Es noticia
Revés del abogado general de la UE a las tesis de España en el caso del rapero Valtònyc
  1. España
Por la euroorden emitida en junio de 2018

Revés del abogado general de la UE a las tesis de España en el caso del rapero Valtònyc

El Abogado General de la UE, en una opinión no vinculante, da la razón a Valtònyc en una de las bases de la defensa española de la euroorden emitida contra el rapero

Foto: Valtònyc, en Bélgica. (EFE)
Valtònyc, en Bélgica. (EFE)

Últimamente España no recibe muy buenas noticias de Luxemburgo, donde se sitúa el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En una decisión no vinculante, aunque suele ser seguida en la mayoría de los casos por los jueces, el Abogado General de la UE ha lanzado un torpedo sobre la línea de defensa de España en su euroorden contra el rapero Valtònyc: a la hora de emitir una petición de búsqueda y entrega europea, la pena que rige es la máxima posible cuando se cometieron los delitos, y no cuando se emitió la orden europea.

En 2012 y 2013, cuando Valtònyc compuso, cantó y publicó las canciones por las que se le condenó, el delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas del terrorismo tenía una pena máxima de dos años. En la reforma del Código Penal de 2015 esta pasó a ser de tres años. Tras la condena a Valtònyc el 21 de febrero de 2017 a dos años de privación de libertad y tras la desestimación del Tribunal Supremo en febrero de 2018 a su recurso de casación, el condenado huyó a Bélgica.

Foto: Momento del altercado entre el rapero Valtònyc y el número dos de Vox por Girona. (Reuters)

La justicia belga, que denegó en un primer momento la euroorden, decisión que la Fiscalía apeló, preguntó a Luxemburgo si debía computar las penas juntas o por separado, y si debía tener en cuenta el Código Penal de 2012 o el de 2015.

En la euroorden emitida en junio de 2018, la Audiencia Nacional incluía los delitos por los que se había condenado a Valtònyc en el epígrafe “terrorismo”. Esto era clave, porque es uno de los casos en los que el Estado miembro receptor de la petición tiene que concederla sin entrar a controlar la doble tipificación de los mismos, es decir, la presencia de ese delito en su código penal con una naturaleza similar. Eso sí, para que se pueda ejecutar sin ese doble chequeo, el castigo en el Estado miembro emisor debe ser de al menos un mínimo de tres años.

Foto: Valtònyc, durante la presentación del Consejo Catalán en Bruselas. (EFE)

El problema radica en que cuando el rapero cometió los delitos, en 2012 y 2013, el Código Penal todavía contemplaba una pena máxima de dos años. Y el Abogado General de la UE, Michal Bobek, ante una pregunta del Tribunal de Apelación de Gante, considera que la euroorden debe basarse en las penas vigentes cuando se cometió el delito, y no en las penas potenciales de cuando se emitió la orden europea.

La decisión final del TJUE, que es la que de verdad tiene validez para el procedimiento de la euroorden, se espera para 2020. Simon Bekaert, miembro del bufete de abogados que lleva la defensa del rapero y también de los líderes independentistas huidos en Bélgica, ha señalado que se está “un paso más cerca de la no extradición”. “España no debe retorcer las normas en la búsqueda de la extradición”, ha tuiteado el abogado belga.

El primer rechazo que obtuvo España por parte de la justicia belga en este caso llegó porque el primer juez que tuvo en sus manos la euroorden consideró que no se podía tildar el enaltecimiento del terrorismo y la humillación a las víctimas como “terrorismo”, y esta es una de las bases de la defensa para pedir la denegación de la extradición. Sin embargo, el abogado general Bobek no entra en el fondo de la cuestión, ni en si se puede considerar o no terrorismo, que es importante para entender bajo qué epígrafe debe incluirse la euroorden.

Últimamente España no recibe muy buenas noticias de Luxemburgo, donde se sitúa el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En una decisión no vinculante, aunque suele ser seguida en la mayoría de los casos por los jueces, el Abogado General de la UE ha lanzado un torpedo sobre la línea de defensa de España en su euroorden contra el rapero Valtònyc: a la hora de emitir una petición de búsqueda y entrega europea, la pena que rige es la máxima posible cuando se cometieron los delitos, y no cuando se emitió la orden europea.

Código Penal Rap Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Tribunal Supremo Bélgica
El redactor recomienda