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¿A quién beneficia y perjudica el voto en blanco en las elecciones? ¿Y el nulo?
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Elecciones 14-F

¿A quién beneficia y perjudica el voto en blanco en las elecciones? ¿Y el nulo?

Cuando se celebran unas elecciones surgen las dudas de cómo ejercer el derecho a voto. Algunos optan por votar en blanco, otros por votos nulos y hay muchos que se abstienen, pero, ¿a quién beneficia estos métodos?

Foto: Elecciones catalanas. (EFE)
Elecciones catalanas. (EFE)

La ciudadanía de Cataluña está llamada a las urnas este 14 de febrero para decidir el resultado de unas elecciones autonómicas nada convencionales. Marcadas por la crisis sanitaria propiciada por el coronavirus, la pandemia ha hecho peligrar los comicios, o al menos su fecha prevista, pues se especuló con la posibilidad de un aplazamiento debido a la preocupante incidencia del virus en la comunidad autónoma y, en general, en todo el país. Si bien, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el pasado 29 de enero, decidió mantener la fecha estipulada. Antes, la Fiscalía de Cataluña solicitó que se anulara el decreto del Govern que las aplazaba, al concluir que posponerlas infringiría la normativa electoral y el Estatut.

Una vez que parece que los comicios se celebrarán en esa fecha, muchos son los que especulan con que la participación obtenga unos números preocupantes. La incidencia de la covid hace que haya un miedo generalizado al contagio, por lo que muchas personas se podrían estar planteando no acudir a sus respectivos colegios electorales para hacer uso de su derecho a voto, sin contar las numerosas restricciones que se han impuesto en muchos municipios. Además, el desencanto en los últimos meses de la ciudadanía con la clase política también genera muchas dudas en cuanto a qué pasará con sus elecciones. Ante esta situación, cabría preguntarse que diferencias pueden marcar el voto en blanco, el voto nulo y la abstención; y cómo afectan estos a los resultados finales.

Foto: Salvador Illa y Pere Aragonès, en diciembre. (EFE)

Voto en blanco, nulo y abstención

La Ley del Régimen Electoral considera que un voto es en blanco, aunque válido, cuando el sobre no contiene papeleta o cuando esta no tenga ninguna indicación a favor de alguno de los candidatos, caso que se puede dar en las elecciones al Senado. Así, el voto en blanco sí que computa en el recuento y, por lo tanto, influye en el reparto de escaños que corresponde a cada partido. Otra de las formas que recoge dicha Ley es el voto nulo, que es el que se incluye en un sobre diferente al oficial o que contiene una papeleta improcedente. Entre las posibilidades para su nulidad están tanto errores en el proceso de votación como muestras conscientes de desafección o protesta, por lo que la Junta Electoral considerará que no es válido.

Por su parte, una de las opciones que más preocupan en estos momentos, más desde que apareció la pandemia y los ojos están fijados más que nunca en la política, es la abstención. Esta se contempla cuando un votante no ejerce su derecho a voto, ya sea por unos motivos u otros, que van desde causas por enfermedad hasta para mostrar su descontento. Cabe la aclaración de que en ningún caso esto supone algún tipo de penalización para el que ejerza la abstención, puesto que los españoles no tienen la obligación de acudir a las urnas, como sí ocurre en otros países.

¿A quién beneficia?

En primer lugar, hay que explicar que este proceso está regulado por la ley' D'Hondt. Este es un sistema de cálculo proporcional que marca la representación, dividiendo el número de votos que obtiene cada partido entre el número de escaños asignados a cada circunscripción. De tal forma, una vez se han obtenido los respectivos cocientes, los representantes son asignados a las cifras más altas. Esta ley marca que para obtener representación es necesario un mínimo del 3% de los votos, hecho que es visto como perjudicial para partidos pequeños que actúan en circunscripciones con menos escaños asignados.

Así, habiendo analizado las peculiaridades de dicha ley, podemos concluir que el voto en blanco perjudica a los partidos pequeños, ya que, al entrar en el recuento, los porcentajes varían al sumarse a los obtenidos por las candidaturas presentadas y son contados para el cálculo final del que depende el reparto de escaños. Esto implica que se necesitarán más votos para lograr un escaño y a los partidos de menos envergadura les costaría más llegar a ese necesario 3%. Por otro lado, los votos nulos y la abstención no tendrían repercusión en los resultados, ya que no se adhieren al cómputo final al ser considerados inválidos, sin beneficiar ni perjudicar a nadie.

La ciudadanía de Cataluña está llamada a las urnas este 14 de febrero para decidir el resultado de unas elecciones autonómicas nada convencionales. Marcadas por la crisis sanitaria propiciada por el coronavirus, la pandemia ha hecho peligrar los comicios, o al menos su fecha prevista, pues se especuló con la posibilidad de un aplazamiento debido a la preocupante incidencia del virus en la comunidad autónoma y, en general, en todo el país. Si bien, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el pasado 29 de enero, decidió mantener la fecha estipulada. Antes, la Fiscalía de Cataluña solicitó que se anulara el decreto del Govern que las aplazaba, al concluir que posponerlas infringiría la normativa electoral y el Estatut.

Ley D’Hondt
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