Cómo consultar los datos fiscales de la renta 2020-2021 y obtener el número de referencia
De forma anticipada, ya se pueden consultar en el portal de la Agencia Tributaria los datos fiscales que le constan a Hacienda y obtener con la casilla 505 de la declaración anterior un número de referencia
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La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ya ha puesto en marcha toda la maquinaria para la campaña de la renta 2020, un periodo del año en el que los contribuyentes que residen en España tienen que confeccionar su declaración de la renta correspondiente al ejercicio anterior después de solicitar y tramitar el borrador. A partir del 7 de abril, el día en el que empieza a correr el plazo para ajustar cuentas con Hacienda según lo que consta en el calendario fiscal de la renta 2020-2021, se podrá tener acceso a todos los servicios 'online' que la AEAT proporciona a través de su página web para facilitar las gestiones de la declaración. Sin embargo, antes de que arranque la campaña de la renta, ya se pueden consultar algunos apartados informativos relacionados, por ejemplo, con los últimos datos fiscales que constan de cada contribuyente en las bases de Hacienda o con el simulador que se integra en el servicio Renta Web de ayuda para tramitar la declaración, que permite realizar simulaciones de posibles declaraciones de la renta sin habilitar, eso sí, la presentación de la misma, para la que hay que esperar hasta el primer día de la campaña si se quiere hacer llegar a través de internet.
Tanto para confeccionar en el futuro cercano el borrador de la renta como para poder consultar de forma anticipada en la web o en la aplicación móvil de la AEAT los datos fiscales, es decir, aquellos datos que sirven de base para la obtención del borrador que se pueda generar a través del servicio Renta Web, será necesario antes que nada identificarse en el sistema de la Agencia Tributaria a través de una de las vías de autenticación que existen: certificado o DNI electrónico, Cl@ve Pin o número de referencia en el servicio RENØ, que se obtiene 'online' aportando el importe de la casilla 505 —la que hace referencia a la base liquidable general sometida a gravamen, de acuerdo con lo que informan desde la Agencia Tributaria—, recogida en la copia de la declaración que conserva el contribuyente o en el documento de ingreso o devolución.
El número de referencia se puede obtener a través de la página web de la AEAT, haciendo click en el apartado dedicado a la campaña de la renta 2020 donde se muestra un menú de trámites destacados, en el que que se recoge la opción de hacerse con dicha referencia para confeccionar el borrador. Este número se puede obtener antes incluso del inicio de la campaña y servirá, tanto para consultar los datos fiscales como para presentar la declaración, independientemente de cuál sea el resultado que se obtenga. Una vez se ha pulsado en ese apartado del portal de la renta, el usuario verá una casilla para introducir su DNI o acceder a la plataforma, en caso de tener alguna de estas claves, por medio del certificado o DNI electrónico.
Una vez se haya tecleado el número del documento de identidad correspondiente, DNI o NIE, a continuación se deberá aportar también la fecha de caducidad, el número de soporte o la fecha de nacimiento —si el NIE comienza por alguna de las letras M, L o K— para poder pasar a la siguiente pantalla, en la que la aplicación recuerda al contribuyente que puede registrarse en el sistema Cl@ve Pin u obtener el número de referencia con la casilla 505. De optar por la segunda opción y haber presentado la declaración el año anterior, se deberá introducir el importe de la base liquidable general sometida a gravamen separando los decimales con una coma. Todo esto lo explica de forma visual la AEAT en el vídeo que se puede consultar bajo estas líneas.
En caso de no haber presentado con anterioridad la declaración de la renta o contar con un importe a cero en la casilla 505, también se podrá obtener el número de referencia aportando los últimos cinco dígitos del código IBAN de una cuenta de la que se sea titular en el ejercicio 2020. Una vez se validen los datos, el sistema mostrará la referencia que se puede utilizar para gestionar trámites en el portal de renta 2020.
Con esa referencia, la última que se haya generado, se podrá acceder al apartado de consulta de datos fiscales, disponible también en Trámites destacados en el sitio web de la Agencia Tributaria. Tras identificarse con el número de referencia o con cualquiera de los otros recursos de autenticación, la página de la AEAT muestra todos los datos fiscales del contribuyente que constan en sus bases en ese momento, y que van desde el nombre completo, documento de identidad o el domicilio fiscal hasta el nombre del pagador o las retenciones que se aplican por rendimientos de trabajo. Estos datos se pueden consultar tanto a través de la página web de la Agencia Tributaria, donde también se encuentran disponibles los datos fiscales correspondientes a ejercicios anteriores, como en la aplicación móvil.
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- Quien haya cobrado el ingreso mínimo tendrá que declararlo
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ya ha puesto en marcha toda la maquinaria para la campaña de la renta 2020, un periodo del año en el que los contribuyentes que residen en España tienen que confeccionar su declaración de la renta correspondiente al ejercicio anterior después de solicitar y tramitar el borrador. A partir del 7 de abril, el día en el que empieza a correr el plazo para ajustar cuentas con Hacienda según lo que consta en el calendario fiscal de la renta 2020-2021, se podrá tener acceso a todos los servicios 'online' que la AEAT proporciona a través de su página web para facilitar las gestiones de la declaración. Sin embargo, antes de que arranque la campaña de la renta, ya se pueden consultar algunos apartados informativos relacionados, por ejemplo, con los últimos datos fiscales que constan de cada contribuyente en las bases de Hacienda o con el simulador que se integra en el servicio Renta Web de ayuda para tramitar la declaración, que permite realizar simulaciones de posibles declaraciones de la renta sin habilitar, eso sí, la presentación de la misma, para la que hay que esperar hasta el primer día de la campaña si se quiere hacer llegar a través de internet.