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Valencia recula y no prohibirá incinerar obesos mórbidos por contaminación
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nueva regulación de hornos crematorios

Valencia recula y no prohibirá incinerar obesos mórbidos por contaminación

En un primer momento, la Conselleria de Sanidad había tramitado una nueva regulación que restringía el uso de hornos crematorios para cadáveres obesos. Este martes se ha echado para atrás

Foto: Dos personas con sobrepeso. (EFE)
Dos personas con sobrepeso. (EFE)

La Generalitat valenciana había decidido tramitar una nueva norma para el uso de hornos crematorios que prohibía incinerar estos cuerpos por la gran cantidad de combustible que necesitan y porque ello provoca un incremento "considerable de contaminación sobrepasando el umbral de lo permitido". Sin embargo, este mismo martes la Conselleria de Sanidad ha emitido un comunicado explicando que recula y "eliminará de la futura orden" la prohibición de la cremación de personas con obesidad mórbida.

El contenido de la norma había sido adelantado este martes por el diario 'Levante-EMV' y confirmado por El Confidencial de fuentes de la Conselleria de Sanidad. El reglamento para los hornos crematorios se encontraba en periodo de alegaciones y contemplaba además restringir su uso para cadáveres que hubieran recibido tratamientos con cáncer mediante inserción de agujas radioactivas. Con esta misma filosofía, se fijaba que antes de la cremación se extraigan los elementos termoactivos y se retiren de los féretros los herrajes y demás elementos metálicos, así como adornos fabricados en resinas, plásticos o cualquier compuesto susceptible de formar compuestos organoclorados o altamente tóxicos tras su combustión.

La Conselleria de Sanidad justificaba la exclusión de los cadáveres de obesos mórbidos por el elevado uso de combustible que precisa y la contaminación

"La experiencia acumulada en la emisión de los informes sanitarios para la apertura de hornos crematorios aconseja establecer nuevas consideraciones respecto a la ubicación de estos y su funcionamiento, a fin de minimizar su impacto en la salud poblacional", decía la orden, que se sustentaba en los criterios del convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos y persistentes. "El objetivo general es proteger la salud humana y el medio ambiente contra los contaminantes mencionados, ratificado por el Reino de España en 2004, en el anexo C, parte Y, incluye las dibenzo-p-dioxinas policloradas y los dibenzofuranos, el hexaclorobenceno y los bifenilos policlorados en la lista de contaminantes orgánicos persistentes, y se identifican los crematorios como una de las fuentes donde se pueden formar y liberar estas sustancias por la presencia de estos compuestos clorados precursores o cloro en los cadáveres y en algunos plásticos coincinerados".

Los crematorios, los dientes y el mercurio

También sostenía: "La Comisión de la Convención para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste [Comisión Ospar] señala a los crematorios como una fuente importante de liberaciones de mercurio, en particular a partir de la amalgama dental presente en restos humanos, por lo que deberán adoptarse mejores técnicas disponibles para evitar y controlar la dispersión de mercurio en el medio ambiente".

Foto: "Los sistemas públicos de salud no están preparados para abordar con todas las herramientas este problema"

El nuevo reglamento (vea aquí el documento completo) establecía el uso preferente de sudarios fabricados en materiales biodegradables y que los cadáveres no vistan ropas o abalorios que contengan elementos metálicos, así como resinas o plásticos, al ser introducidos en el horno crematorio, y que los materiales de las ropas no deben contener elementos que sean susceptibles de formar compuestos organoclorados o altamente tóxicos tras su combustión.

Además, prohíbe la cremación de féretros de plomo o cinc y las instalaciones de almacenamiento de ataúdes deben estar cerradas bajo llave, refrigeradas, ser a prueba de roedores y aves y contar con un sistema de control de olores.

La norma también establece una distancia mínima de 200 metros para los nuevos crematorios con respecto a núcleos residenciales y precisa que las nuevas instalaciones se construirán sobre suelo preferentemente de clasificación industrial.

La Generalitat valenciana había decidido tramitar una nueva norma para el uso de hornos crematorios que prohibía incinerar estos cuerpos por la gran cantidad de combustible que necesitan y porque ello provoca un incremento "considerable de contaminación sobrepasando el umbral de lo permitido". Sin embargo, este mismo martes la Conselleria de Sanidad ha emitido un comunicado explicando que recula y "eliminará de la futura orden" la prohibición de la cremación de personas con obesidad mórbida.

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