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Quien haya cobrado el ingreso mínimo vital tendrá que hacer la declaración de la renta
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Quien haya cobrado el ingreso mínimo vital tendrá que hacer la declaración de la renta

Desde Hacienda insisten en que es necesario presentarla, aunque en la mayor parte la declaración será muy sencilla, sin ingresos que incorporar y con cuota cero

Foto: Instalaciones de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid (EFE)
Instalaciones de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid (EFE)

El año 2020 ha estado marcado duramente por la pandemia, y entre las muchas modificaciones que ha provocado el coronavirus, no solo en la conducta humana, se encuentran las medidas que se han tomado desde el Gobierno para tratar de suavizar las consecuencias de la crisis económica derivada de la coyuntura. Entre ellas, el Gobierno aprobó a mitad del año pasado el ingreso mínimo vital, una ayuda a la que se puede acceder con el objetivo de que todos y todas las ciudadanas "cuenten con un mínimo de ingresos que les permita vivir dignamente". En 2021, con la revalorización de las pensiones no contributivas, la ayuda del ingreso mínimo vital se actualizó para este nuevo año, con nuevas cuantías y nuevos límites patrimoniales.

Ahora, más de medio año después de que arrancara esta ayuda, no hay que olvidarla de cara al inicio de la campaña de la declaración de la renta. Tanto es así que la Agencia Tributaria (AEAT) ha advertido de que todos los beneficiarios de este ingreso mínimo vital están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de la cuantía de sus ingresos. La AEAT ha empezado a publicar este miércoles los primeros contenidos informativos de la campaña, que arranca el 7 de abril, aunque desde hoy ya se pueden consultar los datos fiscales y obtener el número de referencia para presentar la declaración.

En este contexto, ha publicado en su web una nota específica con recomendaciones e información para los beneficiarios del IMV, más de 460.000 personas, de las que más de 226.000 son menores de edad. La agencia les explica que el ingreso mínimo vital es una renta exenta y que la gran mayoría no tendrá que incluirlo en su declaración, pero sí presentar la declaración. Sí tendrán que declarar como rendimientos del trabajo las cuantías que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en el caso de que, junto al IMV, se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de autonomías y ayuntamientos. En este caso sólo hay que declarar y tributar por las cantidades que excedan ese umbral de 11.279,39 euros.

Foto: Plazos para la presentación a tiempo de la declaración de la renta 2020. (EC Diseño/Rocío Márquez)


Será una declaración sencilla

La AEAT asegura que en la gran mayoría de supuestos, la declaración será muy sencilla, sin ingresos que incorporar y con cuota cero (ni a ingresar, ni a devolver). Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, se recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores. En ausencia de matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro declaración individual.

La agencia reconoce que las dificultades pueden venir dadas por el hecho de tener que presentar la declaración un colectivo de personas que en muchos casos serán nuevos declarantes, por lo que va a realizar un envío de cartas informativas a todos los beneficiarios del IMV, al tiempo que reforzará la asistencia personalizada. En esas cartas incluirá instrucciones sencillas para obtener el número de referencia con el que poder presentar la declaración y, en su caso, la forma de solicitar una asistencia personalizada, telefónica o presencial, para la confección de esas declaraciones. A través de la plataforma Renta Web el contribuyente podrá, en la gran mayoría de supuestos del IMV, confirmar el borrador que le ofrece la agencia

El año 2020 ha estado marcado duramente por la pandemia, y entre las muchas modificaciones que ha provocado el coronavirus, no solo en la conducta humana, se encuentran las medidas que se han tomado desde el Gobierno para tratar de suavizar las consecuencias de la crisis económica derivada de la coyuntura. Entre ellas, el Gobierno aprobó a mitad del año pasado el ingreso mínimo vital, una ayuda a la que se puede acceder con el objetivo de que todos y todas las ciudadanas "cuenten con un mínimo de ingresos que les permita vivir dignamente". En 2021, con la revalorización de las pensiones no contributivas, la ayuda del ingreso mínimo vital se actualizó para este nuevo año, con nuevas cuantías y nuevos límites patrimoniales.

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