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compensar pérdidas y ganancias

¿Perdiste todo en Banco Popular? Cómo recuperar parte del dinero en la renta

Los contribuyentes afectados por la resolución del Popular podrán compensar pérdidas con ganancias. El tratamiento es diferente si aceptaron los bonos de fidelización del Santander

Una sucursal de Banco Popular. (Reuters)

Los inversores que perdieron su dinero en Banco Popular tienen ante sí una declaración de la renta especial. No será una más, ya que deben cuidar cómo declarar las pérdidas para rebajar la factura fiscal en caso de haber obtenido beneficios con otras inversiones.

Los contribuyentes que aceptaron los bonos de fidelización del Santander tienen que incluirlos, mientras que los que han denunciado deben tener en cuenta la posibilidad de que en el futuro tengan que hacer una declaración complementaria si un juez les da la razón.

La combinación de opciones extrema la necesidad de precisión con el borrador. Por ello, hay que ir por partes. Cuando se produce la venta de una acción se afloran minusvalías o plusvalías patrimoniales, y cuando es un bono son rendimientos positivos o negativos del capital mobiliario. El cálculo se realiza con la diferencia entre el precio medio neto de compra de los activos (restando comisiones) y el precio neto de venta. La resolución por parte de la JUR (organismo europeo dependiente del BCE) el 6 de junio de 2017 realizó este afloramiento de pérdidas para los accionistas y los bonistas.

La resolución por parte de la JUR el 6 de junio de 2017 afloró pérdidas en la cartera de inversiones para los accionistas y los bonistas

Hacienda permite compensar ganancias y pérdidas en las carteras de inversiones. La idea es que el contribuyente pueda tributar únicamente por el beneficio obtenido. Pero hay un límite. Las variaciones afloradas en 2017 del patrimonio (acciones o fondos de inversión) se pueden compensar solo en un 20% con los rendimientos del capital mobiliario (dividendos o bonos), porcentaje que aumentará hasta el 25% en 2018 para quedarse ahí. Los tramos para la base imponible final que resulte de compensar pérdidas y ganancias son del 19% hasta 6.000 euros, del 21% hasta 50.000 euros y de 23% en adelante.

Hay cuatro años para compensar las pérdidas en caso de que sean mayores que las ganancias. Por ejemplo, si un inversor ganó 100 euros con acciones de Cellnex (casilla 382), mejor valor del Ibex 35 en 2017, y perdió 120 euros con Banco Popular (casilla 383), no tendrá ganancia por la que tributar, y dispondrá de un 'crédito fiscal' pendiente de 20 euros para compensar plusvalías durante los tres próximos años. Y si solo tuvo pérdidas, podrá reducirse la base imponible entre 2018 y 2020, pero debe declararlas en el Anexo C1 si son saldos patrimoniales y en el Anexo C2 si son rendimientos negativos pendientes del capital mobiliario.

Deuda subordinada

Lo mismo sucede para los que tenían bonos subordinados del Popular. La resolución convirtió todo el dinero invertido en rendimientos negativos pendientes del capital mobiliario (casilla 390), que sirven para compensar otros rendimientos positivos (por ejemplo, dividendos) o un 20% de las ganancias patrimoniales afloradas en 2017.

Todo esto sirve para los accionistas y bonistas que no acudieron a la campaña de Banco Santander de bonos de fidelización, ya sea porque no les interesaba o porque no les correspondía al haber evitado acudir a la ampliación de capital de 2016. Más de la mitad de los pequeños ahorradores que acudieron a la ampliación aceptaron estos bonos.

Los bonos de fidelización se incluyen en la declaración de la renta, compensados con las pérdidas de la 'muerte' del Popular, según explicó en diciembre el ministerio de Cristóbal Montoro. De hecho, para los accionistas se consideran ganancias patrimoniales y para los bonistas, rendimientos positivos del capital mobiliario, sin que se declaren como transmisión patrimonial. Así, si el inversor perdió 100 euros con el Popular y los bonos los recibió con un valor nominal de 40 euros, tendrá 60 euros para compensar beneficios de otras inversiones. "El tratamiento es positivo para el contribuyente", señala Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas de Asesores Fiscales (REAF).

En el futuro, la venta o amortización de los bonos obligará a los que hayan participado en el programa de fidelización a volver a incluirlos en la declaración

En el futuro, la venta o amortización de los bonos obligará a los que hayan participado en el programa de fidelización a volver a incluirlos en la declaración. En ese momento, se tributará por la diferencia entre los bonos cuando se aflore la variación patrimonial o rendimiento del capital mobiliario respecto a cuándo se recibieron.

Por otro lado, muchos inversores han decidido denunciar. Esto no les impide incluir las pérdidas en la declaración de la renta, pero si en el futuro ganan en las demandas y recuperan parte del dinero perdido, deberán hacer una declaración complementaria para ajustar con Hacienda. La Agencia Tributaria estima ahora que son pérdidas que reducen la factura en la declaración, pero si los jueces dan la razón a los denunciantes, dejarán de serlo.

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