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"Este es un producto complejo": el aviso para vender CFD o deuda anticrisis de la banca
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"Este es un producto complejo": el aviso para vender CFD o deuda anticrisis de la banca

La CNMV da un paso en el control de la comercialización de productos complejos al obligar al colocador a la inclusión de avisos sobre que es una inversión “difícil de entender”

Foto: Sebastián Albella, presidente de la CNMV. (Efe)
Sebastián Albella, presidente de la CNMV. (Efe)

Este producto es “difícil de entender. La CNMV considera que, en general, no es conveniente para inversores minoristas”. Esta será la advertencia por escrito que brókeres y otros colocadores de instrumentos de inversión complejos tendrán que incorporar en el contrato que firmen los compradores.

Desde que el supervisor británico de los mercados (FCA) advirtió hace año y medio de las pérdidas generalizadas de los inversores que compran derivados como los CFD, ha habido una oleada de avisos e intenciones por parte de la comunidad de reguladores europeos. La autoridad europea ESMA prepara medidas que el mercado espera que estén disponibles para el verano, mientras que la CNMV ha dado el primer paso concreto.

Ya no son sólo intenciones y advertencias. El organismo que preside Sebastián Albella ha anunciado este jueves una circular que “refuerza la obligación de formular advertencias en relación con instrumentos financieros muy determinados”, y que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE.

Foto: Sebastián Albella, presidente de la CNMV. (Efe)

En concreto, se dirige a los CFD, que son contratos por diferencias que permiten al inversor hacer apuestas con apalancamiento para ganar (o perder) más del dinero que se juega. Otros derivados fuera de mercados regulados y las opciones binarias también están incluidos en esta nueva obligación.

La CNMV también menciona los bonos bancarios contingentes convertibles (CoCos, como los emitidos esta semana por Santander y CaixaBank a institucionales) o subordinados, que es deuda bancaria que se convierte en acciones cuando el colchón de capital baja de un determinado nivel. En Banco Popular, por ejemplo, los bonistas de estos productos perdieron todo el dinero. Por último, incluye en esta medida a los bonos estructurados referenciados a valores no líquidos o a eventos de crédito.

La advertencia también incluirá que el riesgo de pérdidas en instrumentos del mercado de valores pueden verse potencialmente afectados por un ejercicio de recapitalización interna, clave para la deuda subordinada. Y para los derivados, la diferencia “significativa” entre el importe efectivo al que se realizará la compra o la venta con el cliente y el valor del producto, “situación en que se destacan los costes inherentes para el inversor”, dice la CNMV.

Aviso contra el apalancamiento

El supervisor enumera tres advertencias normalizadas. En primer lugar, una sobre la complejidad. Los clientes deberán firmar una advertencia que dice explícitamente: “Está a punto de adquirir un producto que no es sencillo y que puede ser difícil de entender (...). No obstante (nombre de la entidad) ha evaluado sus conocimientos y experiencia y considera que el mismo resulta conveniente para usted”.

En un segundo párrafo, si hay apalancamiento, se dice: “Este es un producto con apalancamiento. Debe ser consciente de que las pérdidas pueden ser superiores al importe desembolsado inicialmente para su adquisición”.

Foto: Comparecencia de Elke König, presidenta de la JUR, en el Congreso. (EFE)

En cuanto a la deuda subordinada, las entidades colocadoras avisarán del riesgo de que la entidad financiera se recapitalice internamente con estos instrumentos a través de un proceso de ‘bail-in’, como ocurrió en el caso extremo de Banco Popular.

CNMV dará más pasos

La tercera es la ya mencionada de los costes, dado que el vendedor debe advertir al comprador de la diferencia entre el precio de la operación y el valor en el que cotiza el subyacente, que puede ser una acción, una materia prima, un bono o una divisa. Este aviso se incluirá si es superior al 5% en total, o si sobrepasa este umbral al multiplicar el 0,6% por el número de años hasta el vencimiento.

La CNMV no se quedará aquí. ESMA está valorando posibles prohibiciones o restricciones en la comercialización a minoristas, como impedir la publicidad o limitar el apalancamiento. Sebastián Albella ya señaló en la presentación de actividades para este año que la institución que preside adoptará medidas a partir de entonces.

Este producto es “difícil de entender. La CNMV considera que, en general, no es conveniente para inversores minoristas”. Esta será la advertencia por escrito que brókeres y otros colocadores de instrumentos de inversión complejos tendrán que incorporar en el contrato que firmen los compradores.

CNMV Sebastián Albella
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