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Sorpresa y dudas en el TS ante el recurso exprés para afrontar el fin de la alarma
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Sorpresa y dudas en el TS ante el recurso exprés para afrontar el fin de la alarma

El Supremo advierte de que las diferencias entre las CCAA dificultan la unificación de criterio y dice que su intervención no evitará de forma automática la falta de aval a las restricciones

Foto: Carmen Calvo, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. (EFE)
Carmen Calvo, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. (EFE)

El Gobierno vuelve a mirar a los jueces para gestionar las restricciones ante el fin del estado de alarma. Y los jueces empiezan a cansarse. El Ejecutivo ya recurrió a ellos después de que finalizara el primero, dejando la autorización de las medidas limitativas de derechos fundamentales, de la que hasta entonces se ocupaban los juzgados de contencioso en manos de los tribunales superiores de Justicia. Ahora lo ha hecho otra vez pasando la pelota al Tribunal Supremo. La aprobación del decreto ley por el que crea un nuevo recurso de casación ante el TS, que deberá resolverse en cinco días, provocó sorpresa y dudas en el alto tribunal, en el que muchos cuestionan la eficacia de la medida, ideada para que aquellas comunidades que no obtengan el aval de sus TSJ dispongan de una última carta a la que apostar.

Será sin embargo una apuesta y no una certeza, advierten fuentes del Supremo. A falta de conocer el contenido exacto del decreto, la Sala de lo Contencioso se agarra a la esperanza de que el avance de la vacunación mejore la situación y consiga que restricciones como el cierre de localidades o los toques de queda sean, cada vez, menos necesarias. Magistrados consultados cuestionan la eficacia de esta iniciativa del Gobierno que pretende una unificación de doctrina que, advierten, no podrá llevarse a cabo en muchas ocasiones. Cada una de las comunidades cuenta con legislación propia no equiparable a la del resto y el covid atacará de forma desigual como lo ha hecho hasta el momento, provocando escenarios distintos muy difíciles de equiparar.

Avisan, además, de que la idea de convertirse en un semáforo rojo que enmiende de forma casi automática las decisiones de los tribunales superiores de Justicia contrarias a los deseos de las administraciones autonómicas es irreal. Primero, porque no da tiempo. Pese al plazo de cinco días que quiere introducir el Ejecutivo, si un TSJ no avala, pongamos como ejemplo, la prohibición de entrar o salir de una ciudad, es más que probable que se proceda a la ejecución provisional de la decisión hasta que falle el TS. En una situación de emergencia, cinco días son mucho tiempo. Segundo, porque las decisiones que revisará el alto tribunal proceden de la más alta instancia judicial autonómica y son adoptadas por salas compuestas por varios jueces. Son siempre resoluciones bien armadas y reposadas, difíciles de impugnar cuando se contraponen derechos como el de reunión o libertad de circulación y el de salud.

Otra dificultad añadida es la propia gestión del recurso. La Sala Tercera del Supremo lleva un año trabajando a un ritmo elevadísimo y los cortos plazos sorprenden. Los recursos de casación se tramitan de forma habitual en un plazo de 30 días. Primero se decide la admisión por parte de una sala destinada específicamente a ello y luego se da audiencia a las partes afectadas para que cada una exponga sus motivos para defender una opción y la contraria. Ni siquiera las piezas de medidas cautelares se resuelven en un plazo tan corto y se prolongan hasta 10 días. Solo las cautelarísimas son más rápidas, ya que en ellas hay decisión en 48 horas, sin oír a los interesados y, eso sí, sin entrar en el fondo.

Foto: Control de policía en Lleida el pasado verano. (Reuters)

A pesar de todo, en el Supremo no ven con malos ojos una actuación reposada de unificación de criterio. No será la tirita que se pretende, pero sí una escayola para una curación más lenta. El recurso ideado servirá a medio plazo para unificar sobre cuestiones jurídicas que se refieren a cuestiones jurídicas comunes y a los derechos fundamentales.

La judicatura, indignada

La reacción de sorpresa y duda del TS —al que, según ha asegurado la vicepresidenta Calvo, se consultó la jugada, pero en el que nadie se da por consultado— se convierte en indignación entre los jueces de a pie, que hacen una lectura mucho más visceral. En resumen, gran parte de ellos acusa al Ejecutivo de 'borrarse', de quitarse del medio, de delegar y de eludir legislar para que sean otros —los jueces y las comunidades autónomas— quienes asuman el peso de decisiones que serán más impopulares ahora que nunca, cuando se ha diluido la conciencia del riesgo y el agotamiento de los meses de pandemia se encuentra en su punto más álgido.

Critican el uso a conveniencia de la figura del decreto-ley: "No había urgencia cuando han tenido más de un año para legislar y se desvirtúa la figura", indican. Y también critican la "patata al balón". "El Ejecutivo y el legislativo están supliendo esa dejación con un gobierno de los jueces", avisan. Recuerdan una y otra vez que el estado de alarma, que acabará el próximo fin de semana, ha durado seis meses, seis meses que —dicen— se han desaprovechado.

El Gobierno vuelve a mirar a los jueces para gestionar las restricciones ante el fin del estado de alarma. Y los jueces empiezan a cansarse. El Ejecutivo ya recurrió a ellos después de que finalizara el primero, dejando la autorización de las medidas limitativas de derechos fundamentales, de la que hasta entonces se ocupaban los juzgados de contencioso en manos de los tribunales superiores de Justicia. Ahora lo ha hecho otra vez pasando la pelota al Tribunal Supremo. La aprobación del decreto ley por el que crea un nuevo recurso de casación ante el TS, que deberá resolverse en cinco días, provocó sorpresa y dudas en el alto tribunal, en el que muchos cuestionan la eficacia de la medida, ideada para que aquellas comunidades que no obtengan el aval de sus TSJ dispongan de una última carta a la que apostar.

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