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Primer informe jurídico que ERC enviará a Bruselas: Rajoy no puede aplicar el 155
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Primer informe jurídico que ERC enviará a Bruselas: Rajoy no puede aplicar el 155

Habrá más, pero los independentistas ya tienen elaborado el primer documento para enviar a los tribunales europeos: ha sido elaborado por el abogado que tumbó el canon digital

Foto: El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, junto al vicepresidente, Oriol Junqueras (i), durante la reunión semanal del Govern. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, junto al vicepresidente, Oriol Junqueras (i), durante la reunión semanal del Govern. (EFE)

Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) ya tiene el primer dictamen sobre las actuaciones del Gobierno español en relación con el referéndum del 1 de octubre. Este dictamen es el primero de cuatro que serán llevados a los tribunales europeos para denunciar la actitud del Estado español y entablar una batalla jurídica en las instituciones de la UE. El dictamen fue elaborado durante el mes de agosto por una quincena de juristas encabezados por Josep Jover, un prestigioso abogado que ya ganó en los organismos comunitarios la batalla contra el canon digital, entre otros pleitos.

Este primer dictamen resalta que España ha cedido la mayor parte de su soberanía a la Unión Europea y, por ello, no puede tomar determinadas medidas. “En este momento, más del 85% de nuestra vida se regula y se legisla desde la UE. Eso quiere decir que el 85% de aquello que consideramos normal en nuestras vidas, con sus derechos y deberes, ya no depende del Estado español, pues ya no es soberano en esa parte. Ha ido entregando soberanía y recibiendo competencias, a lo más, para poder ejecutar las normas dictadas desde la Unión”, dice uno de sus párrafos.

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Subraya también una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) de 26 de febrero de 2013, que sienta jurisprudencia y que dice que “en virtud del principio de primacía del derecho de la Unión, que es una característica esencial del ordenamiento jurídico de la Unión, la invocación por un Estado miembro de las disposiciones del derecho nacional, aun si son de rango constitucional, no puede afectar a la eficacia del derecho de la Unión en el territorio de ese Estado”. Y añade: “Es decir, en aquello que se ha cedido la soberanía a la UE [eufemísticamente, competencias], prevalece la visión y las normas de la Unión sobre el Estado en cuestión, ni que sea su TC”.

Basándose en la característica del ‘efecto directo’ (las normas de la UE son creadoras de derechos exigibles a los poderes públicos de la UE y nacionales, sin necesidad de medidas para su implementación y aplicación) y la ‘primacía’ (en caso de controversia entre una norma comunitaria y una norma estatal, anterior o posterior, debe aplicarse preferentemente aquella, con independencia de su rango), el dictamen concluye que el Estado español “se ha vaciado de contenidos y estos contenidos están principalmente en manos de la UE”.

El dictamen explicita que “tanto en la legislación como en las sentencias analizadas, no se han encontrado normas que permitan excepcionalmente revertir las competencias o soberanía cedidas. Incluso las declaraciones de emergencia nacional, estado de excepción o de sitio, quedan, pues, también afectadas por la norma europea, incluyendo la parte que correspondería al tan llevado artículo 155 de la Constitución”.

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Así las cosas, explica Josep Jover a El Confidencial, es de difícil aplicación el artículo 155 de la Constitución, que implicaría el control efectivo del Gobierno central sobre la autonomía. O, dicho de otro modo, la intervención de la Generalitat. ¿Por qué? “Porque se trata de competencias. Si algunas de las competencias sobre las que se toma el control han sido cedidas a la UE o ha legislado sobre ellas la UE, España no puede tomar una decisión sobre ellas y deja el campo libre para que Cataluña pueda apelar directamente a Europa, que es quien tiene, en última instancia, la competencia”. Este principio implicaría que el Gobierno catalán, agarrándose a las directivas de la UE, puede llevar una batalla jurídica al TJUE e internacionalizar un conflicto que, de otra manera, no traspasaría los Pirineos. Se trata, en definitiva, de “la primacía del derecho comunitario, que limita la actuación del Gobierno central”.

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El jurista pone ejemplos para reforzar su teoría: “En materia de protección de datos, la UE ha legislado y todos los estados han de modificar sus leyes y adaptarse a lo que dicten desde Bruselas. Y en el tema de la ciberseguridad, por ejemplo, se publicó una directiva el 19 de julio de 2016, que entró en vigor el 2 de agosto del año pasado. Pues bien, el Estado español ha de adaptar su normativa a esta directiva. Y ahora la ley de ciberseguridad de Cataluña ha de adaptarse también. En esos terrenos, el Estado español ha cedido su soberanía. De ahí que en cualquier pleito se acuda a la normativa europea, de obligado cumplimiento. En el caso del conflicto en Cataluña, pasa lo mismo: acudiremos a la Justicia europea en los conceptos y casos en que se haya legislado desde Bruselas”.

Jover subraya que hizo el dictamen “con expertos de toda España, para que no se pueda decir que está realizado por juristas politizados. Se trata de un trabajo puramente técnico". Y recalca: “La conclusión a la que hemos llegado es que no se puede aplicar el artículo 155 porque el Estado español ya no tiene todas las competencias y eso abre la puerta a acudir al TJUE”.

Para el abogado, la cohesión territorial —que la UE santifica— “ya es una competencia compartida con la UE. En el Libro Verde de la UE, se explica la cuestión territorial. Es cierto que en él no se prevé la secesión, pero, en el mundo del derecho, lo que no está expresamente prohibido está permitido”.

Qué puede hacer España

El jurista destaca dos ideas fundamentales que se desprenden del informe: “La primera es que la soberanía es compartida con Europa. Además, el artículo 93 del Tratado dispone que la tutela judicial es de la UE. La segunda idea es que con la independencia de Cataluña se produciría un pequeño Brexit. Europa deberá retornar a Cataluña la soberanía cedida, por ejemplo en materia de territorio, de fronteras, de defensa, de consumo, de plataforma marina… Alguien ha de pagar el gasto. Y el que se queda fuera no lo va a pagar”.

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Pero la pregunta del millón es qué puede hacer, entonces, el Gobierno de España, si no puede aplicar el 155. “Se han abierto procedimientos penales y se ha imputado a personas, lo que podría llevar a una vulneración del artículo 11 de la Carta de Derechos de la UE, que prohíbe la persecución por motivos políticos. Pero sí podrían haber iniciado procedimientos administrativos y no penales, lo que hubiese sido más realista”, explica Jover.

A este respecto, no hay que olvidar que la convocatoria de consultas y referéndums ya no consta como delito en el Código Penal. Pero los procedimientos penales incoados tienen otra base que puede ser determinante: se acusa a altos cargos y a políticos de desobediencia a los tribunales, prevaricación y, en algunos casos, malversación de caudales públicos, delitos que sí están contemplados. Y en esos delitos raramente la UE meterá baza.

Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) ya tiene el primer dictamen sobre las actuaciones del Gobierno español en relación con el referéndum del 1 de octubre. Este dictamen es el primero de cuatro que serán llevados a los tribunales europeos para denunciar la actitud del Estado español y entablar una batalla jurídica en las instituciones de la UE. El dictamen fue elaborado durante el mes de agosto por una quincena de juristas encabezados por Josep Jover, un prestigioso abogado que ya ganó en los organismos comunitarios la batalla contra el canon digital, entre otros pleitos.

Esquerra Republicana de Catalunya (ERC)
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