Es noticia
Instrucción fiscal sobre las protestas: la alarma no basta para prohibirlas
  1. España
Antes de las manifestaciones de Vox

Instrucción fiscal sobre las protestas: la alarma no basta para prohibirlas

El Ministerio Público indica que la excepcionalidad no constituye por sí misma "justificación jurídica apta y suficiente para la prohibición o propuesta de modificación de una manifestación"

Foto:  Varios miles de personas se han concentrado a lo largo de esta tarde noche en el centro de Córdoba para protestar contra el Gobierno (EFE)
Varios miles de personas se han concentrado a lo largo de esta tarde noche en el centro de Córdoba para protestar contra el Gobierno (EFE)

En pleno repunte de las protestas en el tramo final del estado de alarma, la Fiscalía ha fijado criterio. En una instrucción remitida a los miembros del Ministerio Público, el jefe de contencioso-administrativo Pedro Crespo fija las pautas frente a las manifestaciones y apunta que la vigencia del estado de alarma o la invocación del Real Decreto por el que se declaró "no constituyen por sí mismos justificación jurídica apta y suficiente para la prohibición o propuesta de modificación de una reunión o manifestación".

El fiscal defiende la ponderación de derechos. La instrucción especifica que esta afirmación no significa que la situación sanitaria generada por la epidemia "pueda ser ignorada o relativizada" y acude a la Constitución para recordar que esta precisa que la autoridad solo podrá prohibir concentraciones "cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".

Foto: Un hombre protesta con una cacerola en Valladolid. (EFE)

Emplea como base la reciente decisión del Tribunal Constitucional sobre la solicitud de una manifestación en coche en ocasión del 1 de mayo, que no fue autorizada. Tras repasar el criterio según el cual el derecho de reunión no es un derecho absoluto o ilimitado, Crespo se fija en la afirmación del auto del tribunal de garantías sobre la necesidad de identificar la noción de 'orden público' con el peligro para las personas.

La instrucción destaca el actual estadio de evolución de la crisis sanitaria e indica que se ha iniciado ya el denominado proceso de desescalada acompañadas de una paulatina flexibilización de las medidas de aislamiento y restricción de la movilidad.

placeholder Vecinos del madrileño barrio de Moratalaz participan el miércoles en una nueva cacerolada contra del Gobierno (EFE)
Vecinos del madrileño barrio de Moratalaz participan el miércoles en una nueva cacerolada contra del Gobierno (EFE)

Esa evolución normativa en continuo ajuste -dice- "ha de incorporarse, por tanto, a la particularizada toma en consideración de cada caso concreto, de modo que, siguiendo la pauta marcada por el Tribunal Constitucional, pero ajustando su lógica a las condiciones actuales de modo que pueda garantizarse de manera real y efectiva el respeto estricto a las medidas de prevención del riesgo de contagio que rigen cada una de las fases indicadas, el fiscal podrá afrontar con un razonable grado de precisión su deber de valorar detalladamente la suficiencia, la calidad, la viabilidad y la posibilidad de control eficaz de dichas condiciones de prevención".

placeholder Pinche aquí para ver el documento completo.
Pinche aquí para ver el documento completo.

La recomendación llega unas horas antes de las manifestaciones convocadas por Vox para el próximo sábado en distintos puntos de España y que han sido revisadas por las delegaciones de Gobierno en función de cada caso particular. Se han prohibido en Castilla y León y Cataluña pero no en otros muchos lugares, como por ejemplo Andalucía. También se lanza en un momento en el que las caceroladas diarias han alcanzado ya una dimensión nacional.

Los fiscales intervienen en el área contenciosa cuando están afectados derechos fundamentales, y es en ese ámbito donde se han dado criterios. Si la delegación (o subdelegación de gobierno) prohíbe un acto de reunión o manifestación, dicha prohibición -como todo acto administrativo- es recurrible ante los jueces de los contencioso-administrativo. En ese proceso contencioso se da la palabra al fiscal para que informe, y esa instrucción está indicando a estos fiscales pautas para hacer esos informes, explican fuentes jurídicas consultadas.

En pleno repunte de las protestas en el tramo final del estado de alarma, la Fiscalía ha fijado criterio. En una instrucción remitida a los miembros del Ministerio Público, el jefe de contencioso-administrativo Pedro Crespo fija las pautas frente a las manifestaciones y apunta que la vigencia del estado de alarma o la invocación del Real Decreto por el que se declaró "no constituyen por sí mismos justificación jurídica apta y suficiente para la prohibición o propuesta de modificación de una reunión o manifestación".

Fiscalía General del Estado Protesta social Manifestación
El redactor recomienda