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El juez detecta maniobras de Iberdrola contra el testigo clave del caso y pide protegerlo
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El espionaje de Villarejo

El juez detecta maniobras de Iberdrola contra el testigo clave del caso y pide protegerlo

Se refiere a las tácticas empleadas por la compañía para neutralizar las pruebas aportadas por el exdirectivo José Antonio del Olmo y desacreditar su versión

Foto: El presidente de Iberdrola, en su última declaración como imputado. (EFE/Zipi)
El presidente de Iberdrola, en su última declaración como imputado. (EFE/Zipi)
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El último de los autos del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón respecto a la pieza del caso Villarejo sobre el espionaje desde Iberdrola esconde varias claves a lo largo de sus 17 páginas que no gustarán a la eléctrica. Gran parte de su contenido se refiere a las tácticas empleadas por la compañía para neutralizar las pruebas aportadas por el exdirectivo José Antonio del Olmo y desacreditar su versión de lo sucedido durante la década en la que la empresa de Ignacio Sánchez Galán recurrió a los servicios del comisario para espiar a sus adversarios. El escrito va más allá incluso y propone a la Fiscalía adoptar medidas para proteger al denunciante de las represalias que viene sufriendo.

El auto menciona uno de los principales indicios documentales del caso, que tanto Iberdrola como Galán han tratado de anular sin conseguirlo de momento: el informe elaborado por Del Olmo en diciembre de 2004 donde reflejaba presuntas irregularidades y dejaba constancia de varias facturas, algunas emitidas por Cenyt, la empresa de Villarejo. Iberdrola se querelló en 2020 contra su antiguo directivo asegurando que se trataba de un dosier falso y atribuyéndole, por tanto, un delito de falsedad documental. Posteriormente, acusó a su antiguo empleado de revelación de secretos. Una acusación invalida la otra, señala el escrito del magistrado.

En ese documento, el denunciante indicaba que el investigado Antonio Asenjo Martín le comentó que tenía un trabajo del que solo tenía conocimiento Ignacio Sánchez Galán, ya presidente de la compañía, haciéndole entrega de las dos facturas citadas, emitidas por Cenyt en septiembre de 2015 y septiembre de 2016. Informes posteriores de la unidad de cumplimiento de Iberdrola reconocen que se tramitaron como facturas sin pedido pese a que no lo permitían los protocolos internos del grupo.

Foto: Foto: Reuters/Susana Vera.

En el auto, el instructor confiere plena validez al informe e indica que "resulta necesario para la investigación". "Este magistrado considera que resulta necesario para el esclarecimiento de los hechos objeto de la presente pieza, y podrá ser sometido a contradicción en esta fase de procesal, a través de las diligencias que se consideren oportunas para acreditar los extremos a los que se refiere, y en su caso, si se llega a juicio oral, deberá ser objeto de prueba en el plenario, usando las fuentes de prueba que se estimen oportunas por las acusaciones".

En otro de los párrafos del auto, se refiere a las incongruencias de la empresa. Dice que no puede dejar pasar por alto que, al referirse al delito de descubrimiento y revelación de secretos, "la compañía reconoce la realidad de los documentos en poder de Del Olmo de los que se apoderó para su ulterior revelación". "Mal casa la pretensión de la compañía de sostener la falsedad de una documentación con la posición procesal de su presidente, quien pretende introducir en la causa las alegaciones efectuadas por Del Olmo en otro procedimiento en el que se reconoce la realidad de la documentación que este guardaba en su poder y que la empresa que dirige entiende que son falsos", indica.

Protección

Respecto a la protección del denunciante, que se enfrenta a una batería de acciones legales en su contra, el juez menciona la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho de la Unión. En ella se destaca la importancia de la protección de los denunciantes para prevenir y disuadir de la comisión de infracciones y se indica de forma expresa que "las personas necesitan protección jurídica específica cuando obtienen la información que comunican con motivo de sus actividades laborales y, por tanto, corren el riesgo de represalias laborales, por ejemplo, por incumplir la obligación de confidencialidad o de lealtad". "La razón subyacente para prestarles protección es su posición de vulnerabilidad económica frente a la persona de la que dependen 'de facto' a efectos laborales", dice, haciendo referencia a un "desequilibrio de poder".

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La norma dictada por la UE y que deben aplicar todos los Estados miembros agrega también que las personas que revelen directa y públicamente infracciones deben poder acogerse a protección en los casos en que tengan motivos razonables para pensar que "existe un peligro inminente o manifiesto para el interés público o un riesgo de daños irreversibles, incluido un peligro para la integridad física de una persona".

El auto mencionado prorroga la investigación durante seis meses y ordena toda una batería de diligencias, entre ellas la toma de declaración de numerosos testigos y de nuevos imputados. Iberdrola SA, que hasta ahora era parte del procedimiento como querellante —no por los hechos presuntamente delictivos sino por las acciones que atribuye a Del Olmo—, deja de serlo y se arriesga a una imputación por la falta de control de los contratos irregulares suscritos.

El último de los autos del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón respecto a la pieza del caso Villarejo sobre el espionaje desde Iberdrola esconde varias claves a lo largo de sus 17 páginas que no gustarán a la eléctrica. Gran parte de su contenido se refiere a las tácticas empleadas por la compañía para neutralizar las pruebas aportadas por el exdirectivo José Antonio del Olmo y desacreditar su versión de lo sucedido durante la década en la que la empresa de Ignacio Sánchez Galán recurrió a los servicios del comisario para espiar a sus adversarios. El escrito va más allá incluso y propone a la Fiscalía adoptar medidas para proteger al denunciante de las represalias que viene sufriendo.

Audiencia Nacional Comisario Villarejo Ignacio Sánchez Galán
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