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Alerta pensionistas: estas son las 5 obligaciones que tienen los jubilados en España
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DERECHOS Y OBLIGACIONES

Alerta pensionistas: estas son las 5 obligaciones que tienen los jubilados en España

Los pensionistas españoles disfrutan de varias ventajas al percibir su pensión, pero también están obligados a realizar determinados trámites si sus circunstancias cambian

Foto: Alerta pensionistas: estas son las 5 obligaciones que tienen los jubilados en España (Anna Shvets para Pexels)
Alerta pensionistas: estas son las 5 obligaciones que tienen los jubilados en España (Anna Shvets para Pexels)

El sistema de pensiones español cubre diferentes modalidades en función de las circunstancias del beneficiario. Así, existen pensiones de jubilación, de incapacidad permanente, de viudedad o de orfandad. Cada pensionista tiene varios beneficios, como la pensión mensual en 12 pagas ordinarias y dos extraordinarias, la asistencia sanitaria en todo el territorio español o la compatibilidad con prestaciones familiares.

Pero también existen varias obligaciones que los beneficiarios de pensiones deben cumplir ante la Seguridad Social. A continuación, te enumeramos las cinco más importantes, dependiendo del tipo de pensión que se reciba y de las condiciones que propiciaron su percepción.

Foto: Manifestación del Movimiento de Pensionistas en Pamplona. (EFE/Villar López)

1. Comunicar variaciones

Como indican desde la Seguridad Social, todos los pensionistas, independientemente de la modalidad de prestación que reciban, están obligados a comunicar las variaciones de su estado en un plazo de 30 días desde que se produzcan. Así, se debe notificar a la Seguridad Social, por los medios establecidos para ello, cualquier cambio de residencia, el inicio de una actividad laboral, cambios en la situación económica, cambios en el estado civil, nacimientos y defunciones. La no comunicación de estas variaciones podría suponer la suspensión cautelar de la prestación o de su complemento a mínimos.

2. Declaración por rentas de trabajo

Aquellos pensionistas que reciban un complemento a mínimos, y que también obtengan rendimientos por rentas de trabajo “superiores al importe anualmente establecido en la correspondiente LPGE”, tendrán que declararlo. Se trata de presentar una “declaración expresiva de dicha circunstancia, antes del día 1 de marzo de cada año”.

3. Variaciones por cónyuge a cargo

Si el pensionista cuenta con un cónyuge a cargo, está en la obligación de notificar cualquier cambio en su estado civil, dentro de los 30 días desde que se produce la variación. También tendrán que notificar cualquier modificación de la “situación de dependencia económica del cónyuge a cargo”.

Foto: Jubilación a los 50: estos son los casos que recoge la Seguridad Social para poder jubilarse a esta edad. (EFE / Luis Tejido)

4. Obligaciones de los pensionistas por viudedad

Para los pensionistas que reciben una mensualidad por viudedad, deberán concurrir simultáneamente en varios requisitos, como la “falta de ingresos, cargas familiares y que la pensión de viudedad constituye la principal fuente de ingresos”. Ante cualquier variación de estos requisitos, el pensionista tiene 30 días para notificarlo a la Seguridad Social. Si el perceptor tiene una pensión por viudedad con cargas familiares, también tendrá que, antes del 1 de marzo de cada año, presentar una “declaración expresiva de los rendimientos percibidos en el ejercicio anterior por el propio pensionista y los miembros de la unidad familiar”.

5. Reintegro de prestaciones

Por último, aquellos pensionistas que hayan percibido de manera indebida prestaciones de la Seguridad Social, están en la obligación de reintegrar el importe por los medios dispuestos para tal fin. Esta obligación de reintegro prescribe a los cuatro años, según indican desde la Seguridad Social.

El sistema de pensiones español cubre diferentes modalidades en función de las circunstancias del beneficiario. Así, existen pensiones de jubilación, de incapacidad permanente, de viudedad o de orfandad. Cada pensionista tiene varios beneficios, como la pensión mensual en 12 pagas ordinarias y dos extraordinarias, la asistencia sanitaria en todo el territorio español o la compatibilidad con prestaciones familiares.

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