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El Tribunal Superior mantiene las elecciones catalanas el 14 de febrero
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ELECCIONES CATALANAS

El Tribunal Superior mantiene las elecciones catalanas el 14 de febrero

El Ministerio Público recuerda que las elecciones catalanas se convocaron ya en pandemia y que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces

Foto: El vicepresidente de la Generalitat catalana, Pere Aragonés, y la 'consellera' de Presidencia, Meritxell Budó.
El vicepresidente de la Generalitat catalana, Pere Aragonés, y la 'consellera' de Presidencia, Meritxell Budó.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido mantener para el próximo día 14 las elecciones catalanas. Horas antes, la Fiscalía de Cataluña ha pedido anular el decreto del Govern que aplazaba las elecciones del 14-F al concluir que el aplazamiento de las elecciones que aprobó el Govern infringe la normativa electoral y el Estatut, y daría pie a una "anormalidad jurídica e institucional" que puede prolongarse de forma "indeterminada". La Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa ha adelantado este viernes su fallo final tras reunirse "con carácter de urgencia".

Una vez recibidos los escritos de todas las partes, la Sala acuerda por mayoría anular el decreto que suspendía las elecciones convocadas para el 14 de febrero. Estima así el recurso interpuesto y, por tanto, las elecciones al Parlamento de Cataluña se celebrarán en la fecha inicialmente fijada por el convocante. El tribunal avanza el sentido de su resolución que se dictará y notificará el próximo lunes 1 de febrero. Contará con el voto particular de uno de los siete magistrados, José Manuel de Soler Bigas que a diferencia de sus compañeros defendía el aplazamiento ante el riesgo de aumento de la abstención o repunte en la gravedad de la pandemia.

El tribunal hará expresa mención a la buena fe procesal de las partes dado que, su agilidad en la presentación de escritos, ha permitido llegar a una resolución en la mayor brevedad de tiempo. La sentencia, que se notificará el próximo lunes, admite recurso ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo. Este recurso, en caso de interponerse, no sería suspensivo de la ejecución de la decisión adoptada. Es decir, no afectaría al mantenimiento de la convocatoria electoral para el 14 de febrero que ya es inamovible.

Los magistrados fallan en el mismo sentido que la Fiscalía. En su informe remitido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el Ministerio Público recuerda que las elecciones del 14-F se convocaron ya en pandemia y que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces, excepto en lo que se refiere al aumento de contagios, algo que era "notoriamente previsible". En el caso de que exista un "interés superior" que obligue a suspender las elecciones por ser inviables ante la situación sanitaria, añade la Fiscalía, es necesario darle una "cobertura normativa", articulando, "conforme a la Constitución y las leyes, las medidas excepcionales que puedan resultar imprescindibles".

Foto: Pedro Sánchez, junto a Salvador Illa. (EFE)
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Las elecciones se han mantenido por ahora en la fecha inicial del 14 de febrero, pero el TSJ tiene pendiente aún pronunciarse de forma definitiva. Según informan fuentes juríridicas, los magistrados se encuentran ya deliberando y podrá conocerse su decisión este mismo viernes. La postura del fiscal y la propia argumentación del tribunal en la última de sus decisiones convierten en muy improbable un aval del aplazamiento electoral salvo que se den circunstancias nuevas como un confinamiento domiciliario decretado por el Gobierno central.

La Fiscalía justifica su postura. Destaca que su decisión "no descansa en determinar si la grave coyuntura sanitaria que afecta a Cataluña debería justificar, en el plano de la prevención del contagio, un aplazamiento de las elecciones convocadas". Dice no cuestionar la pertinencia o acierto político de esa valoración, sino que trata de fijar un criterio sobre si el ordenamiento jurídico vigente permite aplazar unas elecciones ya convocadas y concluye que no es así. Ninguna norma —destaca— "contempla la posibilidad de suspender ni aplazar unas elecciones que ya han sido convocadas".

El fiscal se refiere a los casos de Galicia y País Vasco que el Govern ha citado como precedentes

El fiscal se refiere a los casos de Galicia y País Vasco que el Govern ha citado como precedentes y defiende que no son análogos sino todo lo contrario. Ambos comicios se convocaron antes de la declaración del estado de alarma en el que, además, la limitación de la movilidad era absoluta. "Eran las propias restricciones legales impuestas entonces las que imposibilitaban la movilidad imprescindible para su celebración", asegura.

Este no es el caso de Cataluña. La actual situación de pandemia es anterior tanto a la convocatoria como al aplazamiento. La única novedad es el significativo aumento del número de contagios propio de la alta variabilidad del covid-19, cuestión que era previsible. El riesgo de que se incremente por la votación "puede prevenirse" mediante medidas que ya han sido previstas por la Generalitat, como el uso de material de protección en las mesas, tomas de temperatura, horarios especiales para los vulnerables, ventilación y fomento del voto por correo.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido mantener para el próximo día 14 las elecciones catalanas. Horas antes, la Fiscalía de Cataluña ha pedido anular el decreto del Govern que aplazaba las elecciones del 14-F al concluir que el aplazamiento de las elecciones que aprobó el Govern infringe la normativa electoral y el Estatut, y daría pie a una "anormalidad jurídica e institucional" que puede prolongarse de forma "indeterminada". La Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa ha adelantado este viernes su fallo final tras reunirse "con carácter de urgencia".

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