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La Fiscalía usará en el juicio del 'procés' el varapalo de Estrasburgo a Puigdemont
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EL TEDH RECHAZA LA DEMANDA DE FORCADELL

La Fiscalía usará en el juicio del 'procés' el varapalo de Estrasburgo a Puigdemont

Recuerdan que, para tener en cuenta el derecho a unas elecciones libres, estas deben desarrollarse “en condiciones que garanticen la libre expresión de la opinión del pueblo"

Foto: Imagen capturada de la señal institucional del Tribunal Supremo de los fiscales Javier Zaragoza (i) y Jaime Moreno (d). (EFE)
Imagen capturada de la señal institucional del Tribunal Supremo de los fiscales Javier Zaragoza (i) y Jaime Moreno (d). (EFE)

La última decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tendrá consecuencias en el juicio del 'procés'. Estrasburgo rechazó esta semana por unanimidad la demanda de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y de otros 75 diputados independentistas, entre ellos, el 'expresident' Carles Puigdemont, contra la decisión del Tribunal Constitucional de suspender el pleno de la Cámara catalana del 9 de octubre de 2017, fecha en que los líderes independentistas pretendían proclamar la independencia. A la hora de echar por tierra la protesta de Forcadell y Puigdemont, el TEDH pone en duda el valor del 1-O, una argumentación que será ahora aprovechada por la Fiscalía en el informe final, en el que va a mantener la acusación por rebelión contra los 12 acusados, explican fuentes jurídicas a El Confidencial.

La demanda fue presentada el pasado 11 de octubre de 2017 por el abogado Andreu Van den Eynde, que representa en el juicio del 'procés' a Oriol Junqueras y Raül Romeva. El escrito hacía hincapié en el derecho de los demandantes a la libertad de reunión, aspecto que consideraban que el Constitucional había vulnerado al suspender el pleno del 9 de octubre. El TEDH, sin embargo, sostiene ahora que la injerencia del tribunal en el funcionamiento de la Cámara fue una "necesidad social imperiosa" y la califica como "necesaria en una sociedad democrática", para lo que los magistrados destacan los objetivos legítimos de "seguridad pública", "defensa del orden" y "protección de los derechos y libertades de los demás". En la misma línea, subrayan que el pleno del 9 de octubre fue convocado apoyándose en una ley que ya había sido suspendida provisionalmente por el Constitucional en septiembre de 2017.

Foto: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE)

Otro de los puntos destacables es el que aborda el 1-O, pues el TEDH no duda en calificarlo directamente como un "referéndum para decidir la segregación unilateral de Cataluña". De esta manera, cuando los demandantes apuntan a que se ha visto vulnerado el derecho a unas elecciones libres en Cataluña, los magistrados argumentan que, para tener este razonamiento, el procedimiento en cuestión debe desarrollarse “en condiciones que garanticen la libre expresión de la opinión del pueblo sobre la elección del órgano legislativo”, requisito que no consideran cumplido en el referéndum independentista.

De igual manera, Estrasburgo recuerda que, según establece el TC, un partido político puede promover un cambio en la legislación o incluso en las estructuras constitucionales siempre que utilice medios legales, es decir, proponiendo "un cambio compatible con los principios democráticos fundamentales", explica en una nota de prensa. Los magistrados insisten además en que se debe impedir que los parlamentarios que representan a una minoría se vean privados del ejercicio de sus funciones, como observó el Tribunal Constitucional en su sentencia de 26 de abril de 2018, pintando así toda una serie de condiciones que no se cumplieron en el 'procés' y que, por tanto, llevan a rechazar la demanda de Forcadell y Puigdemont. "El tribunal desestima la queja por considerarla manifiestamente mal fundada", llega a afirmar el TEDH en una nota de prensa.

Foto: La exconsejera de Trabajo, Dolor Bassa (i); la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell (c), y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart (d). (EFE)

La contundencia con la que Estrasburgo responde a la demanda provocó incluso un rifirrafe entre abogados este martes en redes sociales. Ante las críticas que estaba suscitando la decisión, el abogado de Puigdemont y candidato provisional de JxCAT en las europeas, Gonzalo Boye, lanzó un dardo en Twitter: "Igual deberías preguntarte quién hizo ese recurso, porque el TEDH y el TJUE son sitios muy técnicos a los que hay que llegar con los deberes hechos y los pantalones en su sitio", en respuesta a un usuario que interpretaba que la decisión de Estrasburgo pone en peligro las futuras demandas de los independentistas.

El propio Andreu Van den Eynde, que fue quien presentó la demanda, se vio entonces obligado a responder a este dardo en Twitter: "Como bien sabes, el representante de los demandantes no es necesariamente el redactor. La demanda que, por cierto, no hubiera redactado yo en inglés, pero la letrada que se encargó hizo los deberes lo mejor que pudo", contestó a Boye, acompañando el mensaje con un emoticono sonriente. Poco después, Boye publicó un nuevo tuit en el que decía que "ni la hice yo ni la hizo quien aparece en la resolución", pero el daño ya estaba hecho: el bloque independentista no rema en la misma dirección ni en los tribunales.

Mientras en el bloque independentista buscan culpables, la Fiscalía recibe con alegría el rechazo de la demanda en Estrasburgo. Fuentes jurídicas confirman a este diario que el Ministerio Público no cambiará su acusación en la recta final del juicio del 'procés', manteniendo así que los acusados Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Jordi Turull, Josep Rull, Carme Forcadell, Raül Romeva, Joaquim Forn y Dolors Bassa cometieron un delito de rebelión. Tras más de tres meses y 500 testigos, los cuatro fiscales sostendrán en su informe final que ha quedado probado que en septiembre y octubre de 2017 hubo violencia en Cataluña, razonamiento al que ahora sumarán las críticas del TEDH al 1-O.

La última decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tendrá consecuencias en el juicio del 'procés'. Estrasburgo rechazó esta semana por unanimidad la demanda de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y de otros 75 diputados independentistas, entre ellos, el 'expresident' Carles Puigdemont, contra la decisión del Tribunal Constitucional de suspender el pleno de la Cámara catalana del 9 de octubre de 2017, fecha en que los líderes independentistas pretendían proclamar la independencia. A la hora de echar por tierra la protesta de Forcadell y Puigdemont, el TEDH pone en duda el valor del 1-O, una argumentación que será ahora aprovechada por la Fiscalía en el informe final, en el que va a mantener la acusación por rebelión contra los 12 acusados, explican fuentes jurídicas a El Confidencial.

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