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El día en que la Justicia española dio la razón al rey Baltasar
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Una vecina de Huelva le denunció

El día en que la Justicia española dio la razón al rey Baltasar

En junio de 2010, un juez de Huelva archivó una denuncia que una vecina había interpuesto contra el Rey Mago Baltasar por un caramelo lanzado con "excesivo ímpetu"

Foto: El Rey Mago de Oriente Baltasar, a su llegada en avioneta a la ciudad de Murcia el 5 de enero de 2021. (EFE/Marcial Guillén)
El Rey Mago de Oriente Baltasar, a su llegada en avioneta a la ciudad de Murcia el 5 de enero de 2021. (EFE/Marcial Guillén)

Al contrario de lo que muchos puedan pensar, el derecho no siempre tiene que ser aburrido. Y, especialmente, cuando se ejerce de juez. A la mesa de los tribunales llegan todo tipo de asuntos, pero pocos tan disparatados como el que resolvió un juzgado de Huelva en junio de 2010. Una vecina de la ciudad, a la que el auto bautiza con el nombre en clave de Gloria, decidió denunciar al Rey Mago Baltasar por un delito de lesiones. Al parecer, durante la cabalgata de ese año, Su Majestad de Oriente arrojó los caramelos con "excesivo ímpetu". La mala suerte quiso que una de las golosinas aterrizara en su rostro, golpeándole en el ojo y causándole una contusión ocular. Las acusaciones llegaron hasta el despacho de Javier Pérez Minaya, titular (entonces y ahora) del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Huelva. 'Spoiler alert': archivó la causa, pero dio una serie de argumentos jurídicos que prueban que el sentido del humor no es incompatible con el día a día de un magistrado.

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Antes de analizar si un 'caramelazo' puede generar antecedentes penales, el juez comenzó planteándose si era la persona adecuada para juzgar este procedimiento o si, por el contrario, debía abstenerse. Al fin y al cabo, su neutralidad podría verse afectada porque Baltasar, "junto con Melchor y Gaspar", le habían venido ofreciendo "anhelados presentes cada día 6 de enero" desde que tenía uso de razón. Para el magistrado, este hecho podría chocar con la Ley Orgánica del Poder Judicial, que obliga a los jueces a abstenerse de analizar un asunto cuando exista una relación de amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las partes o cuando hay un interés directo o indirecto en el pleito.

Finalmente, Pérez Minaya decidió no abstenerse porque, "tal vez, la persona denunciada no sea en realidad el propio Rey Mago Baltasar", sino un tercero. Una posibilidad que ya deslizó la denunciante cuando, bajo el rótulo de denunciado donde escribió el nombre del monarca mago "en letra de gran tamaño y negrita", matizó que se refiere al individuo que le representaba en la cabalgata del día 5 de enero. Ahora bien, el magistrado agregó que la denunciante podría pedir su recusación, si ese fuese su deseo.

Foto:  Discurso de los Reyes Magos durante la cabalgata de Madrid en 2020. (EFE/Rodrigo Jiménez)

La imparcialidad a la hora de juzgar al legendario rey no fue la única duda que asaltó al juez. En el auto, se pregunta si la jurisdicción española es competente para llevar a cabo la investigación del caso. Como subraya, no se conoce con seguridad la nacionalidad del rey Baltasar. "Siendo notorio que procede de Oriente, hace más de dos mil años que no se resuelve la polémica en torno a su verdadero país de origen", recalca en el texto.

En este sentido, recuerda que nuestras leyes (en concreto, las normas de derecho internacional público) establecen ciertos supuestos de inmunidad de jurisdicción que impiden la acción de los tribunales españoles. Solo conociendo su nacionalidad, argumenta el magistrado, "podría dilucidarse a qué jurisdicción y a qué órgano judicial, dentro de la misma, correspondería instruir". Pero al desconocer cuál es la ciudadanía a efectos legales de Su Majestad, este misterio queda sin resolver.

Foto: Foto: iStock.

Teoría del riesgo permitido

Bromas aparte, el magistrado dio un razonamiento jurídico para justificar la absolución del rey Baltasar. En este sentido, consideró "evidente" que, en determinados acontecimientos colectivos, "la participación individual de cada uno supone el consentimiento o la aceptación de los riesgos, mayores o menores". Es lo que se conoce como la teoría del riesgo permitido, una figura legal que elimina la responsabilidad penal cuando, en un supuesto en el que hay un peligro inherente y socialmente aceptado, el riesgo se acaba materializando. Por ejemplo, un jugador de fútbol que es lesionado accidentalmente durante un partido. O un participante en las corridas de San Fermín que es alcanzado por el toro.

La teoría del riesgo permitido elimina la responsabilidad cuando un peligro socialmente tolerado se materializa

En el supuesto de una cabalgata de Reyes, la posibilidad de ser alcanzado por un caramelo es, precisamente, el riesgo permitido, ya que eliminar los dulces de la ecuación es algo "inconcebible". De hecho, el juez fue más allá y consideró que un desfile sin lanzamiento de golosinas desde las carrozas es como una fiesta de carnaval sin disfraces. Además, subrayó que el Código Penal obliga en su artículo 5 a que exista dolo o imprudencia para que exista delito. Un escenario que, a su entender, no se dio en este caso.

Por último, el juez matizó que la denunciante sigue teniendo un derecho a ser resarcida por sus lesiones, "si efectivamente las sufrió y si concurren todos los requisitos legales". El modo de hacerlo, no obstante, no puede ser a través de una denuncia en la jurisdicción penal. Según Pérez Minaya, el caso era "claramente" un conflicto de responsabilidad patrimonial de la Administración, "que es la que organiza la cabalgata y provee de caramelos y demás material tanto a Sus Majestades los Reyes de Oriente como a los demás partícipes del desfile", por lo que la denunciante debería haber acudido ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Al contrario de lo que muchos puedan pensar, el derecho no siempre tiene que ser aburrido. Y, especialmente, cuando se ejerce de juez. A la mesa de los tribunales llegan todo tipo de asuntos, pero pocos tan disparatados como el que resolvió un juzgado de Huelva en junio de 2010. Una vecina de la ciudad, a la que el auto bautiza con el nombre en clave de Gloria, decidió denunciar al Rey Mago Baltasar por un delito de lesiones. Al parecer, durante la cabalgata de ese año, Su Majestad de Oriente arrojó los caramelos con "excesivo ímpetu". La mala suerte quiso que una de las golosinas aterrizara en su rostro, golpeándole en el ojo y causándole una contusión ocular. Las acusaciones llegaron hasta el despacho de Javier Pérez Minaya, titular (entonces y ahora) del Juzgado de Instrucción n.º 4 de Huelva. 'Spoiler alert': archivó la causa, pero dio una serie de argumentos jurídicos que prueban que el sentido del humor no es incompatible con el día a día de un magistrado.

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