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¿Cerrar bares antes de la una en España? Hasta qué hora permite Madrid abrir al público
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AMPLIOS HORARIOS NOCTURNOS

¿Cerrar bares antes de la una en España? Hasta qué hora permite Madrid abrir al público

En España los bares son lugares de reunión, de encuentros y de ocio, y estamos acostumbrados a que estos locales abran hasta altas horas de la madrugada

Foto: ¿Cerrar bares antes de la 1 en España? Hasta qué hora permite Madrid tener abierto al público sus barras (EFE/Luis Millán)
¿Cerrar bares antes de la 1 en España? Hasta qué hora permite Madrid tener abierto al público sus barras (EFE/Luis Millán)

¿Qué pasaría si los bares españoles cerrasen antes de la una de la madrugada? Esta es la duda que planteó la intervención en abierto de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Tras una reunión con las patronales del sector turístico, Díaz afirmó que “no es razonable” tener abiertos los bares y restaurantes a la una de la madrugada, una gran diferencia en comparación con el resto de Europa, y tachó de “locura” el “seguir ampliando los horarios hasta no sabemos qué hora”.

Por su parte, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, se mostró en contra de estas afirmaciones y, a través de una publicación en la red social X, expresó su opinión. “España tiene la mejor vida nocturna del mundo, con las calles llenas de vida y libertad. Y eso también da empleo”, afirmó, a la vez que acusaba a la oposición de querer que los españoles sean “puritanos, materialistas, socialistas, sin alma, sin luz y sin restaurantes porque les da la gana. Aburridos y en casa”.

Como era de esperar, la polémica está servida, y el tema ha dado mucho de qué hablar en redes sociales. Por una parte, se alzaban los defensores de los derechos laborales y de la conciliación familiar, en contra de las maratonianas jornadas laborales del sector de la hostelería. Por otra, los defensores del ocio, del turismo como fuente de ingresos y de la libertad de horarios defendían su postura, mientras que otro grupo prefiere dejar estas decisiones en manos de las patronales y los sindicatos. Pero, ¿qué dice la ley actual al respecto?

En defensa de la oferta cultural y gastronómica

Como indica la normativa legislativa de la Comunidad de Madrid, el “horario general de apertura y cierre de los locales y establecimientos se determina por Orden del consejero competente en materia de Espectáculos públicos y Actividades recreativas”. Así, se establecieron unos horarios máximos de apertura, con el objetivo de mantener “la pujanza de la oferta cultural, gastronómica y de ocio en general de nuestras empresas, tan vinculadas a las señas de identidad turística de nuestra región”.

Se entiende por horario máximo el que no puede ser “rebasado o excedido”, y desde el cual se “encenderán las luces generales del local, quedando las puertas de entrada y de salida expeditas y abiertas para que se produzca el completo desalojo ordenado del local. No se permitirá el acceso de ningún cliente al local o establecimiento y no se expenderá consumición alguna”, indica la legislación.

Foto: Un bar reconvertido en un comedor solidario. (EFE) Opinión

Hora máxima de cierre de los locales en Madrid

Los horarios de apertura y cierre de los locales de ocio, gastronomía y espectáculos de la Comunidad de Madrid vienen indicados en la mencionada ley, pudiendo ser rebasados en momentos especiales como festivos y fines de semana. Aquí se enumeran algunos de los horarios a los que deben acogerse los locales en la CAM:

  • Cafés-espectáculo: desde las 13:00 horas hasta las 5:30 horas.
  • Salas de fiestas: desde las 13:00 hasta las 5:30 horas.
  • Restaurantes-espectáculo: desde las 13:00 hasta las 5:30 horas.
  • Discotecas y salas de baile: desde las 17:00 horas hasta las 5:30 horas.
  • Bares especiales: desde las 12:00 horas hasta las 3:00 horas.
  • Tabernas y bodegas: desde las 10:00 horas hasta las 2:00 horas.
  • Cafeterías, bares, cafés-bares y asimilables: desde las 6:00 horas hasta las 2:00 horas.
  • Chocolaterías, heladerías, salones de té, croissanterías y asimilables: desde las 8:00 horas hasta las 1:00 horas.
  • Restaurantes, autoservicios de restauración y otros asimilables: desde las 10:00 horas hasta las 2:00 horas.
  • Salones de banquetes: desde las 10:00 horas hasta las 3:00 horas.

¿Qué pasaría si los bares españoles cerrasen antes de la una de la madrugada? Esta es la duda que planteó la intervención en abierto de la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Tras una reunión con las patronales del sector turístico, Díaz afirmó que “no es razonable” tener abiertos los bares y restaurantes a la una de la madrugada, una gran diferencia en comparación con el resto de Europa, y tachó de “locura” el “seguir ampliando los horarios hasta no sabemos qué hora”.

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