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El fallo contradice la versión del Supremo que llevó a Bankia a devolver 1.850 millones
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El fallo contradice la versión del Supremo que llevó a Bankia a devolver 1.850 millones

La sentencia de la Audiencia Nacional considera que el folleto de la salida a bolsa contenía información "suficiente", frente a las inexactitudes descritas por el Supremo en 2016

Foto: Imagen de archivo de una protesta de afectados de Bankia antes de una junta de accionistas de la entidad. (EFE)
Imagen de archivo de una protesta de afectados de Bankia antes de una junta de accionistas de la entidad. (EFE)
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Cuatro años después de que Bankia se viera forzada a articular un mecanismo para indemnizar a los pequeños accionistas que acudieron a su salida a bolsa, la sentencia de la Audiencia Nacional emitida este martes ha puesto en cuestión las bases de aquella decisión.

El fallo de los magistrados encargados de juzgar los posibles delitos de estafa y falsedad documental en la salida a bolsa del banco resulta contundente. Según detallan los jueces, la información aportada por la entidad en el folleto de la operación era suficiente y veraz y explicitaba todos los riesgos a los que se exponían los inversores que adquirieran acciones.

"La información financiera incluida en el folleto era más que suficiente para que los inversores mayoristas y minoristas se formasen un criterio razonado sobre el valor de la compañía que se estaba ofertando, una información que había sido elaborada con la supervisión y obedeciendo a los requerimientos del Banco de España, siendo luego refrendada por la CNMV al registrar el folleto", se recoge en la sentencia por la que han quedado absueltos los 34 acusados.

Foto: Manifestación contra Bankia. (EFE)

Tal y como observa Ignacio Gordillo, profesor de Derecho Penal del IEB y exfiscal de la Audiencia Nacional, "los jueces dejan claro que el folleto de la salida a bolsa contenía información correcta, que era suficientemente explicativo y que incluso contenía una amplia relación de posibles riesgos que los futuros inversores debían tener en cuenta".

El criterio de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional contrasta de forma marcada con el mantenido por el Tribunal Supremo, que en enero de 2016 anuló distintos contratos de compraventa de acciones de Bankia en la salida a bolsa, al entender que existían "graves inexactitudes" en la información del folleto de la salida a bolsa, que se produjo en julio de 2011.

Según la interpretación del alto tribunal, el desfase entre las cifras recogidas en el folleto de la oferta pública de venta (OPV) y los números reales del banco habría impedido a los accionistas conocer la realidad del banco, por lo que su decisión, basada en una información irreal, debía ser anulada.

Con la jurisprudencia del Supremo en contra, Bankia no tuvo más remedio que aceptar todas las demandas para evitar correr con las costas

Aquella sentencia condujo a los gestores de Bankia, pocos meses después, a poner en marcha un procedimiento para que todos los inversores minoritarios que hubieran comprado acciones en la salida a bolsa recibieran su dinero. En total, el banco había captado algo más de 1.850 millones de euros de pequeños inversores particulares.

Con la jurisprudencia del Supremo en contra, el banco estaba abocado a salir derrotado en los miles de procedimientos que se agolpaban en los tribunales provinciales, por lo que, con aquella decisión, se garantizaba al menos ahorrarse las costas de los procesos, lo que a la postre supondría un ahorro que algunas fuentes cifran en algo más de 300 millones de euros.

Desde el propio banco, se había reclamado al Supremo que los procedimientos civiles quedaran en suspenso, a la espera de que se resolviera la vía penal, en la que resultaba previsible que se efectuara un escrutinio más profundo de las cuentas del banco y del folleto de la salida a bolsa.

placeholder El expresidente de Bankia Rodrigo Rato, junto al resto de acusados, durante el juicio por supuesta estafa y falsedad documental en la salida a bolsa del banco. (EFE)
El expresidente de Bankia Rodrigo Rato, junto al resto de acusados, durante el juicio por supuesta estafa y falsedad documental en la salida a bolsa del banco. (EFE)

La negativa del Tribunal Supremo propició que el banco decidiera zanjar aquellas demandas, asumiendo unos cargos que, hoy, a la luz de la sentencia de la Audiencia Nacional, pueden resultar cuestionables. "Se trata de procedimientos diferentes. Y el dictamen por la vía penal no puede anular las demandas civiles. Pero está claro que el inversor que recurriera hoy por la vía civil podría tener más dificultades para sacar adelante su demanda", apunta Pere Soldevila, abogado y profesor de EAE Business School.

Resulta difícilmente discutible, tal y como se ha puesto en evidencia en varios casos a lo largo de estos años, que en el proceso de venta de las acciones de Bankia para la salida a bolsa, algunos empleados de la entidad incurrieron en prácticas comerciales reprobables, que bien serían merecedoras de la anulación de cualquier contrato de compraventa.

Pero es precisamente ahí, en la invalidez del consentimiento dado por los adquirientes y no en la supuesta falsedad del folleto, donde, a tenor de la sentencia de la Audiencia Nacional, habría tenido que dirimirse la cuestión. Y esto habría hecho necesario el análisis particular de cada caso para determinar las circunstancias de la compra y si esta estuvo motivada por una mala praxis comercial por parte de Bankia.

Foto: El expresidente de Bankia Rodrigo Rato, en la salida a bolsa de 2011. (EFE)

Desde el banco, en todo caso, se descarta de forma taxativa la posibilidad de utilizar la sentencia del Supremo para reabrir casos ya cerrados. Pero sí pretende valerse de la misma para defenderse en procesos aún en curso, como las demandas que mantiene abiertas con varios inversores institucionales, que reclaman también la devolución de su dinero, amparándose en la presunta falsedad de las cifras en las que basaron su decisión.

Actualmente, el banco está pendiente del dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que fue cuestionado por el Tribunal Supremo sobre si la entidad debe resarcir también a las empresas que compraron en el marco de la oferta pública de suscripción (OPS). A cierre del primer semestre, Bankia mantenía provisiones cercanas a los 188 millones de euros para cuestiones procesales y litigios por imposiciones pendientes.

En el informe semestral, la entidad consideraba que esa cantidad "cubre suficientemente los importes a los que tuviera que hacer frente como consecuencia de los procedimientos civiles en curso". Según explicaba en ese documento, hasta el 30 de junio de 2020, en relación con las demandas de inversores institucionales que habían comprado acciones en la OPS, se habían dictado 84 sentencias en primera instancia, de las que 60 habían sido desfavorables al banco. En segunda instancia, se habían dictado 43 sentencias, con fallo desfavorable al banco en 30 de ellas. Además, se habían interpuesto 21 recursos de casación, de los que 12 habían sido interpuestos por la propia Bankia.

Cuatro años después de que Bankia se viera forzada a articular un mecanismo para indemnizar a los pequeños accionistas que acudieron a su salida a bolsa, la sentencia de la Audiencia Nacional emitida este martes ha puesto en cuestión las bases de aquella decisión.

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