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El ingreso mínimo vital crece en 2021: así queda la cuantía de la ayuda tras la subida en enero
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de 8,43 hasta 18,55 euros más al mes

El ingreso mínimo vital crece en 2021: así queda la cuantía de la ayuda tras la subida en enero

Con la revalorización del 1,8% de las pensiones no contributivas que se estableció para 2021, la ayuda del ingreso mínimo vital que perciben ya 160.000 hogares se ha actualizado, con nuevas cuantías de renta y nuevos límites patrimoniales

Foto: Varias personas hacen cola para recoger comida este verano en Barcelona (EFE)
Varias personas hacen cola para recoger comida este verano en Barcelona (EFE)

Casi siete meses lleva en vigor el ingreso mínimo vital que se puso en marcha de forma acelerada en junio de 2020 dada la crisis económica que había desatado la primera ola de contagios del coronavirus SARS-CoV-2 en España. Pensada como una prestación destinada a garantizar un "nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica" en los términos establecidos según la ley, de acuerdo con lo que se especifica en el Real Decreto-ley 20/2020 de 29 de mayo por el que se estableció esta renta mínima vital, se trata de una ayuda que forma parte de la "acción protectora de la Seguridad Social", según la descripción que se recoge de la medida en su portal informativo, dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellas personas que vivan solas o se integren dentro de una unidad de convivencia, pero no dispongan de renta alguna o no cuenten con ingresos suficientes. Con la entrada de 2021, quienes reciban ya con carácter retroactivo la prestación verán cómo las cuantías se actualizan como consecuencia de lo que se determinó en los Presupuestos Generales del Estado para 2021, donde se estableció una subida de las pensiones no contributivas del 1,8%.

A fecha de 16 de diciembre de 2020, el Instituto Nacional de Seguridad Social resolvió el 80% de las solicitudes (800.000 expedientes) que se habían tramitado hasta ese día, tal y como indican en una nota de prensa desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esto se traduce en que se reconoció el derecho a cobrar la prestación a unos 160.000 hogares, alcanzando con ello en el mes de diciembre a más de 460.000 personas en riesgo de exclusión social, de las que el 47% son menores de edad. No obstante, aunque algo más de 1.000.000 de solicitudes de las que se presentaron hasta el último mes del año 2020 fueron válidas, el 50% de los expedientes se denegaron, "en la mayor parte de los casos por superar los niveles de renta y patrimonio" exigidos, de acuerdo con lo que se concreta en dicho comunicado. El nivel de ingresos y patrimonio de la persona solicitante de la ayuda determina el acceso al ingreso mínimo vital, ya que se marcan unos límites que forman parte de los requisitos para beneficiarse de esta prestación económica no contributiva.

Foto: Lola de San Antonio, en su casa, junto a dos de sus hijas. (David Brunat)

Así, para la renta mínima vital se determina que el patrimonio máximo del solicitante debe ser como máximo "tres veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual", tal y como se hace eco en una guía explicativa publicada por el Gobierno. Al entrar en vigor la prestación en 2020 la renta mínima garantizable para una persona en 5.538 euros, el límite de patrimonio correspondiente al ejercicio anterior, el 2019, no podía superar los 16.614 euros. En el caso de una unidad de convivencia conformada por un adulto y un menor de edad, el límite se fijó en 23.260 euros, una cifra que iba variando en función de la composición de dicha unidad familiar y que se ha actualizado este nuevo año.

Ahora, con el incremento del 1,8% de las cuantías del ingreso mínimo vital en 2021 que se produce al estar vinculada esta ayuda a la revalorización de las pensiones no contributivas, se fijan nuevos límites de patrimonio para los solicitantes y nuevas rentas garantizadas, anuales y mensuales, para cada unidad de convivencia, que ya se pueden consultar en el portal de la Seguridad Social. Partiendo de la base de que a un adulto que sea beneficiario individual de la ayuda, al encontrarse en riesgo de pobreza extrema, le corresponde en 2021 una renta mínima garantizable al mes de 469,93 euros —8,43 euros más que los que se percibían en 2020, al situarse la cuantía en 461,50 euros, que se solían redondear a 462 euros—, anualmente recibirá, siempre que se sigan cumpliendo las condiciones que le otorgaron el acceso a la ayuda, 5.639,20 euros, 101,2 euros más que la cantidad anteriormente fijada.

De esta forma, teniendo en cuenta los incrementos que se plantean para cada miembro adicional de una unidad de convivencia a partir del segundo y para cada familia monoparental que pueda acceder a la ayuda, esta cuantía se va ajustando dependiendo de los menores y adultos que conformen el hogar, tal y como se puede apreciar en la tabla que figura sobre estas líneas. Una unidad conformada por un adulto y un niño, que antes percibía 701,48 euros, ahora recibirá al mes una cantidad de 714,30, casi 13 euros más. La subida del ingreso mínimo vital en 2021 alcanza como máximo un incremento mensual de 18,55 euros en el caso de aquellas unidades de convivencia que están formadas por dos adultos y tres o más menores, tres adultos y dos o más menores, cuatro adultos y un menor u "otros", que pasan a beneficiarse de una cuantía de 1.015,30 euros a ingresar al mes 1.033,85, percibiendo al año 12.406,24 euros.

Todas las cuantías de renta actualizadas se pueden consultar en el portal informativo de la Seguridad Social sobre el ingreso mínimo vital, en el que también figuran los nuevos límites de patrimonio correspondientes con el ejercicio 2020 y que hay que tener en cuenta si, dependiendo de la unidad de convivencia, se quiere acceder a la ayuda en nombre propio o como titular de la prestación.

Casi siete meses lleva en vigor el ingreso mínimo vital que se puso en marcha de forma acelerada en junio de 2020 dada la crisis económica que había desatado la primera ola de contagios del coronavirus SARS-CoV-2 en España. Pensada como una prestación destinada a garantizar un "nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica" en los términos establecidos según la ley, de acuerdo con lo que se especifica en el Real Decreto-ley 20/2020 de 29 de mayo por el que se estableció esta renta mínima vital, se trata de una ayuda que forma parte de la "acción protectora de la Seguridad Social", según la descripción que se recoge de la medida en su portal informativo, dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellas personas que vivan solas o se integren dentro de una unidad de convivencia, pero no dispongan de renta alguna o no cuenten con ingresos suficientes. Con la entrada de 2021, quienes reciban ya con carácter retroactivo la prestación verán cómo las cuantías se actualizan como consecuencia de lo que se determinó en los Presupuestos Generales del Estado para 2021, donde se estableció una subida de las pensiones no contributivas del 1,8%.

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