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Una sentencia del TC complica la batalla del PP contra la amnistía a través del Senado
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Conflicto de atribuciones

Una sentencia del TC complica la batalla del PP contra la amnistía a través del Senado

El camino de los populares es complicado y, además, una sentencia correspondiente a uno de los pocos antecedentes existentes sobre esta figura ha venido a complicarlo aún más

Foto: El presidente del Senado, Pedro Rollán, durante una sesión de control al Gobierno. (Europa Press/Ricardo Rubio)
El presidente del Senado, Pedro Rollán, durante una sesión de control al Gobierno. (Europa Press/Ricardo Rubio)
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El conflicto de atribuciones entre el Senado y el Congreso abierto por la Cámara alta a raíz de la aprobación de la ley de amnistía por parte de la Cámara baja está llamado a resolverse en el Tribunal Constitucional. El camino para el PP es complicado y, además, una sentencia correspondiente a uno de los pocos antecedentes existentes sobre esta figura ha venido a complicarlo aún más. La resolución descartó en el año 2000 la postura de la cámara frente a la del Gobierno. También por entonces el enfrentamiento estuvo en la discrepancia sobre una norma entre el PSOE y el PP. Otra de las coincidencias es que el Senado alegó, como hace ahora, que se estaba ante una modificación encubierta de la Constitución.

La sentencia 234/2000, de 3 de octubre de 2000 respondió al conflicto de atribuciones presentado por el Ejecutivo socialista de 1995 frente a la cámara que dirigía por entonces Federico Trillo a no admitir a trámite la declaración de urgencia del Gobierno relativa a la tramitación del Proyecto de Ley Orgánica sobre regulación de la interrupción voluntaria del embarazo. Más allá de concluir que el Senado no podía ignorar la tramitación urgente impuesta por Moncloa, en manos en aquellos años de Felipe González, este fallo del TC de hace 24 años contiene otras claves.

El fallo se centra en la doctrina que ya se sentó desde 1986, en relación con el objeto propio de este tipo de proceso constitucional. Define el conflicto como un proceso particular y especial que, como sucede en el caso del Congreso y el Senado, se entabla solo entre los órganos constitucionales cuando uno de ellos adopta una decisión que choca contra el otro.

La pega en estos precedentes para las tesis del PP está en la legitimación de quien lo plantea. Tiene que existir "una conexión específica" entre la invasión de competencias que se alega y que estas sean propias y exclusivas del recurrente. "El órgano que plantea el conflicto debe asegurar y defender ser titular de la atribución constitucional controvertida", dice esta sentencia. Siguiendo esta tesis, el recurso tendrá que lograr argumentar que tiene la competencia frente al Congreso, en un caso en el que ambas cámaras cuentan con competencias similares. El PP es pesimista con su recorrido a consecuencia de la actual composición del tribunal, de mayoría progresista.

La respuesta del Congreso

Precisamente el Congreso ha basado su respuesta en esta resolución y en otras que han ido hilando la jurisprudencia al respecto. Los letrados han elaborado un informe, que servirá a la cámara para rechazar el conflicto planteado por el Senado apoyándose en la mayoría de la investidura. Este dictamen argumenta que con sus conclusiones, la cámara alta está subvirtiendo las competencias legítimamente ejercidas por el Congreso. "Supondría un artificio para evitar cumplir su obligación constitucional y suplantar al Congreso", indica.

Foto: Esteladas en el aniversario del 1-O (EFE / Quique García)

Los servicios jurídicos recalcan que las votaciones que se producen en la Cámara en el marco del procedimiento legislativo "no son objeto idóneo" de un conflicto de atribuciones, y que si el Senado entiende que la usurpación de sus competencias se produjo cuando la Mesa del Congreso admitió a trámite en noviembre la controvertida proposición de ley del PSOE, debió haber presentado entonces ese conflicto, pero ahora ya está "fuera de plazo" porque se han superado "sobradamente" los 30 días que establece la Constitución para recurrir.

El Senado basa el conflicto en el hecho de que la aprobación de la ley de amnistía supone impulsar "una reforma constitucional encubierta". Asegura que las dudas de inconstitucionalidad provocan que la norma "debiera ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional". Aseguran que se encuentran en este momento ante "la obligación formal de tramitar una iniciativa que se ha autocalificado como ley orgánica, cuando en realidad se está tratando de una reforma constitucional o de una ley inconstitucional", lo cual supone "una invasión del poder constituyente radicado en esta cámara, por parte del Congreso, y, al mismo tiempo, el desconocimiento de los derechos de representación política de sus senadores y de toda la ciudadanía".

Foto: El presidente del Senado, Pedro Rollán, durante una sesión en la Cámara. (Europa Press/Alberto Ortega)

En la sentencia citada se hace una ponderación equitativa de la autonomía parlamentaria de cada cámara a la hora de disponer los trámites del procedimiento legislativo. Concluyó, en ese caso, que la declaración de urgencia -equiparable al caso actual en cuanto al hecho de que así se tramitó la ley en el Congreso- no privó al Senado "del ejercicio de su función legislativa". "No restringe, ni en modo alguno podía hacerlo, el derecho de la cámara y de sus miembros a tramitar los proyectos de ley en el plazo constitucionalmente establecido, ni, (...) tiene por qué traducirse en merma alguna de los principios constitucionales que han de informar el procedimiento legislativo en cuanto procedimiento de formación de la voluntad del órgano", agregaba.

Fuentes jurídicas consultadas aseguran que estos precedentes tendrán peso a la hora de pronunciarse sobre el conflicto una vez que el asunto se presente formalmente. Aseguran que la decisión final tardará unos meses, pero en ningún caso años como en el caso citado. La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no prevé la suspensión en el procedimiento de conflictos entre órganos constitucionales del Estado.

El conflicto de atribuciones entre el Senado y el Congreso abierto por la Cámara alta a raíz de la aprobación de la ley de amnistía por parte de la Cámara baja está llamado a resolverse en el Tribunal Constitucional. El camino para el PP es complicado y, además, una sentencia correspondiente a uno de los pocos antecedentes existentes sobre esta figura ha venido a complicarlo aún más. La resolución descartó en el año 2000 la postura de la cámara frente a la del Gobierno. También por entonces el enfrentamiento estuvo en la discrepancia sobre una norma entre el PSOE y el PP. Otra de las coincidencias es que el Senado alegó, como hace ahora, que se estaba ante una modificación encubierta de la Constitución.

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