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El juez ve indicios de delito en el 'tour de la Manada': hay "trato vejatorio" para la víctima
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El juez ve indicios de delito en el 'tour de la Manada': hay "trato vejatorio" para la víctima

Considera que hay fundamentos para juzgar por un posible delito contra la integridad moral al impulsor del 'tour', en contra del criterio de Fiscalía: los hechos "van más allá del simple mal gusto"

Foto: Los cinco miembros de la Manada. (EFE)
Los cinco miembros de la Manada. (EFE)

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona aprecia indicios para juzgar por un delito contra la integridad moral al responsable del denominado ‘tour de la Manada’, que ofrecía una ruta turística en Pamplona por los lugares que recorrieron los cinco jóvenes sevillanos condenados a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual continuado durante los Sanfermines de 2016. El magistrado asegura que publicar a través de internet una visita por el recorrido del delito sexual grupal constituye un “trato vejatorio” para la víctima, por lo que considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito contra la integridad moral.

El magistrado Edilberto Esteban ha adoptado esta decisión de acuerdo con la postura de la acusación particular y en contra del criterio de la Fiscalía, que no veía delito en el anuncio de este 'tour', que se limitaba a calificar de mal gusto. Sin embargo, el juez estima que este recorrido “constituye claramente un trato vejatorio para la víctima del delito, que va más allá del simple mal gusto del impulsor del 'tour' que argumenta el Ministerio Fiscal y que supone degradar nuevamente a la víctima”.

El impulsor del 'tour de La Manada' se podría enfrentar a una pena de seis meses a dos años de cárcel por un delito contra la integridad moral

De este modo, en el auto, fechado el pasado viernes 12 de abril y que puede ser recurrido, el magistrado determina que continúe la tramitación de las diligencias previas por si los hechos imputados al responsable del anuncio del 'tour' fueran constitutivos de un delito contra la integridad moral. Para ello, emplaza al fiscal y a la acusación particular a que en el plazo de 10 días formulen escrito de acusación solicitando la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa. El impulsor de este 'tour' se podría enfrentar a una pena de prisión de seis meses a dos años por un delito contra la integridad moral.

Foto: Uno de los miembros de La Manada. (EFE)

Las diligencias judiciales se incoaron a raíz de un atestado elaborado por la Policía Foral, que en diciembre del pasado año decidió actuar de oficio ante la existencia de un anuncio en una web de internet que, bajo la denominación de ‘tour de la Manada’, publicitaba el recorrido por las calles y escenarios de Pamplona que siguieron los cinco condenados por el delito sexual grupal. El anuncio se publicó durante tres días, del 3 al 5 de diciembre, y en él figuraba la fotografía de los cinco jóvenes sevillanos. En concreto, según refleja el auto del titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, el imputado, R. S. M. M., “publicó en la web un denominado ‘tour de la Manada' en relación con el recorrido del delito sexual múltiple ocurrido durante los Sanfermines de 2016, haciendo referencia a una cita concreta para ello y con distintas menciones y fotografía de los ya condenados como autores”.

El magistrado Edilberto Esteban fue el encargado de instruir inicialmente el caso de la Manada tras los hechos y, en su investigación, decretó el ingreso en prisión provisional de los cinco jóvenes sevillanos, rechazando las peticiones de su puesta en libertad. Ahora, ante la existencia de este 'tour', el juez ha considerado que existen indicios para juzgar por un delito contra la integridad moral a su responsable. Según expone, "sin perjuicio de lo que en su día determine el juez o tribunal sentenciador, debe tenerse en cuenta el contenido de la página web y lo reconocido parcialmente por el investigado, sin que el ánimo invocado, sin perjuicio de lo que resulte del juicio oral, elimine lo que claramente constituye un trato vejatorio para la víctima del delito, que va más allá del simple mal gusto que argumenta el Ministerio Fiscal, y que supone degradar nuevamente a la víctima".

Foto: Una mujer llora en el exterior del Palacio de Justicia de Pamplona tras conocerse la sentencia, con una condena bastante menor a la que demandaba la Fiscalía. (EFE)

La Policía Foral tramitó diligencias a la Fiscalía con base en un delito de odio por la existencia de esta web que contenía el anuncio del 'tour de la Manada', el cual, según se reflejaba, era gratis y estaba dirigido por "guías profesionales". La página aparecía ilustrada con imágenes de los condenados en distintos lugares de la ciudad disfrutando de los Sanfermines. El recorrido incluía una visita por los lugares donde los integrantes de la Manada se hicieron fotografías, conocieron a la víctima —una joven de 18 años natural de Madrid— y cometieron el delito. La pretensión de este 'tour', según se relataba en la página, era "dar a conocer los hechos del caso de la Manada para denunciar el maltrato a la mujer".

La existencia de esta web fue denunciada por las instituciones navarras. El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron, dijo que se trataba de "una iniciativa de pésimo gusto" que iba "bastante más allá del mal gusto". De hecho, la Policía Municipal también decidió investigar la existencia de esta web, que dejó de ofrecer el recorrido por los escenarios del caso de la Manada tras permanecer operativo el anuncio tres días. Por su parte, la portavoz del Gobierno de Navarra, María Solana, mostró su "absoluto rechazo" a la web y su contenido, y reclamó "la suspensión de cualquier actividad que se propone en la web hasta que haya un posicionamiento judicial".

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona aprecia indicios para juzgar por un delito contra la integridad moral al responsable del denominado ‘tour de la Manada’, que ofrecía una ruta turística en Pamplona por los lugares que recorrieron los cinco jóvenes sevillanos condenados a nueve años de prisión por un delito de abuso sexual continuado durante los Sanfermines de 2016. El magistrado asegura que publicar a través de internet una visita por el recorrido del delito sexual grupal constituye un “trato vejatorio” para la víctima, por lo que considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito contra la integridad moral.

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