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Los jueces avisan: la reforma de Sánchez amenaza con dar impunidad absoluta al 'procés'
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Supresión de la sedición

Los jueces avisan: la reforma de Sánchez amenaza con dar impunidad absoluta al 'procés'

Sin un delito principal con el que vincular la malversación, esta también decae, avisan fuentes jurídicas, por lo que el Gobierno abre la puerta a que Junqueras pueda presentarse

Foto: Oriol Junqueras. (EFE/J. J. Guillén)
Oriol Junqueras. (EFE/J. J. Guillén)
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La derogación por parte del Gobierno del delito de sedición y su sustitución por un delito de desórdenes públicos agravados amenaza con provocar la completa despenalización de las conductas llevadas a cabo por los líderes del procés. Esta es la conclusión a la que llegan distintas fuentes jurídicas y fiscales consultadas tras un primer análisis de la proposición de ley registrada en la mañana de este viernes por el Gobierno, que afecta de lleno a las condenas impuestas en su día a Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes que participaron en la organización del referéndum del 1-O y que aún acechan al huido Carles Puigdemont.

Según los magistrados consultados, la desaparición de la sedición provocará la anulación del tipo penal en el que se basaron las condenas, mientras que, de forma paralela, el nuevo delito creado no encaja en los hechos cometidos por los penados. Las condenas se impusieron por un alzamiento "público y tumultuario" destinado a impedir por la fuerza y fuera de las vías legales la aplicación de la Constitución. Con este supuesto anulado, no es posible —dicen— encajar la conducta probada en los desórdenes diseñados por el Gobierno. Sin ese delito principal, la malversación también decaería, ya que no se podría considerar punible un uso de fondos para hechos que ya no son ilícitos. "El resultado será la impunidad completa", aseguran.

La sentencia del procés por la que se establecieron penas de hasta 13 años de prisión se basó por completo en la sedición. Aseguraba que los condenados movilizaron a la ciudadanía "en un alzamiento público y tumultuario" que, además, impidió la aplicación de las leyes y obstaculizó el cumplimiento de las decisiones judiciales. Consideró también probada la violencia que se dio en septiembre y octubre de 2017 como forma de generar un escenario que hiciera más viable una ulterior negociación.

Foto: Estas son las claves de la reforma del delito de sedición. (EFE)

En la nueva redacción del Código Penal ya no habrá alusión alguna a este alzamiento tumultuario al que aludía la sentencia. El texto de la proposición de ley suprime por completo el Capítulo I del Título XXII donde venía definido e incluye una modificación del artículo 557, el de desórdenes públicos, para indicar que los que "atenten contra la paz pública", obstaculizando las vías o invadiendo instalaciones serán castigados con penas de tres a cinco años. Este nuevo tipo solo encajaría en parte con lo sucedido durante el procés, en lo que afecta a la movilización popular en lugares como la Consellería o los propios enfrentamientos del 1-O. Deja, sin embargo, fuera cuestiones tan esenciales como el diseño de las leyes de desconexión y no menciona la base de construcción de toda la argumentación: el intento de romper con la Carta Magna.

El futuro político de los líderes del 'procés'

Sin un delito principal con el que vincular la malversación, el uso irregular de fondos públicos también decae, avisan. Las condenas principales, como la de Junqueras, se impusieron en concurso medial con una malversación agravada. El concurso medial se da cuando la comisión de una infracción penal es necesaria para cometer otra. Los dos delitos se alimentan y con uno de ellos eliminado, el otro no puede mantenerse.

Foto: Alberto Núñez Feijóo y Santiago Abascal. (EFE/Rodrigo Jiménez)

El Supremo tendrá que llevar a cabo de oficio una revisión de las penas una vez entre en vigor la proposición de ley que hoy comienza su andadura. Será en ese momento cuando tendrá que decidir si esta tesis es correcta y es por ello inviable mantener las condenas. En el caso de que se confirmara la interpretación, la reforma del Ejecutivo implicaría la inmediata rehabilitación política de Junqueras y el regreso sin condena a España de Carles Puigdemont. Los juristas consultados también advierten de que la medida no solo tendrá efectos sobre el pasado, sino también en el futuro. Hechos similares a los que se dieron en 2017 no podrán ser castigados penalmente, dicen.

El Ejecutivo ha acelerado la puesta en marcha de la medida. En julio, se comprometió por escrito con la delegación de la Generalitat a que los cambios legislativos en materia de "desjudicialización" del conflicto catalán debería materializarse "antes de finalizar el próximo periodo de sesiones". Unos plazos que coinciden con la aprobación de los presupuestos de 2023, para los que el Ejecutivo necesita el apoyo de ERC y llevar así la legislatura a término con estabilidad.

La derogación por parte del Gobierno del delito de sedición y su sustitución por un delito de desórdenes públicos agravados amenaza con provocar la completa despenalización de las conductas llevadas a cabo por los líderes del procés. Esta es la conclusión a la que llegan distintas fuentes jurídicas y fiscales consultadas tras un primer análisis de la proposición de ley registrada en la mañana de este viernes por el Gobierno, que afecta de lleno a las condenas impuestas en su día a Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes que participaron en la organización del referéndum del 1-O y que aún acechan al huido Carles Puigdemont.

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