Es noticia
El plan B al estado de alarma: leyes sanitarias y de seguridad con el mando único en peligro
  1. España
ALTERNATIVAS QUE DAN MÁS PODER A LAS CCAA

El plan B al estado de alarma: leyes sanitarias y de seguridad con el mando único en peligro

El Congreso vota este miércoles la cuarta prórroga para alargarlo hasta el 24 de mayo y todo apunta a que saldrá adelante, pero parte de la oposición ya ha empezado a cuestionar su idoneidad

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Congreso el 29 de abril. (EFE)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Congreso el 29 de abril. (EFE)

El estado de alarma tiene los días contados. El Congreso vota este miércoles la cuarta prórroga para alargarlo hasta el 24 de mayo, pero parte de la oposición ya cuestiona su idoneidad ante la desescalada. "No hay plan B. El único plan es el estado de alarma", lanzó Pedro Sánchez este sábado. Su promesa, sin embargo, depende de la Cámara Baja, y los juristas consultados por El Confidencial apuntan a una combinación de leyes de salud pública, protección civil y seguridad nacional como posible plan B. Esa alternativa hace que el mando único de Moncloa y el confinamiento más restrictivo se tambaleen, aspectos que en estos momentos concentran el grueso de las críticas.

A la espera de que el Congreso vote este miércoles, juristas como Ángel Sánchez Navarro, catedrático de Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, subrayan que el estado de alarma no debe reducirse a una elección entre blanco o negro. "Por definición, es una excepción a la vigencia normal del derecho: el estado de alarma es limitado en el tiempo y en la intensidad", explica. "El debate, por tanto, no tiene por qué ser estado de alarma sí o no, sino si se apuesta por estado de alarma de mayor o menor grado. Una de las competencias que tiene el Congreso es limitar esas condiciones... Para eso vota las prórrogas, para que se negocie y se discuta qué intensidad tiene en cada momento".

Foto: Los ministros de Sanidad y Transportes, Salvador Illa y José Luis Ábalos, este 4 de mayo en la Moncloa. (EFE)

Carlos Flores Juberías, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, también incide en la idea de negociar, pero destaca que, dentro de los que ponen en duda el estado de alarma, existen dos corrientes: "Por un lado, la que plantean sobre todo PP y Vox, que es la que afecta a materia de derechos y libertades, y por otro, la que plantean partidos nacionalistas de Cataluña, País Vasco o incluso algunos barones del PP, que ponen el foco en la distribución competencial y en el mando único". Las objeciones se dividen así en dos grupos, lo que no impide que ambos se unan para tumbar la prórroga al estado de alarma. Por el momento, en la tercera prórroga, solo Vox, JxCAT y la CUP votaron en contra, mientras que ERC, EH Bildu y BNG se abstuvieron.

En el caso de que los contrarios al estado de alarma ganen adeptos, Andrés Boix, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia, apunta a una combinación de leyes como plan B. "Para mantener la parte sanitaria de la emergencia, las alternativas más obvias son tres: la primera, la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que permite restringir derechos fundamentales si se cuenta con autorización de un juez. La segunda, la Ley 14/1986 General de Sanidad, que no es orgánica y no permite limitar derechos fundamentales, pero en su artículo 26 dice que las autoridades pueden adoptar 'las medidas preventivas que estimen pertinentes'. Y la última, la Ley 33/2011 General de Salud Pública, que en su artículo 54 establece que las autoridades podrán adoptar de manera extraordinaria 'cuantas medidas sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley".

"Lo propio sería el estado de alarma, pero es que se están tomando medidas que van mucho más allá y se acercan al estado de excepción"

Aunque el estado de alarma otorga mayor libertad al Gobierno, Boix considera que la combinación de estas tres leyes aseguraría la continuidad de la mayoría de restricciones: "En mi opinión, el confinamiento absoluto no se debería mantener con ellas, pero con el artículo 54 de la ley 33/2011, el 26 de la 14/1986 y, sobre todo, los tres y cuatro de la 14/1986, se pueden adoptar muchísimas medidas", argumenta. En cuanto a su aplicación, el catedrático sugiere que no tendría por qué estar en manos del Gobierno y apunta a las comunidades autónomas, situación que en principio también cerraría la puerta a la restricción de movimientos entre provincias: "Se puede conservar una coordinación estatal, con unas directrices, pero dejando su concreción en sede autonómica. Sin estado de alarma, lo que más se tambalea es el mando único".

Con la parte sanitaria ya cubierta, Boix aborda el futuro de las infracciones y multas sin el estado de alarma: "La ley de declaración del estado de alarma, excepción y sitio no permite establecer sanciones específicas, con lo cual hemos estado usando la legalidad ordinaria", explica el catedrático. "El caso es que eso se estaba haciendo ahora con un mando único y eso desaparecería. ¿Hay alguna norma que permita al Estado recuperar esa potestad sin necesidad de un estado de alarma? Sí: la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil, que en el artículo 28 aborda las emergencias de interés nacional y permite a Interior controlar los medios de Protección Civil, y la Ley 36/2015 de Seguridad Nacional, que en el artículo 26 abre la puerta al Gobierno ante un problema de orden público que requiera mando único".

Foto: Gel alcohólico en el escaño de uno de los diputados. (EFE)

En lo que se refiere a la supervisión judicial que se exige para restringir derechos fundamentales con estas leyes, Javier Albar, magistrado del TSJ de Aragón y miembro de la Asociación Francisco de Vitoria, apunta a los precedentes que se han dado durante la pandemia: "Se aplicó los primeros días, cuando en Canarias los internaron en un hotel o en La Rioja se produjo una situación similar. En esos caos hubo autorización", explica. "El problema es que eso implica un uso más o menos concreto y circunstancial de las medidas, y el concepto de pandemia no se ha contemplado de forma clara en estas leyes. Quizá a lo mejor nos falte algún instrumento o habría que mejorarlo. Lo propio sería el estado de alarma, pero es que se están tomando medidas que van mucho más allá y se acercan al de excepción", critica.

Carlos Amoedo Souto, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coruña, también plantea esa posibilidad de buscar un nuevo instrumento si el Congreso no prorroga el estado de alarma: "Como alternativa, yo creo que el Gobierno podría construir un real decreto ley, invocando la ley orgánica 3/1986 y la Ley General de Sanidad, o la Ley de Protección Civil de 2015, para aprobar medidas similares a las que están en el real decreto que prorroga el estado de alarma. El problema entonces vuelve a ser político, porque tienes que pasar por el Congreso para convalidarlo". Para evitar ese visto bueno del Congreso, el Gobierno puede apoyarse en las mencionadas cinco leyes, pero Amoedo apunta entonces al mismo riesgo que Boix: "Esa solución no respetaría el mando único, que es el gran motivo de discusión".

El estado de alarma tiene los días contados. El Congreso vota este miércoles la cuarta prórroga para alargarlo hasta el 24 de mayo, pero parte de la oposición ya cuestiona su idoneidad ante la desescalada. "No hay plan B. El único plan es el estado de alarma", lanzó Pedro Sánchez este sábado. Su promesa, sin embargo, depende de la Cámara Baja, y los juristas consultados por El Confidencial apuntan a una combinación de leyes de salud pública, protección civil y seguridad nacional como posible plan B. Esa alternativa hace que el mando único de Moncloa y el confinamiento más restrictivo se tambaleen, aspectos que en estos momentos concentran el grueso de las críticas.

El redactor recomienda