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La ley de hace 34 años que olvidó Madrid y permite a la Justicia avalar el cierre de León
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La ley de hace 34 años que olvidó Madrid y permite a la Justicia avalar el cierre de León

"Madrid se apoya en la ley de 2003 y Castilla y León lo hace en la de 2003 y en la de 1986", agumentan desde el TSJCyL para justificar que se ratifique el cierre de tres municipios en la comunidad

Foto: La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. (EFE)
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado este viernes el cierre perimetral de León, Palencia y San Andrés del Rabanedo. La decisión llega menos de 24 horas después de que la Justicia madrileña tumbara la misma medida en la capital, fallo que suscita ahora una pregunta: ¿por qué los jueces se niegan a confinar Madrid pero dan luz verde al cierre de León? La clave se encuentra en el armazón legal sobre el que cada comunidad autónoma apoya las restricciones. Tanto Isabel Díaz Ayuso como Alfonso Fernández Mañueco se basan en la orden del ministerio de Sanidad como principal argumento para pedir el aval judicial, pero a diferencia del ejecutivo madrileño, el de Castilla y León apunta de forma indirecta a una ley de hace 34 años que le permite limitar la movilidad de los ciudadanos.

"El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León decide ratificar la orden de la Junta porque se dicta al amparo de la Ley 16/2003 y también al amparo de la Ley 3/1986, ya que existe un 'Plan de Medidas de Prevención y Control' para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19 en la comunidad de Castilla y León que precisamente se aprobó apoyándose en dicha ley órgánica [la de 1986]", argumentan desde el tribunal. "La diferencia entre la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se explica fijándose en cómo se plantea la orden de la Comunidad de Madrid y la orden de la Junta de Castilla y León: Madrid se apoya en la ley de 2003 y Castilla y León lo hace en la de 2003 y en la de 1986". .

Con este razonamiento como telón de fondo, los magistrados consideran que el cierre de León y los otros dos municipios queda justificado. No se hace referencia directa a la ley de 1986 en la orden, pero se sobreentiende que las restricciones se basan en ella por el mencionado plan de la consejería de Sanidad: "Ha de tenerse en cuenta que, al amparo de esa Ley Orgánica [de 1986], entre otras normas, se aprobó el 'Plan de Medidas de Prevención y Control' para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19 en la Comunidad de Castilla y León [...], en cuyo marco se dictan las sucesivas órdenes de la Consejería de Sanidad", explica el auto. "La específica habilitación normativa para el ejercicio de las competencias requeridas se encuentra en este caso en la Ley Orgánica 3/1986 [...], como ya hemos expuesto en resoluciones anteriores".

La existencia de ese plan previo marca por tanto la diferencia entre las dos resoluciones. Como explicaba este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cierre de la capital se basaba únicamente en la ley de 2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, una norma que en ningún caso "contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamental" y resulta insuficiente para cerrar municipios en la comunidad. La de 1986, por el contrario, sí permite a las comunidades limitar la movilidad, por lo que la clave se encuentra en que el TSJM considera que es necesaria la referencia directa a la mencionada ley, mientras que el TSJCyL da por hecho que el cierre de León se apoya en la misma por la existencia del 'Plan de Medidas de Prevención y Control'.

"Pudiera entenderse que la norma cuya ratificación se interesa, contiene un déficit de motivación en cuanto que se limita a citar la orden comunicada y diversos preceptos de aplicación, mas ha de entenderse que tanto en esta orden de la administración autonómica como en la orden comunicada toda la normativa que se cita encuentra su habilitación en la referida Ley Orgánica 3/1986, a la que se refieren específicamente todas las demás medidas adoptadas en otras disposiciones impugnadas y que han sido objeto de ratificación por esta Sala o por otros órganos jurisdiccionales", explica el auto. "Por un principio de uniformidad y seguridad jurídica, ha de considerarse, asimismo, en el presente supuesto que la reiterada habilitación normativa contenida en aquella ley legitima las medidas adoptadas en la orden".

Más allá de las diferencias entre el armazón legal esgrimido por cada comunidad autónoma, el TSJM también dejó caer este jueves una crítica al papel que ha jugado el Gobierno de Pedro Sánchez en el plano legislativo: "Resulta llamativo que ante el escenario sanitario descrito no se abordara una reforma de nuestro marco normativo más acorde con las confesadas necesidades de combatir eficazmente la pandemia del covid-19 y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país", argumentaba en su auto. Los magistrados madrileños denunciaban así que, desde el fin del estado de alarma, las restricciones solo puedan apoyarse en una combinación de leyes de salud pública, protección civil y seguridad nacional, una fórmula ante la que cualquier patinazo lleva a rechazar las medidas con las que se busca combatir el covid-19.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado este viernes el cierre perimetral de León, Palencia y San Andrés del Rabanedo. La decisión llega menos de 24 horas después de que la Justicia madrileña tumbara la misma medida en la capital, fallo que suscita ahora una pregunta: ¿por qué los jueces se niegan a confinar Madrid pero dan luz verde al cierre de León? La clave se encuentra en el armazón legal sobre el que cada comunidad autónoma apoya las restricciones. Tanto Isabel Díaz Ayuso como Alfonso Fernández Mañueco se basan en la orden del ministerio de Sanidad como principal argumento para pedir el aval judicial, pero a diferencia del ejecutivo madrileño, el de Castilla y León apunta de forma indirecta a una ley de hace 34 años que le permite limitar la movilidad de los ciudadanos.

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