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Se busca psicólogo para Lassie: la custodia del perro es la nueva gran batalla en los divorcios
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Ya no son objetos sino "seres sintientes"

Se busca psicólogo para Lassie: la custodia del perro es la nueva gran batalla en los divorcios

La nueva ley obliga a concretar el reparto de los tiempos de convivencia de las mascotas y sus gastos de manutención. Esto obligará a un nuevo conjunto de pruebas específicas

Foto: Imagen: iStock.
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"Cuando redacto una demanda sobre la custodia de una mascota, lo hago pensando en que se trata de un niño". Quien así se explica es Adriana Rodríguez, abogada de familia en el bufete Vestalia Asociados y experta en asuntos relativos a animales. Uno de los casos que ahora mismo tiene sobre la mesa la letrada es la disputa por la custodia de un perro. Sus dueños, tras romper la pareja de hecho que les unía, firmaron un convenio de posesión compartida del animal. Tras dos años respetando el acuerdo, él dejó de entregárselo a su expareja y ella decidió demandarle. El juez ha sugerido a su defensa que, para poder resolver el asunto, presente el informe de un psicólogo animal (etólogo). "Este tipo de pleitos están claramente en auge; en los próximos meses vamos a ver muchos más", augura Rodríguez.

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El caso descrito es un buen ejemplo de la batalla que va a plantearse en muchos procesos de separación a partir de ahora, tras la entrada en vigor, el pasado 5 de enero, de la Ley sobre el Régimen Jurídico de los Animales. La norma, según su preámbulo, no solo adecúa el tratamiento del Código Civil "a la verdadera naturaleza de los animales" (hasta la fecha eran considerados bienes muebles; es decir, objetos), sino también "a la naturaleza de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos".

La nueva regulación, que califica a los animales como "seres sintientes", exige que en los convenios reguladores de los divorcios se determine "el destino de los animales de compañía", teniendo en cuenta "el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal" (artículo 90.1.b) bis del Código Civil). Asimismo, si el acuerdo de separación de los cónyuges es "gravemente perjudicial para el bienestar de los animales", el juez ordenará las medidas a adoptar. Y si se produce una "alteración grave de las circunstancias", podrá solicitarse la modificación de las condiciones de las mascotas.

El etólogo del caso de la expareja de hecho que pilota Rodríguez aún no ha emitido su informe. En todo caso, la letrada ha preparado, por si fuera necesaria, toda una batería de pruebas extra que demostrarían que su clienta tenía mucha más implicación con el perro que su ex. "Contamos con los extractos bancarios de los pagos a clínicas veterinarias y las facturas del pienso. También con todas las fotografías de ella con el animal, desde que era cachorro hasta más adulto. Además, el certificado de inscripción de un curso de adiestramiento, varias sesiones de fisioterapia canina y su historial médico, en el que figura el nombre de mi clienta, porque fue ella quien lo llevó", explica. Asimismo, la letrada ha recopilado un importante número de pantallazos de WhatsApp en los que se ve cómo es ella quien le da a él las instrucciones de qué medicación debe tomar o cuál es la comida que más le conviene y, como colofón, un certificado de su veterinario en el que este afirma que sería conveniente que el can siguiera teniendo contacto con su dueña.

Foto: Foto: Pixabay/PicsbyFran.

En resumen, las defensas de las partes en conflicto tendrán que añadir un nuevo paquete probatorio para la disputa de la custodia de la mascota. "Por si no teníamos bastante con pensiones de alimentos, compensatorias, viviendas o niños, ahora vamos a encontrarnos batallando también por los animales", comenta la abogada de familia Pilar Vilella. Más carga para los ya saturados juzgados. Las reglas, eso sí, no difieren mucho de cómo se opera con los niños, agrega Adriana Rodríguez, "con quienes aportamos todo lo que pueda servir para justificar su custodia".

Hasta ahora, muchos jueces esquivaban el pronunciarse sobre a quién correspondía la tenencia de perros, gatos, cerdos vietnamitas o conejos, incluyéndolos en el inventario de la sociedad de gananciales y repartiéndolos como un bien más. Desde el 5 de enero, eso ya no es posible. Los magistrados más reticentes a la nueva corriente animalista tendrán que acostumbrarse a leer informes etológicos o escuchar a los vecinos testificar quién era el miembro de la pareja que madrugaba para pasear al can. Todo por garantizar el 'bienestar animal', principio que desde la entrada en vigor de la nueva ley rige las decisiones relativas a las mascotas.

Además, deberán ajustar sus decisiones y los razonamientos que las respalden a las necesidades particulares de los animales (y, más aún, de cada raza o especie). Así, por ejemplo, para un perro de gran tamaño, más necesitado de espacio en que poder moverse, será más adecuada una casa con jardín que un piso pequeño en el centro de la ciudad.

Inconcreciones

Sin embargo, según señala Sara Segovia, letrada en Garrido Abogados, más allá de sus intenciones y sus principios generales, la nueva normativa adolece de algunas inconcreciones que generarán dudas y problemas hasta que no sean solventadas por la jurisprudencia. "Hay conceptos indeterminados, como el de 'animal de compañía', que según la regulación es todo aquel que tienen las personas, o está destinado a ser tenido por ellas, en su propia vivienda. ¿Quiere decir esto que un caballo que se tiene en una casa con parcela no está cubierto por la nueva ley? Esto, 'a priori', no tendría mucho sentido, pero deberán aclararlo los jueces", explica. También deberá dotarse de contenido al concepto de 'bienestar animal' y determinar cómo debe convivir con otros intereses que pueden existir en los procedimientos de separación.

Otra cuestión a resolver, indica Segovia, es la determinación de las cargas asociadas al cuidado del animal, "porque el nuevo articulado no distingue cuáles corresponden a la titularidad de la mascota y cuáles al cuidado de la tenencia de la misma". Los primeros se refieren, por ejemplo, al coste del animal (en el caso de que hubiera sido comprado); mientras que los segundos tienen que ver con su alimentación, cuidado de la salud, etc.

Foto: El emotivo reencuentro de una familia con su perro después de seis años perdido

En todo caso, ese camino jurisprudencial cuenta con algunos elementos a favor. El primero, como subraya Paloma Zabalgo, socia directora de Paloma Zabalgo Abogados, es que en los procesos de divorcio en que hay niños, es una práctica habitual que los padres (incluso en aquellas separaciones belicosas) acepten que la custodia de las mascotas vaya ligada con la de los niños. Es decir, allá donde estén los menores, también estará el perro. "Por lo que la gran mayoría de procedimientos en los que se batalle por la tenencia de los animales será en los que la ruptura se produzca en una pareja sin hijos", prevé la letrada.

El segundo es que, desde hace un tiempo, ya ha habido jueces que han empezado a valorar la situación de los animales desde otro prisma, incluso sin contar con la Ley sobre el Régimen Jurídico de los Animales. En 2019, un juzgado de Valladolid ya resolvió conceder a una pareja la custodia compartida de su West Higland Terrier, llamado Cachas. El can estaría seis meses al año con cada uno. Un año más tarde, la Audiencia Provincial de Valencia determinó la validez de un convenio regulador que ordenaba cómo sería el cuidado del perro de una pareja, firmado durante el matrimonio, pero que tras el divorcio ella se negó a cumplir, alegando que el documento había sido un divertimento. "Sus términos son claros y reflejan la voluntad de ambas partes de compartir la custodia de Chato", afirmaron los jueces.

Otra sentencia, en este caso del Juzgado de Primera Instancia 11 de Madrid, de octubre de 2021, subrayaba la necesidad de que las relaciones afectivas entre seres humanos y animales fueran "merecedoras de tutela jurídica". "La afectividad que pueda tener una persona sobre su mascota no excluye que esta pueda recibir esa misma afectividad de otras personas", exponía el juez, que defendía, asimismo, "la superación del elemento meramente formal relativo a la titularidad del perro en documentos y registros". Ello conllevaba que la propiedad del mismo, "sea como dueño o como adoptante, no puede prevalecer sobre la realidad del afecto del solicitante de la tenencia compartida, debidamente acreditada pese a las dificultades que pueda presentar su carácter subjetivo" (el del afecto).

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Hace unos días, ya en aplicación de la nueva ley, un juzgado de Oviedo resolvió que un perro debía quedarse con su actual cuidadora y no ser devuelto a su propietario anterior porque "no estamos ante la entrega de una cosa y todas las decisiones que le afecten deben asegurar su bienestar conforme a las características de cada especie". El demandante no había tenido contacto con el can en los últimos tres años y su dueña presente lo había cuidado "con la máxima diligencia posible, alimentándolo y dándole los cuidados que necesitaba", un argumento que se vio reforzado por la opinión en el mismo sentido del veterinario.

Pero no todo son deberes para los jueces. Paloma Zabalgo admite que los propios abogados tendrán que ser más concienzudos y creativos en los convenios reguladores de los divorcios, contemplando con mayor detalle las circunstancias que rodean la vida del animal. Lo contrario puede conducir a la pareja a verse envuelta en un nuevo proceso judicial.

"Cuando redacto una demanda sobre la custodia de una mascota, lo hago pensando en que se trata de un niño". Quien así se explica es Adriana Rodríguez, abogada de familia en el bufete Vestalia Asociados y experta en asuntos relativos a animales. Uno de los casos que ahora mismo tiene sobre la mesa la letrada es la disputa por la custodia de un perro. Sus dueños, tras romper la pareja de hecho que les unía, firmaron un convenio de posesión compartida del animal. Tras dos años respetando el acuerdo, él dejó de entregárselo a su expareja y ella decidió demandarle. El juez ha sugerido a su defensa que, para poder resolver el asunto, presente el informe de un psicólogo animal (etólogo). "Este tipo de pleitos están claramente en auge; en los próximos meses vamos a ver muchos más", augura Rodríguez.

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