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La Audiencia de Valencia archiva la causa de la Fórmula 1 contra Camps
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La Audiencia ve prescrito el posible delito

La Audiencia de Valencia archiva la causa de la Fórmula 1 contra Camps

Cams ha señalado que seguirá defendiéndose y espera "estar a la altura" manteniendo "el temple" defendiendo su gestión frente a declaraciones "sin pruebas"

Foto: El expresidente de la Generalitat, Francisco Camps. (EFE)
El expresidente de la Generalitat, Francisco Camps. (EFE)

La Audiencia de Valencia ha archivado la causa sobre la construcción del circuito urbano de Fórmula 1 en esta ciudad en la que estaba procesado el expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps por la titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia.

El auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estima el recurso de petición de archivo de la Fiscalía al no observar delitos o en su caso estar prescritos. El Ministerio Fiscal pidió el sobreseimiento provisional de la causa por los delitos de malversación de caudales públicos y delito continuado de prevaricación, según indica el auto de la Sección Quinta de la Audiencia.

Foto: Francisco Camps, en su última declaración en los juzgados de Valencia. (EFE)

En el docuemento del pasado lunes, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia sigue la línea de Anticorrupción y ve prescrito, en caso de que lo hubiera, el posible delito de prevaricación.

La titular del Juzgado 17 había incoado procedimiento abreviado contra Camps, su exvicepresidente Vicente Rambla y su exconseller Mario Flores por considerar que había indicios "suficientes, sólidos, razonables y consistentes" de la comisión de los delitos. La magistrada sostenía que Camps "capitaneó" al resto de procesados para obtener un "rédito político y personal" como "máxime artífice" de un evento de interés mundial.

Sobre el delito de prevaricación, respecto a tres contratos de fecha 12 de marzo, 12 de junio y 28 de septiembre de 2007, los hechos tendrían asociada una pena de inhabilitación especial de 7 a 10 años, por lo que, según el Código Penal, el plazo de prescripción sería de diez años.

Foto: Francisco Camps.

De ahí que el 28 de septiembre de 2007 es el día que comienza a computarse el plazo, según el auto, que explica que las diligencias se incoaron el 30 de enero de 2018, "único momento" en el que las actuaciones se dirigen de forma eficaz contra sus presuntos responsables, por lo que el día que finaliza el plazo, el 27 de septiembre de 2017, "se había ya sobrepasado". Por tanto, dicho delito únicamente sería perseguible en virtud de la conexidad con el delito de malversación de caudales públicos agravada, y al respecto, la Sala asegura que no cabe admitir un procedimiento sin futuro.

Una vez analizada la documentación adjunta en el testimonio de particulares, la Sala llega a la conclusión de que, no siendo posible constatar "de forma fehaciente" hechos o circunstancias que permitan apreciar la existencia de un perjuicio económico directo para la Generalitat, evaluable económicamente, derivado de la adjudicación de los expedientes analizados, según el informe de la Intervención de la Generalitat, "no cabe admitir la prosecución de un procedimiento al que ningún futuro razonable cabe augurar".

No basta, explica el auto, el coste elevado del circuito de Fórmula 1, algo previsible "pese a las manifestaciones del señor Camps en el sentido de que el coste sería '0'", puesto que en términos jurídicos es preciso, para poder perfilar un delito de malversación, conocer siquiera de forma aproximada la cantidad a la que se hubiera perjudicado al erario público.

No cabe admitir la prosecución de un procedimiento al que ningún futuro razonable cabe augurar

Ante la conclusión de la Intervención de la Generalitat Valenciana, que reconoció que "no se dispone de criterio técnico suficiente" para pronunciarse sobre aspectos como los presupuestos que se aprobaron, los precios de los contratos, las valoraciones técnicas o los modificados, y sin que sea posible la práctica de más diligencias de investigación -por la ausencia de declaración de complejidad- procede a decretar el sobreseimiento provisional de la causa.Contra el auto, que declara de oficio las costas, no se puede presentar recurso.

Trabajo de TSYPA en Turquía

En la resolución, la Sala acuerda el archivo "sin perjuicio de la deducción de testimonio de particulares" en los términos que expuso en una parte de su escrito el Ministerio Fiscal. En este apartado, el representante de la acusación pública sostenía que uno de los hechos objeto de investigación había quedado sin respuesta penal al no haber recibido un informe solicitado a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en relación con el trabajo de una de las empresas en Turquía y que consideraba que podían ser indiciariamente constitutivos de un delito de fraude de subvenciones a la UE.

La Fiscalía entendía que estos hechos excedían la competencia objetiva del juzgado de Valencia para la investigación, por lo que consideraba que se debía remitir copia de la denuncia y de los documentos al Juzgado Central de Instrucción Decano para su investigación.

Camps ha celebrado el archivo

Tras conocer el archivo de la causa, tal y como había solicitado la Fiscalía Anticorrupción y en contra del criterio de la jueza instructora del caso, Camps ha convocado a los medios y ha reiterado que ha intentado siempre "hacer lo mejor para los valencianos, por el interés general y por el bien común", al tiempo que ha criticado que "el nivel político ha bajado hasta niveles incomprensibles".

"Desde que dejé la Presidencia de la Generalitat ya no ha vuelto a tener la Comunitat Valenciana un gobierno como dios manda, al servicio de los valencianos, que sepa estar a la altura de los valencianos", ha dicho.

De hecho, ha dedicado buena parte de su alocución a criticar que el actual 'president', el socialista Ximo Puig, "utilice a la Abogacía de la Generalitat para perseguir a los adversarios políticos", algo que ha calificado como "atroz". Ha recordado que "el único recurso que se presentó con escrito de acusación pidiendo 7 años de cárcel y 50 millones de euros de indemnización y 20 años de inhabilitación para cargo público ha sido el propio Ximo Puig porque la Fiscalía Anticorrupción decidió que no tenía sentido continuar con la causa".

Foto: El presidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig. (EFE)

Ha denunciado la "campaña extraordinaria" contra su persona y el PP por parte del PSPV, ha recordado que hace 10 años fue absuelto en la conocida como causa de los trajes y fue recurrida al Supremo "por el propio Ximo Puig, de su puño y letra" y tras archivarse se le condenó a pagar costas de la defensa "que a día de hoy no ha hecho, es un moroso".

"Ya no utiliza abogados privados, utiliza a la Abogacía de la Generalitat que pagamos entre todos, eso me parece escandaloso, que utilice los servicios jurídicos de la administración autonómica en contra de los que fuimos presidentes de la Comunitat Valenciana, esto no creo que ocurra en ninguna parte del mundo civilizado", ha indicado, para agregar que "lo que tendría que hacer hoy mismo es irse de la Presidencia de la Generalitat automáticamente" y las costas "las tendría que pagar de su bolsillo".

No creo que los valencianos tengamos el presidente que nos merecemos

Asimismo, preguntado por las causas que aún tiene pendientes en los juzgados, ha señalado que seguirá defendiéndose y espera "estar a la altura" manteniendo "el temple, el equilibrio" y defendiendo siempre su gestión frente a declaraciones "sin pruebas" que son "meras especulaciones". "No creo que los valencianos tengamos el presidente que nos merecemos", ha continuado Camps, que ha criticado la "poca categoría personal y política".

Ha subrayado que "no hay peor colaborador de la justicia que quien miente a la justicia" y ha citado explícitamente al exsecretario general del PPCV Ricardo Costa y al que fuera máximo responsable de Orange Market, Álvaro Pérez, que "vinieron a mentir" y cuyas declaraciones quedan ahora "enterradas" y desacreditadas con este auto de archivo.

La Audiencia de Valencia ha archivado la causa sobre la construcción del circuito urbano de Fórmula 1 en esta ciudad en la que estaba procesado el expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps por la titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia.

El auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana estima el recurso de petición de archivo de la Fiscalía al no observar delitos o en su caso estar prescritos. El Ministerio Fiscal pidió el sobreseimiento provisional de la causa por los delitos de malversación de caudales públicos y delito continuado de prevaricación, según indica el auto de la Sección Quinta de la Audiencia.

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