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Un juez tumba la campaña de boicot a empresas españolas de la ANC
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CIERRA LA WEB DE ‘CONSUM ESTRATÈGIC

Un juez tumba la campaña de boicot a empresas españolas de la ANC

La gran patronal catalana, Fomento del Trabajo, había interpuesto una denuncia contra la entidad separatista por los supuestos delitos de competencia desleal y alteración de la libre competencia

Foto: La presidenta de la ANC, Elisenda Paluzie (c), a su llegada a la Ciudad de la Justicia (EFE)
La presidenta de la ANC, Elisenda Paluzie (c), a su llegada a la Ciudad de la Justicia (EFE)

La Asamblea Nacional Catalana (ANC) deberá anular su campaña de ‘consumo estratégico’ por orden judicial. Así lo dictamina el juzgado mercantil número 11 de Barcelona, en una sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial.

La gran patronal catalana, Fomento del Trabajo, había interpuesto una denuncia contra la entidad separatista por los supuestos delitos de competencia desleal y alteración de la libre competencia, al “boicotear a determinadas empresas no afectas a la ideología de la citada asociación”. Basándose en sentencias anteriores y en fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el juez acusa a la entidad soberanista de realizar una ‘campaña del miedo’ solapada y de incitar al consumidor catalán a guiarse “con criterios irracionales desde una perspectiva económica”.

Foto: Concentración organizada por ANC en Barcelona. (EFE)

La campaña de ‘consumo estratégico’ nació en noviembre del año pasado como un boicot del independentismo a las empresas españolas y, especialmente, a las que habían trasladado su sede social fuera de Cataluña. El ‘castigo’ fue alentado por amplios círculos de la política, la sociedad e incluso la Administración autonómica.

Más tarde, cuando comenzó a ser puesta en duda la naturaleza del boicot y su tufo supremacista, la ANC, con el apoyo de la Cámara de Comercio de Barcelona (ya en manos del independentismo) comenzaron a desarrollar una amplia campaña sobre ‘consumo estratégico’, sumándose así al camuflado boicot que ya había emprendido la ANC y otras plataformas. El camuflaje, sin embargo, le sirvió de muy poco, ya que la justicia ha puesto las cosas en su sitio.

Foto: la-anc-abre-una-tienda-para-hacer-caja-con-la-venta-de-productos-independentistas

Por ello, el juez ordena el cierre de la web ‘Consum Estratègic’ y ordena a la ANC “que cese en la realización de cualquier actuación, por cualquier medio, con trascendencia pública que suponga la difusión de la campaña ‘Consum Estratègic’ objeto de este procedimiento y que se abstenga de realizarlas en el futuro”. Además, pide a Fomento una caución en el plazo de 10 días por importe de 50.000 euros “con el apercibimiento de que, en caso contrario, se dejará sin efecto la medida”.

En los fundamentos de derecho, el fallo judicial relata que en el noviembre de 2018 se inicio la campaña denominada ‘consum estratègic’ cuyo objetivo era “dar efectividad real a la proclamación de la República Catalana, en este caso en el ámbito económico, mediante el apoderamiento de la gente en la toma de decisiones de consumo cotidiano”. Añade que la intención era potenciar “estructuras económicas que, por medio del comercio, potencien un tejido productivo catalán, próspero por sí mismo, y alejado de la toma de decisión con marcado carácter político”. El entrecomillado es de la propia ANC.

Listados de los buenos catalanes

Para ello, la entidad soberanista materializó un listado de ‘empresas proveedoras de servicios’, que eran las que apoyan la secesión de Cataluña, mientras que pedía a los ciudadanos catalanes que se apunten en otro registro de ‘consumidores estratégicos’. A nadie se le escapa que estos listados, lejos de ser ‘sociales’ son, eminentemente, políticos.

En junio de este año, la ANC puso en marcha la segunda parte de esa campaña, dando a conocer el registro de consumidores y el registro de servicios. Fomento denunció que esa iniciativa era una competencia desleal y “un doble boicot, dado que el requerimiento se dirige tanto a los consumidores como a las empresas y que el mismo no se encuentra justificado por la libertad de opinión”.

Foto: Cartel de la campaña en Roma. (EC)

Señala también la sentencia que Fomento alega que la ANC infringe la ley “cuando, a través de la página web de al ANC, de ruedas de prensa, de ferias, charlas y de las redes sociales hace un llamamiento al boicot doble a consumidores y a otras empresas”. La ANC sostiene, en cambio, que el el receptor el que decide en última instancia si acepta o no comprar a determinadas empresas y boicotear a otras, pero que eso entra dentro de “la libre decisión” y que la conducta de la Asamblea “está amparada por la libertad de opinión”. Además, afirma que “no estamos ante un boicot negativo, sino ante un ‘buycott’ positivo, es decir, ante un consumo estratégico y ético”. El juez, sin embargo, rechaza estos eufemismos.

El magistrado, además, recuerda otros casos europeos y saca a la palestra una baza a la que siempre recurren los independentistas: la jurisprudencia sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que considera que campañas como éstas no pueden existir en una sociedad democrática y dictó sentencias contra sus promotores por “incitar a la comisión de actos discriminatorios y, por consiguiente, punibles”.

Por ello, la sentencia indica que se han de proteger “los derechos de los operadores económicos que han participado en la denominada ‘campaña del miedo’”. Y subraya que con la inclusión en el listado de proveedores estratégicos, “en las circunstancias actuales, puede condicionar las preferencias en el consumo de los destinatarios de aquella información, dado que la demandada persigue que en este contexto político, el consumidor se guíe con criterios irracionales desde una perspectiva económica”. Por ello, por considerar que los perjuicios para las empresas señaladas en la campaña son “de enorme gravedad”, permite el cierre de la web de la campaña, a pesar de que la ANC había argumentado que había “una situación de hecho consentida durante largo tiempo”. Pero se da la circunstancia de que la web del boicot fue abierta en junio de 2019, por lo que la alegación se cae por su propio peso.

La Asamblea Nacional Catalana (ANC) deberá anular su campaña de ‘consumo estratégico’ por orden judicial. Así lo dictamina el juzgado mercantil número 11 de Barcelona, en una sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial.