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La gran mentira de los mariachis: solo España exige 100 socios para montar una sicav
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La gran mentira de los mariachis: solo España exige 100 socios para montar una sicav

El polémica desatada por la propuesta del PP para acabar con los mariachis ha puesto en alerta al sector, que recuerda que Europa no exige un número mínimo de socios para ser una sicav

Foto: Mariachis mexicanos.
Mariachis mexicanos.

El Partido Popular ha vuelto a abrir la caja de los truenos con la propuesta sobre sicavs incluida en su programa electoral, donde asegura que exigirá a los accionistas de estos vehículos tener un 0,55% de la sociedad para no ser considerados mariachis y poder computar entre los 100 socios que, como mínimo, la legislación exige a estas entidades.

En teoría, el objetivo de esta propuesta es terminar con el fraude de ley que se comete al constituir sicavs alrededor de una única gran fortuna, que se rodea de hombres de paja, los famosos marichis, para cumplir con la exigencia del centenar de inversores. El problema es que, con la propuesta del PP, pagarán justos por pecadores, ya que hará falta una inversión mínima de 13.200 euros para no ser considerado mariachi (esta cifra equivale al 0,55% de los 2,4 millones que como mínimo debe tener una sicav), cuando ahora basta con 10 euros para poder invertir en las sicavs de apellidos tan ilustres como Koplowitz, March, Del Pino u Ortega.

La conclusión, por tanto, es que con la propuesta del PP el principal damnificado será el pequeño inversor, que tendrá más difícil acceder a estos vehículos sin ser considerado mariachi, mientras que los grandes patrimonios que se vean amenazados podrán, tranquilamente, llevarse sus sicavs fuera de España, como ya ocurrió en País Vasco cuando cambió la normativa, porque el resto de Europa carece de este tipo de requisitos.

"Está claro que la toma de posición del PP no ha mejorado la situación para los inversores. No obstante, nosotros recomendamos prudencia a quienes sean accionistas de una sicav, bien por las elevadas plusvalías latentes, bien por el mayor coste de otros vehículos alternativos en otras jurisdicciones. Es posible que todo quede en una nueva cortina de humo electoral, pero, si así no fuera, lo adecuado es esperar a ver cuáles son las medidas que se toman", señala Juan Jesús Gómez, socio del 'family office' Consilio.

España y Portugal, la excepción a la regla

España es, junto a Portugal, el único país que exige el número de 100 socios para poder registrar una sicav. Es más, salvo Francia, donde solo se pide que haya dos accionistas, en Europa no se juzga el carácter colectivo de estas entidades por su número de inversores, sino por que estén constituidas como vehículos realmente abiertos a cualquier inversor.

Así lo dejó recogido Esma, la Autoridad Europea de Valores y Mercados, en agosto de 2013, cuando publicó las "directrices sobre conceptos fundamentales de la Directiva de gestores de Fondos de Inversión Alternativa", columna vertebral para que cada país pueda definir, bajo los patrones de las exigencias comunitarias, los requisitos que debe cumplir un vehículo para ser considerado una institución de inversión colectiva (IIC).

Según la circular que la propia CNMV -Comisión Nacional del Mercado de Valores- remitió al mercado, para cumplir las directrices que marca Europa sobre pluralidad de inversores, "el vehículo debe regirse por unas normas que no restrinjan la captación de capital a un solo inversor, aunque en la práctica la entidad solo tenga uno". Dicho con otras palabras, a ojos comunitarios, las sicavs, como el resto de vehículos de inversión colectiva, pueden tener solo un accionista siempre y cuando estén abiertas a nuevos inversores.

En España, este requisito se cumple con el MAB, mercado donde cotizan también las sicavs y que permite a cualquier inversor vender o comprar títulos de estas sociedades. Es más, para garantizar una liquidez mínima, las sicavs están obligadas tanto a vender como a comprar a los inversores que así se lo pidan si no hay mercado suficiente para responder a esta petición.

Para Europa, se puede ser una institución de inversión colectiva con sólo un accionista siempre y cuando se garantice a cualquiera la posibilidad de poder invertir

"Creo que lo que debe buscarse para que sicavs y fondos sean considerados de manera rotunda una IIC es la definición clara de su política de inversión y la garantía ofrecida por la gestora y el asesor de esta de implementar y velar por el cumplimiento de esa política de inversión. Y, por supuesto, todas las IIC son por ley y deben seguir siendo abiertas -las que cotizan en MAB, como las sicavs, y las que no lo hacen, como los fondos de inversión- a cualquier inversor, el cual debe contar con la debida información por parte de la gestora para valorar su decisión de inversión", apunta Guillermo Santos, socio de iCapital.

La colectividad, por tanto, va más allá del número de socios -aunque a los fondos también se les obliga a tener 100- y se refiere a la posibilidad de que cualquier inversor, grande o pequeño, pueda participar en estos vehículos. Algo contra lo que atenta la propuesta del PP, al poner un listón tan alto que convierte en hombres de paja a todos los pequeños inversores. Es la gran mentira de los mariachis.

El Partido Popular ha vuelto a abrir la caja de los truenos con la propuesta sobre sicavs incluida en su programa electoral, donde asegura que exigirá a los accionistas de estos vehículos tener un 0,55% de la sociedad para no ser considerados mariachis y poder computar entre los 100 socios que, como mínimo, la legislación exige a estas entidades.

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