Toque de queda en Cataluña: estas son las excepciones y el justificante oficial
El toque de queda será entre la una y las seis de la madrugada en poblaciones de más de 10.000 habitantes y con una incidencia acumulada de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado la petición del Govern para aplicar un nuevo toque de queda, reducir al 50 o 70% los aforos en varios sectores y limitar los encuentros sociales a un máximo de 10 personas ante la subida frenética de casos covid en la región. Al implantarse un toque de queda siempre surgen varias dudas cómo a qué zonas afecta o qué pasa si uno trabaja de noche o tiene que ir al médico durante las horas retringidas.
En su resolución, la sección tercera de la sala contenciosa del TSJC autoriza a la Generalitat a aplicar durante los próximos 14 días un toque de queda entre la una y las seis de la madrugada en poblaciones de más de 10.000 habitantes y con una incidencia acumulada de más de 250 casos por cada 100.000 habitantes, lo que afectará a unas 126 localidades catalanas, entre ellas Barcelona, su área metropolitana y las otras capitales de provincia. En su informe, la Generalitat asegura que Cataluña se encuentra en fase de alerta 4 por la pandemia del coronavirus -sobre un total de 4- con una valoración de riesgo "muy alta", ya que se está en una fase de transmisión comunitaria "no controlada y sostenida" que puede incidir en la capacidad de respuesta del sistema sanitario.
❗ El TSJC avala les noves mesures contra la #COVID19. Aquesta matinada entren en vigor:
— Govern. Generalitat (@govern) December 23, 2021
👨👩👧👦 Limitació trobades a 10 persones
🕺 Tancament oci nocturn
🌙 Toc de queda d'1h a 6h
🍽️ Aforament del 50% a la restauració i del 70% a comerços, esport i culturahttps://t.co/1J2RLDgkfI
Estas son las excepciones
Aunque esta nueva medida afecta al 82% de la población de la Comunidad, existen excepciones que permiten a algunos moverse durante las horas en las que están sujetos al toque de queda con tal de que estén acreditados como es debido. En el caso de Cataluña las de las excepciones son:
- Asistencia sanitaria de urgencia, asistencia veterinaria de urgencia y necesidad urgente de ir a la farmacia, siempre que sea la más próxima al domicilio.
- Ida o vuelta del centro de trabajo y otros desplazamientos necesarios por motivos laborales.
- También se incluyen los desplazamientos de personas profesionales o voluntarias debidamente acreditadas para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales.
- Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables (se incluyen los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad que requieran actividad en el exterior para su bienestar emocional o de salud, cuando esté debidamente justificado por profesionales sanitarios o sociales con el certificado correspondiente. También se incluyen los desplazamientos necesarios para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores separados, divorciados o con residencia en lugares diferentes).
- Actuaciones urgentes ante órganos judiciales.
- Cuidado de mascotas y animales de compañía durante el tiempo imprescindible y siempre de forma individual en la franja horaria comprendida entre las 04.00 y las 06.00 horas.
- Causa de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada.
- Retorno al lugar de residencia habitual tras haber llevado a cabo alguna de las actividades permitidas (restauración, cultura, deporte, etc.) de conformidad con la Resolución.
Certificado autoresponsable
Cualquier otra actividad de naturaleza análoga también puede agregarse a esta lista. No obstante, como se ha mencionado anteriormente para poder 'saltarse' el toque de queda habrá que aportar la acreditación pertinente como puede ser una autorización de parte de un empleador en caso de obligaciones laborales o documentación de un empadronamiento para regresar al lugar de residencia común. Además, tal y como se ha hecho en anteriores toques de queda establecidos por la pandemia, la Generalitat de Cataluña ha puesto a disposición de los ciudadanos un documento que deben rellenar marcando alguno de los motivos explicados.
Se denomina el Certificado auto-responsable de desplazamiento por la crisis sanitaria causada por la covid y aparte de marcar la casilla del motivo también habrá que rellenarlo con datos personales como el nombre o DNI y la dirección de origen y la de destino.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado la petición del Govern para aplicar un nuevo toque de queda, reducir al 50 o 70% los aforos en varios sectores y limitar los encuentros sociales a un máximo de 10 personas ante la subida frenética de casos covid en la región. Al implantarse un toque de queda siempre surgen varias dudas cómo a qué zonas afecta o qué pasa si uno trabaja de noche o tiene que ir al médico durante las horas retringidas.