herramienta. "Según el Plan General de Control Tributario 2021, pretende alertar a los contribuyentes que pueden haber incurrido en errores al no utilizar los datos fiscales que le fueron suministrados", explican asimismo, a la espera de que con el inicio de la campaña se pueda saber exactamente cómo de útil resultaría esta herramienta, que a priori no se trataría de una aplicación específica.

Revisa los datos personales y familiares

Entre los aspectos que la Agencia Tributaria señala que hay que revisar durante la tramitación del borrador, se incluyen datos que en un primer momento pueden parecer de perogrullo: los datos personales y familiares, que de acuerdo con lo que manifiesta la AEAT en su sitio web se deben verificar con el objetivo de confirmar que se incluyan, por ejemplo, las deducciones familiares que correspondan, como pueden ser la de maternidad, por descendiente o ascendiente con discapacidad, familia numerosa o monoparental con dos hijos y sin derecho a percibir anualidades o por cónyuge no separado legalmente con discapacidad. Además, la AEAT también avisa de que se deben revisar los datos relativos a inmuebles y referencias catastrales en la sede del Catastro.

Foto: Cálculo de impuestos. (iStock)

Mucho ojo con los rendimientos de trabajo

En general, se recomienda que no se confirme el borrador de la renta de forma precipitada para no olvidarse de incluir las reducciones o deducciones fiscales a las que se tenga derecho. En el caso de los planes de pensiones, por ejemplo, las aportaciones que haga el contribuyente pueden reducir la base imponible a la hora de hacer la declaración de la renta. El apartado de rendimientos del trabajo es una de las secciones de la declaración en la que se pueden incluir algunos gastos deducibles, como son por ejemplo las cuotas sindicales, otras aportaciones que pueden olvidarse fácilmente.

Da igual que se haya cumplimentado una declaración de la renta con anterioridad o que este sea el primer año que se tenga la obligación de presentarla: con cada campaña de la renta lo cierto es que surgen dudas recurrentes. A pesar de que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) publica en cada campaña un portal informativo en su sitio web destinado a resolver consultas de los contribuyentes, el proceso administrativo que conlleva cumplimentar la declaración del IRPF no deja de ser un trámite un tanto desconocido y difícil de resolver por propia cuenta para muchos. De ahí que buena parte de los contribuyentes suela 'delegar' en los gestores de la Agencia Tributaria la presentación de la declaración de la renta por vía telefónica pidiendo cita previa para ser atendido en el Plan Le Llamamos o acudiendo presencialmente a las oficinas para confeccionar la declaración.

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