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La reforma del delito de enaltecimiento rompería el pacto antiterrorista
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La reforma del delito de enaltecimiento rompería el pacto antiterrorista

Pedro Sánchez impulsó en 2015 un acuerdo con Rajoy para evitar reformas legales unilaterales y establecía penas de prisión para los delitos de enaltecimiento del terrorismo

Foto: El entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (i), y el entonces líder de la oposición, Pedro Sánchez, firman el 'Acuerdo para afianzar la unidad en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo', el 2 de febrero de 2015.
El entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy (i), y el entonces líder de la oposición, Pedro Sánchez, firman el 'Acuerdo para afianzar la unidad en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo', el 2 de febrero de 2015.

La reforma del delito de enaltecimiento del terrorismo que planean Moncloa y Unidas Podemos contravendría y rompería de hecho el “acuerdo para afianzar la unidad en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo”. Es decir, lo que se llama el Pacto Antiterrorista, cuya última versión fue firmada el 2 de febrero de 2015.

El último texto, que en teoría sigue en vigor y que hace referencia a la vigencia de todos los demás, fue impulsado en 2015 por Pedro Sánchez cuando era líder de la oposición y él mismo lo firmó en la Moncloa junto al entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. Posteriormente, se fueron adhiriendo otros partidos y se reúne cuando hay atentados islamistas. Unidas Podemos nunca lo suscribió, pero se buscó una fórmula para que acudiera como observador a las reuniones.

El acuerdo apela reiteradamente al consenso para aprobar normas y decisiones sobre terrorismo. No pide mayoría absoluta, sino unidad y consenso. Se impulsó para hacer referencia, sobre todo, al terrorismo islamista, pero se refería al resto de pactos anteriores para manifestar su vigencia: “En España, el camino de la unidad de los demócratas se ha visto jalonado por importantes acuerdos entre las fuerzas políticas, de los que son histórico testimonio el Pacto de Madrid de 1987, el Pacto de Ajuria Enea de 1988 y el Pacto por las Libertades y contra el Terrorismo de 2000. Un pacto este último que ya entre sus principios recogía expresamente la necesaria adaptación de la respuesta legal a las fórmulas que pueda adquirir la amenaza del terrorismo. Un mandato al que hoy se responde con este nuevo acuerdo”.

Y ese pacto de 2000 al que se remitía señalaba expresamente: "Si nuevas formas delictivas o actitudes y comportamientos que constituyeran objetivamente colaboración o incitación al terrorismo exigiesen reformas legales, nos comprometemos a impulsarlas en el marco del mutuo acuerdo".

Foto: Rajoy y Pedro Sánchez suscriben su primer pacto de Estado. (Reuters)

El último pacto, el de 2015, incluía un conjunto de propuestas de reformas legales que estaban contenidas en una proposición de ley de reforma del Código Penal que se tramitó y aprobó entonces en las Cortes. “El Partido Popular y el Partido Socialista Obrero Español expresamos nuestra firme voluntad de mantener la máxima unidad de los demócratas contra el terrorismo y de asumir y cumplir los compromisos que a continuación se detallan”, asegura el acuerdo. Es decir, el articulado aplicado a casos como el de Pablo Hasél, que ahora el Gobierno pretende evitar, fue incluido por el PSOE en 2015 en su pacto con el PP.

La exposición de motivos pactada entre PP y PSOE hace referencia a la imposición de penas de prisión para delitos de enaltecimiento del terrorismo. Concretamente, señala que, “en los artículos 578 y 579, se castiga el enaltecimiento o justificación públicos del terrorismo, los actos de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas, así como la difusión de mensajes o consignas para incitar a otros a la comisión de delitos de terrorismo. En la tipificación de estas conductas, se tiene en especial consideración el supuesto de que se cometan mediante la difusión de servicios o contenidos accesibles al público a través de medios de comunicación, internet o por medio de servicios de comunicaciones electrónicas o mediante el uso de tecnologías de la información, articulando, además, la posibilidad de que los jueces puedan acordar como medida cautelar la retirada de estos contenidos”.

Foto: Un seguidor del rapero Pablo Hasél, en una manifestación contra su entrada en prisión. (Reuters)

Y el artículo 578 del Código Penal propuesto señala. "El enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a dieciocho meses".

Por último, el artículo 579 propuesto señalaba: “Será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a la prevista para el delito de que se trate el que, por cualquier medio, difunda públicamente mensajes o consignas que tengan como finalidad o que, por su contenido, sean idóneos para incitar a otros a la comisión de alguno de los delitos de este capítulo”.

La proposición de ley que Unidas Podemos registró en el Congreso elimina el delito de enaltecimiento del terrorismo y, por tanto, contradice totalmente aquel acuerdo. La anunciada por el Gobierno con un mensaje a los periodistas el lunes por la noche se limita a explicar que elimina la pena de cárcel para el delito de enaltecimiento del terrorismo, es decir, también supone enmendar aquel acuerdo, aunque en menor medida que la propuesta de Unidas Podemos.

La reforma del delito de enaltecimiento del terrorismo que planean Moncloa y Unidas Podemos contravendría y rompería de hecho el “acuerdo para afianzar la unidad en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo”. Es decir, lo que se llama el Pacto Antiterrorista, cuya última versión fue firmada el 2 de febrero de 2015.

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