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La Policía perseguirá los bulos que aumenten el 'estrés social': ¿qué ocurre si lanzas uno?
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Penas de hasta dos años de cárcel

La Policía perseguirá los bulos que aumenten el 'estrés social': ¿qué ocurre si lanzas uno?

Ahora todos miramos con lupa el asunto de los bulos y la vigilancia de la red, pero lo cierto es que desde el principio de la crisis se habló de ello y esto es lo que decían los abogados expertos en el tema

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(Foto: EFE)

Es uno de los asuntos más candentes de toda la crisis del coronavirus. El problema de las 'fake news' ha estallado en nuestro país como nunca antes, pero lo cierto es que desde el principio de esta situación excepcional las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado ya avisaban que vigilarían de cerca todo este asunto. Con la llegada del estado de alarma, entre restricciones, recomendaciones y confinamiento, el Gobierno también tuvo tiempo para pensar en internet. Sobre todo, y mirando a países como Reino Unido donde se habían tomado muy en serio esto, anunciaba que querían atajar los bulos sobre este asunto. La gran pregunta era, y sigue siendo, ¿cómo lo iban a hacer y en qué legislación se iban a basar?

Desde el inicio del estado de alarma, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, había incidido en sus peticiones internas en la importancia de acabar con los bulos que circulasen por la red en lo referente al coronavirus, y había solicitado a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que siguiesen muy de cerca cualquier publicación que, según sus palabras, pudiese aumentar el "estrés social". Un concepto bastante abstracto y raro incluso para los abogados expertos en derecho tecnológico y libertad de expresión en la red que desde el principio tomaban con pinzas la expresión y miraban el Código Penal para encontrar su sustento normativo.

Foto: Foto del logo de Netflix en sus oficinas de Los Angeles. (EFE) Opinión

Como recordaban Carlos Almeida, Borja Adsuara y David Maeztu, si esto se puede basar en un artículo (aunque en ningún punto aparece el término 'estrés social') es en el 561 del Código Penal. Es en este epígrafe en el que se habla de penas para cualquiera que "afirme falsamente o simule una situación de peligro para la comunidad o la producción de un siniestro a consecuencia del cual es necesario prestar auxilio a otro, y con ello provoque la movilización de los servicios de policía, asistencia o salvamento". ¿Qué castigo puede conllevar esto? Pues según la ley, "será castigado con la pena de prisión de tres meses y un día a un año o multa de tres a dieciocho meses".

"Es cierto que es un término ambiguo pero creo que no hay otro punto que valga para este caso. Eso sí, para poder castigar con esto, la noticia falsa tendría que originar una movilización de efectivos de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado", apuntaba Almeida. Para este abogado la aplicación de esta normativa tendría que darse en casos graves pero estaría plenamente justificado en situaciones como una noticia falsa que hable de un problema en un punto geográfico y que tras la movilización, ese problema no existiese. "Es una situación que entra dentro del marco de la ley y que se podría dar perfectamente en un momento como este".

¿Quién pagaría el castigo por este bulo? Pues Almeida apuesta por el creador de la noticia que lo haría a sabiendas de que es falso y buscando el caos generado. "Aquí no se podría ir detrás de gente que directamente lo comparte porque puede creer que es realmente cierto. Además, habría que ver quién es la persona que lo ha creado o difundido pues su entidad puede también generar matices. Mirar el impacto de su cuenta o cómo enmascara estas publicaciones".

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(Foto: EFE)

Con él coincidía también David Maeztu que añade la posibilidad del artículo 590, aunque parece muy exagerado. "El 561 podría encajar, ciertamente, aunque la redacción limita un poco los supuestos aplicables, pues no habla tanto de estrés como de movilizar a los servicios de policía, asistencia, etc", apuntaba el letrado. Y es que la palabra usada por el ministerio hacía dudar a todos los abogados y a alguno, como a Adsuara, le preocupaba bastante por lo que esto pueda acarrear.

La ambigüedad del término

Para Adsuara es un punto preocupante porque "es un concepto jurídico indeterminado que puede suponer un atentado contra la Libertad de Expresión". Él, asemeja este caso al de las redes sociales y el concepto de "contenidos inadecuados". "Me pregunto si queda a juicio de las autoridades o de las empresas tras las redes decidir qué es estrés social y qué no. En caso de duda, siempre hay que estar a favor de la libertad de expresión", apuntaba.

El abogado ponía un ejemplo por el mismo. Tras compartir una foto de un vagón del Metro de Madrid lleno, la cuenta de esta empresa en Twitter le aseguraba que durante toda la mañana el volumen de gente había bajado y dejaba caer que la foto no era cierta, aunque no lo aseguraba. Poco después, el propio vicepresidente de la Comunidad de Madrid confirmaba un desbordamiento puntual en unas estaciones en concreto y que esto no debía repetirse. "En este caso hay quien diría que mi mensaje crea 'estrés social' pero lo que digo no es falso, aunque desde Metro me digan que durante la mayor parte de la mañana todo ha estado vacío. ¿Quién genera estrés social aquí? ¿Podrían llegar a censurarme porque Metro cree que creo estrés?".

De todos modos, Adsuara sí compartía la opinión de sus compañeros en que un delito como una noticia falsa sobre el coronavirus podría encajar en el 561 del Código Penal. "Aunque los bulos o la ‘desinformación’ deben combatirse con la educación, con inteligentes estrategias de información y con mucha pedagogía, no nos parece de recibo que ‘se vayan de rositas’ y que no haya ningún reproche penal para las conductas más graves, que pueden causar mucho daño a una Sociedad".

¿Qué pasa con el resto de bulos?

Por último queda una duda: ¿esto quiere decir que el resto de bulos no tendrán consecuencias? Como recordaban tanto Almeida como Adsuara, hay otro tipo de mensajes que ya se persiguen desde hace tiempo y que están en los tribunales. ¿Cuáles son? Sobre todo, los que incitan al odio y los que atentan contra el mercado. "Por ejemplo, el artículo 284.2º del Código Penal castiga a quienes 'por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, o por cualquier otro medio, difundieren noticias o rumores o transmitieren señales falsas o engañosas sobre personas o empresas'”, apuntaba Adsuara.

Pero aquí también tenemos ciertos peros. Solo se sanciona si “ofrecen a sabiendas datos económicos total o parcialmente falsos con el fin de alterar o preservar el precio de cotización de un instrumento financiero o un contrato de contado sobre materias primas relacionado o de manipular el cálculo de un índice de referencia”. Y siempre y cuando “el beneficio sea superior a doscientos cincuenta mil euros o se cause un perjuicio de idéntica cantidad; el importe de los fondos empleados sea superior a dos millones de euros; o se cause un grave impacto en la integridad del mercado”.

Para terminar, el caso de los delitos de odio es mucho más conocido y ya se han dado muchos casos en España aunque, como explicaba Almeida, hay que ir caso por caso y punto por punto. "Tiene que ser algo muy claro, ver la entidad de lo persona que lo difunde, la intención y tratar mensaje a mensaje". Un ejemplo que podría verse en este entorno es el polémico tuit de Clara Ponsatí retuiteado por Carles Puigdemont. "Obviamente son dos personalidades que deberían medir mucho lo que dicen pero no está claro que inciten al odio", terminaba Almeida. Por su parte, Adsuara lo tenía más claro: "Desear el mal a alguien no es un delito y he visto respuestas al tuit que son peores que el propio mensaje".

Es uno de los asuntos más candentes de toda la crisis del coronavirus. El problema de las 'fake news' ha estallado en nuestro país como nunca antes, pero lo cierto es que desde el principio de esta situación excepcional las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado ya avisaban que vigilarían de cerca todo este asunto. Con la llegada del estado de alarma, entre restricciones, recomendaciones y confinamiento, el Gobierno también tuvo tiempo para pensar en internet. Sobre todo, y mirando a países como Reino Unido donde se habían tomado muy en serio esto, anunciaba que querían atajar los bulos sobre este asunto. La gran pregunta era, y sigue siendo, ¿cómo lo iban a hacer y en qué legislación se iban a basar?

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