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¿Es legal el 'suplemento covid'? Nadie quiere pagar los platos rotos del coronavirus
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Sorpresas en la factura

¿Es legal el 'suplemento covid'? Nadie quiere pagar los platos rotos del coronavirus

Algunos establecimientos comerciales han comenzado a cobrar una tarifa extra a sus clientes por los gastos relacionados con la higiene y la prevención

Foto: Málaga en fase 1 de la desescalada
Málaga en fase 1 de la desescalada

Maialen quedó con su novio en una terraza de Madrid la semana pasada. Les cobraron nueve euros por dos latas de Aquarius. Alberto también se llevó una sorpresa desagradable cuando intentó pedir cita en la peluquería: ahora el servicio costaba tres euros más de lo habitual por la desinfección del local. No son los únicos negocios que ya aplican el 'suplemento covid', un cargo a la factura de sus clientes para garantizar la rentabilidad pese a los gastos adicionales en medidas de seguridad como geles hidroalcohólicos, mascarillas, guantes y otros materiales desechables.

FACUA-Consumidores en Acción considera que esta tarifa es ilegal. "Cobrar en un bar un recargo por las medidas que tienen que llevar a cabo para evitar la propagación del coronavirus, como el hecho de que sus trabajadores lleven mascarillas, resulta tan ilícito como que antes de la pandemia cobrasen un extra por limpiar la mesa o por el hecho de que los camareros lleven un uniforme", advierte la organización de consumidores.

Sin embargo, desde el servicio de asesoría jurídica Legálitas entienden que sí es legal cobrar un extra, al igual que sucede con las tasas por comer o beber en terraza, siempre y cuando se avise de antemano y se señalice correctamente. A este respecto, recuerdan que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa en materia de precios, pero todas coinciden en regular el derecho esencial a la información del consumidor, de forma que otra condición ineludible es especificar expresamente el importe y aplicarlo en todas las circunstancias por igual.

Foto: Una oficina de empleo, en una imagen de archivo. (EFE)

"Es importante recordar que el precio de venta al público es libre, por lo que el establecimiento tendrá derecho a cobrar lo que considere", asegura Legálitas, si bien debe ser razonable y acorde con su finalidad. "Si, por ejemplo, en un establecimiento nos proporcionan geles sanitarios, mascarillas y otros materiales desechables, el empresario debe poder demostrar que el importe de la tasa es proporcional a los gastos extra en los que ha incurrido", añaden los expertos.

En resumidas cuentas, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios señala como cláusula abusiva, en su artículo 89.4, la "imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados". Así pues, indicar el recargo a posteriori en la factura no lo convierte en legal, sino que para ello la empresa debe haber informado con anterioridad al consumidor para que este pueda decidir si acepta los nuevos precios o, en su lugar, opta por la oferta de otro comercio.

Además de informar al consumidor y garantizar su consentimiento expreso, los comercios deben asegurarse de que la tasa se ajusta al coste real

En todo caso, el coste debe ser proporcional, repartido entre quien ofrece el servicio y quienes lo disfrutan, y ajustarse al precio real. La OCU ha recibido quejas de ciudadanos por cobros de hasta 60 euros en clínicas dentales y talleres, lo cual puede entenderse como un abuso que contraviene la buena práctica empresarial, incluso si se hubiera advertido previamente al consumidor.

Un ejemplo parecido es el que expone la asociación vecinal del barrio de Las Tablas (Madrid), que denuncia un sobreprecio del 20% en un conocido restaurante de la zona. La patronal hostelera afirma que los locales que cobran 'comisiones covid' son aislados y no recomienda su aplicación. "No obstante, en el caso de que se decidieran aplicar, siempre debería informarse con anterioridad a los clientes y no deben suponer un importe abusivo", recuerda.

FACUA insiste en que los empresarios no pueden descargar en los consumidores ningún recargo de este tipo sin justificar los gastos y creen que lo adecuado es ajustar los precios en función del margen de beneficio de la empresa: "No es de recibo aprovechar la situación actual para hacer que los consumidores paguen suplementos por medidas higiénicas como la limpieza que se supone que antes también se realizaban por parte de la empresa y no se cobraban como tal".

Si el cliente no está de acuerdo con el pago o juzga desorbitado el precio, puede reclamar a la autoridad de protección al consumidor de su comunidad autónoma. Aunque lo recomendable es evitar, de antemano, el servicio en caso de no estar de acuerdo con las condiciones, ante situaciones abusivas se recomienda tomar una fotografía del cartel o factura donde se indique la aplicación de la tarifa para proceder a la reclamación. De igual manera, los dueños del local deberán recabar todos los datos posibles si optan por solicitar un requerimiento de la deuda a aquellos usuarios que se nieguen a pagar.

Maialen quedó con su novio en una terraza de Madrid la semana pasada. Les cobraron nueve euros por dos latas de Aquarius. Alberto también se llevó una sorpresa desagradable cuando intentó pedir cita en la peluquería: ahora el servicio costaba tres euros más de lo habitual por la desinfección del local. No son los únicos negocios que ya aplican el 'suplemento covid', un cargo a la factura de sus clientes para garantizar la rentabilidad pese a los gastos adicionales en medidas de seguridad como geles hidroalcohólicos, mascarillas, guantes y otros materiales desechables.

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