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Un juez de Barcelona ordena readmitir a una camarera que orinó en utensilios de cocina del bar en el que trabajaba
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Un juez de Barcelona ordena readmitir a una camarera que orinó en utensilios de cocina del bar en el que trabajaba

Además, la empresa debe abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su readmisión o una indemnización de 25.000 euros

Foto: El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido de una empleada de una cafetería de la estación de Sants, en Barcelona, por haber orinado sobre utensilios de cocina que después usaba para servir a clientes. La empresa no tendrá solo que readmitirla, sino que está obligada a abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su readmisión o una indemnización de 25.000 euros.

El fallo, al que EFE ha tenido acceso, confirma una sentencia que el juzgado de lo social número 14 de Barcelona emitió hace tres años. Tras la resolución, la empresa demandada, Neurocroissant Ibérica SA, interpuso un recurso ante el TSJC. Los magistrados resaltan que los empleadores despidieron a la trabajadora en octubre de 2018 después de que descubrieran que orinaba sobre recipientes de cocina visualizando las cámaras de seguridad. Después, lavaba los botes con agua y los usaba para depositar utensilios que al final servía a los clientes.

Foto: (Pixabay)

La empresa denunció que la trabajadora había incurrido en una falta grave y había roto el principio de buena fe, abusando de la confianza al orinar sobre utensilios de cocina. Sin embargo, el tribunal considera que las pruebas aportadas por los empleadores no tienen validez porque las cámaras se colocaron vulnerando el derecho a la intimidad de los trabajadores.

Una zona libre de videovigilancia

En este sentido, la cafetería disponía de cámaras en la zona de atención al público, pero no así en el obrador y fueron los responsables del establecimiento quienes decidieron colocarlas por el local porque tenían sospechas de que alguien se llevaba dinero. Al revisar las nuevas cámaras, descubrieron que la empleada orinaba en recipientes en la zona del obrador, fuera del alcance de la vista de los clientes.

Así, la justicia ha determinado que, al ser una zona donde los trabajadores se cambiaban de ropa antes y después de su turno, ese espacio debería haber estado libre de videovigilancia, además, la empresa no avisó a los empleados de que se habían colocado cámaras en la zona del obrador. La sentencia del TSJC aún no es firme, ya que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha declarado improcedente el despido de una empleada de una cafetería de la estación de Sants, en Barcelona, por haber orinado sobre utensilios de cocina que después usaba para servir a clientes. La empresa no tendrá solo que readmitirla, sino que está obligada a abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta su readmisión o una indemnización de 25.000 euros.

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