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Los trabajadores que pueden jubilarse a los 52 años (y con más de 2.000 euros de pensión)
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Antes de las edad ordinaria

Los trabajadores que pueden jubilarse a los 52 años (y con más de 2.000 euros de pensión)

Hay casos y profesiones que permiten adelantar la jubilación antes de la edad ordinaria

Foto: Dos jubilados charlan en la calle. (EFE/Luis Tejido)
Dos jubilados charlan en la calle. (EFE/Luis Tejido)

En España la edad ordinaria de jubilación quedará fijada en los 67 años en 2027, cuando se haya cotizado menos de 38 años y 6 meses. Quienes logren superar esa cotización cuando tengan 65 años ya podrán acceder a la pensión. Si tienes pensado retirarte durante 2024, se exigen menos años trabajados en ambos casos.

La Seguridad Social también contempla la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada, aunque no se podrá recibir el 100% de la pensión. Sin embargo, hay casos y profesiones que permiten adelantar la retirada a los 52 años.

Qué trabajadores pueden jubilarse a los 52 años

La jubilación antes de la edad exigida se autoriza en “aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad”.

Hay varios empleos de riesgo que permiten ser beneficiario de una pensión antes de los 65 años. Los mineros son los profesionales que antes pueden jubilarse. La normativa recoge que pueden recibir la prestación los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero a los 52 años “cuando concurran circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad en los términos y condiciones establecidos en la escala aprobada al efecto”.

La pensión media de los mineros en España es de 2.600 €, siendo una de las más altas de España

La pensión media de los mineros en España es de 2.600 euros, siendo una de las más altas de España, según señala el blog de Mapfre. También hay que tener en cuenta que en este sector se aplican reductores entre 0,5 y 0,05 por cada año de servicio y los años adelantados se consideran como cotizados.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 65% también pueden jubilarse a los 52 años. Se aplica un coeficiente del 0,5 en los casos en que el trabajador acredite la necesidad del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida ordinaria. Para el resto de afectados con una discapacidad se aplica el 0,25.

Foto: Hacienda avisa a los jubilados que realizaron aportaciones a mutualidades entre 2019 y 2023. (Europa Press)

“El periodo de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable para calcular el importe de la pensión de jubilación”, explican.

Las personas con una discapacidad igual o superior al 45% también pueden acogerse a una jubilación anticipada. En este caso, podrán acceder a la pensión a los 56 años si acreditan que han trabajado al menos 15 años y han estado afectados durante ese tiempo por alguna de las patologías generadoras de discapacidad.

En España la edad ordinaria de jubilación quedará fijada en los 67 años en 2027, cuando se haya cotizado menos de 38 años y 6 meses. Quienes logren superar esa cotización cuando tengan 65 años ya podrán acceder a la pensión. Si tienes pensado retirarte durante 2024, se exigen menos años trabajados en ambos casos.

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