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La justicia europea falla contra la reforma judicial polaca por minar la independencia
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TRAS NUMEROSOS CHOQUES CON BRUSELAS

La justicia europea falla contra la reforma judicial polaca por minar la independencia

El TJUE considera que los cambios violan los principios de inamovilidad de los magistrados, cuyo fin es garantizar la independencia judicial

Foto: Tribunal de Justicia de la UE. (EFE)
Tribunal de Justicia de la UE. (EFE)

La justicia europea considera que la reforma judicial del Gobierno polaco que reduce la edad de jubilación de los miembros del Tribunal Supremo de ese país es contraria al derecho de la Unión y, por lo tanto, es ilegal. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que los cambios violan los principios de inamovilidad de los magistrados, cuyo fin es garantizar la independencia judicial.

La Comisión Europea y el Ejecutivo polaco mantienen un pulso respecto a esta medida desde que en 2017 el el Gobierno nacionalista del Partido Ley y Justicia (PiS) anunciara su plan para rebajar la edad de jubilación de los jueces a 65 años -desde los 70- con aplicación retroactiva. Los magistrados Podían continuar trabajando si lograban una autorización del presidente de la República, una decisión totalmente discrecional en la que que no se contempla ningún tipo de control judicial o técnico.

Foto: Protesta contra la reforma judicial en Varsovia (EFE)

Con la medida un tercio de los jueces, incluido la presidenta del TS, tendrían que abandonar sus cargos. "Cada país tiene el derecho de establecer su sistema legal en líne con sus propias tradiciones", defendió en julio de 2018 ante la Eurocámara Mateus Morawiecki, primer ministro polaco. Sí y no: en su sentencia el TJUE señala que si bien cada Estado miembro tiene derecho a realizar reformas en la Administración de Justicia el límite es el cumplimiento del Derecho de la Unión.

El Gobierno del PiS justificaba la reforma señalando que se trataba de una medida para agilizar, reformar y modernizar el sistema de justicia polaco, y, de paso, eliminar a jueces que tildan de herederos del sistema comunista anterior a la llegada de la democracia. Pero la Comisión Europea respondió rápidamente que la reforma no tenía ese fin, sino eliminar la independencia judicial y establecer un control político sobre el Tribunal Supremo, violando el artículo 2 de los Tratados.

Y es que el sistema judicial polaco forma parte de una red europeo mucho más amplia que se basa en la confianza mutua. Para ello hace falta que todos los sistemas respeten unas normas mínimas establecidas en ese artículo de los Tratados que consagran los principios básicos de la Unión.

placeholder El vicepresidente de la Comisión Europea junto al primer ministro polaco. (Reuters)
El vicepresidente de la Comisión Europea junto al primer ministro polaco. (Reuters)

En diciembre de 2017 la Comisión Europea pulsó por primera vez la tecla nuclear de los Tratados: el artículo 7, destinado a sancionar a países que violan el Estado de derecho. Un procedimiento que, en última instancia, puede hacer que un país pierda el voto en el Consejo.

Pero Varsovia siguió adelante con su reforma judicial y la puso en marcha en abril de 2018. Los choques entre la Comisión Europea y el Ejecutivo polaco se convirtieron en un continuo a la vez que el procedimiento del artículo 7 se estancaba, ya que para poder avanzar en él hace falta el apoyo unánime de todos los Estados miembros, y Polonia no está sola: países como Hungría están también embarcados en una tendencia autoritaria e incluso Budapest tiene también activado el proceso del artículo 7.

La Comisión Europea presentó un recurso ante el TJUE, y pidió que la decisión judicial se llevara por la línea rápida y con medidas cautelares. Luxemburgo ordenó al Gobierno polaco que suspendiera la norma hasta que hubiera una sentencia firme que confirma la opinión ya expresada hace días por el abogado general de la UE: la reforma es contraria al derecho de la Unión, ataca el artículo 2 de los Tratados.

Foto: Protesta por la reforma judicial ante el Senado polaco, en Varsovia. (EFE)

El Ejecutivo polaco alegó que la reforma se basaba en la voluntad de armonizar la edad de jubilación con la edad general en Polonia, y de “optimizar la estructura por edades”. Pero el TJUE rechaza esta alegación y señala que la aplicación de la medida no está justificada por un “objetivo legítimo” y que “viola el principio de inamovilidad del juez, inherente a su independencia”.

La reforma tiene como objetivo poner fin a la autonomía del Tribunal Supremo como un órgano judicial que debe tener total independencia del poder ejecutivo, y es por ello por lo que es contrario al Derecho de la Unión.

La justicia europea considera que la reforma judicial del Gobierno polaco que reduce la edad de jubilación de los miembros del Tribunal Supremo de ese país es contraria al derecho de la Unión y, por lo tanto, es ilegal. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que los cambios violan los principios de inamovilidad de los magistrados, cuyo fin es garantizar la independencia judicial.

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