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Cómo rescatar un plan de pensiones sin que nos pase factura a nivel fiscal
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Cómo rescatar un plan de pensiones sin que nos pase factura a nivel fiscal

Se habla mucho de la desgravación de los planes de pensiones, pero muy poco de qué pasa cuando hay que rescatarlos. Si te ves en esa situación, estas son tus opciones

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Desde el punto de vista fiscal, los planes de pensiones tienen una de cal y otra de arena. La parte positiva y más conocida por los contribuyentes es que desgravan en la declaración de la Renta mientras se está aportando ahorro al plan; la negativa, cuando realizamos el rescate. Si no lo hacemos de forma planificada puede ocurrir que la mitad se lo quede Hacienda. Conviene, por tanto, saber cómo se rescata un plan de pensiones para evitar cometer errores que nos pasen factura.

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Existen tres modelos para solicitar el reembolso del plan de rescate: en forma de capital (todo de golpe), de renta (pagos periódicos) y mixta (combinando las dos anteriores). En función de la cantidad, la primera opción es la que más puede perjudicarnos en el bolsillo porque el dinero aportado tributa como renta del trabajo, lo que significa que está sujeto a los tramos del IRPF en la declaración de la Renta. A mayor base imponible (ingresos a declarar), mayor será el tipo por el que tributamos.

Por ejemplo, si rescatamos un plan por un importe de 150.000 euros, tributaremos por el tipo máximo, el 45%; en cambio, si optamos por percibir una renta periódica (mensual, trimestral, semestral o anual) por un total de 20.000 euros al año, pagaremos como mucho un 24%. “Una buena planificación puede evitar que el tipo efectivo de gravamen se incremente de forma significativa”, señalan desde Baker McKenzie. Por ello resulta fundamental realizar una estimación o análisis de las rentas que se van a percibir.

Tabla de tramos del IRPF

Si se opta por el modelo mixto, desde la firma se recomienda calcular en qué año ingresar la prestación en forma de capital y cuándo en forma de pagos periódicos, “controlando así la progresividad del impuesto y minimizando en última instancia la factura fiscal”.

Conviene recordar que, a diferencia de los fondos de inversión, donde únicamente se declaran las ganancias generadas, en los planes de pensiones se tributa por los llamados derechos consolidados, es decir, el beneficio obtenido por el producto en sí mismo más las aportaciones.

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Un supuesto en el que el rescate en forma de capital es más apropiado es para aquellos que realizaron aportaciones antes de 2006. Hasta entonces, la normativa fiscal recoge una reducción del 40% en un régimen transitorio, que solo se puede aplicar durante el año de jubilación o en los dos siguientes ejercicios.

De este modo, imagina que decides rescatar un plan de pensiones por un importe total de 100.000 euros y debes asumir que, de esa cifra, 40.000 euros son aportaciones realizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2006. Si optas por percibir en forma de capital esa cuantía en el actual ejercicio y el resto en forma de renta temporal o vitalicia, puedes beneficiarte de la reducción del 40% correspondiente sobre esos 40.000 euros, lo que supone un ahorro fiscal en base de 16.000 euros.

Elección del momento del rescate

Otra cuestión importante es cuándo solicitar el reembolso del plan. Es decir, si lo hacemos el mismo año en el que nos jubilamos hay que tener en cuenta todos los ingresos que vamos a percibir (sueldo, pensión pública y plan de pensiones) para que no eleven demasiado la base imponible de la declaración de la renta.

“Siempre y cuando la planificación se adapte a nuestras circunstancias y necesidades financieras, podría resultar interesante rescatar el plan de pensiones el año siguiente al de la jubilación, puesto que de, lo contrario, las prestaciones percibidas podrían tributar a un tipo de gravamen efectivo superior”, aconsejan desde Baker McKenzie.

Desde 2015 es posible rescatar el plan de pensiones a los 10 años de las aportaciones, de tal manera que en 2025 se podría solicitar el reembolso de las cantidades ingresadas una década antes, y así sucesivamente. Es más, ni siquiera es necesario alegar los supuestos para los que está concebida la prestación (jubilación, paro de larga duración o enfermedad). Sin embargo, hay que evaluar bien los riesgos de recuperar un ahorro para un fin para el que no está pensado, máxime en un momento en el que cada vez somos más longevos y nos esperan más de dos décadas de retiro laboral.

El Confidencial, en colaboración con Bestinver, gestora independiente especializada en fondos de inversión y planes de pensiones, pone a disposición de sus lectores el espacio Ahorro e Inversión. Con 30 años de experiencia y 6.200 millones de euros de patrimonio bajo gestión, Bestinver trabaja con el objetivo de generar las mejores rentabilidades a largo plazo para sus inversores.

Desde el punto de vista fiscal, los planes de pensiones tienen una de cal y otra de arena. La parte positiva y más conocida por los contribuyentes es que desgravan en la declaración de la Renta mientras se está aportando ahorro al plan; la negativa, cuando realizamos el rescate. Si no lo hacemos de forma planificada puede ocurrir que la mitad se lo quede Hacienda. Conviene, por tanto, saber cómo se rescata un plan de pensiones para evitar cometer errores que nos pasen factura.

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