Es noticia
Golpe del Supremo a Aena: las tiendas de los aeropuertos son concesiones y no alquileres
  1. Empresas
FUERTES CAÍDAS EN BOLSA

Golpe del Supremo a Aena: las tiendas de los aeropuertos son concesiones y no alquileres

Se remite a la directiva europea de concesión de servicios, que indica que, "en el sector aeroportuario, estas actividades incluyen también servicios que se ofrecen a los pasajeros"

Foto: Los Servicios Centrales de Aena.
Los Servicios Centrales de Aena.

Duro golpe para Aena en su batalla por las tiendas de los aeropuertos. El Tribunal Supremo ha considerado en una sentencia que estas son concesiones y no alquileres, entre otras razones porque estos comercios abonan una renta mínima garantizada anual, independientemente de los resultados de la actividad desarrollada. Así, la reacción en bolsa no se ha hecho esperar y las acciones de la compañía lideran las caídas con un desplome entorno al 4%.

En una sentencia fechada el pasado 8 de marzo adelantada por el diario 'Expansión', la sala de lo contencioso ha desestimado el recurso presentado por el gestor aeroportuario contra una resolución de la Audiencia Nacional.

Foto: Aeropuerto de Ibiza.

El Supremo se remite a la directiva europea de concesión de servicios, que indica que "en el sector aeroportuario, estas actividades incluyen también servicios que se ofrecen a los pasajeros para contribuir al buen funcionamiento de las instalaciones y que se consideran normales en un aeropuerto eficaz y moderno, como comercios, servicios de restauración pública y aparcamientos".

En este sentido, desde la compañía han respondido mediante hecho relevante remitido a la CNMV que "la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2021 no modifica el modelo comercial de Aena, que seguirá basándose en el régimen de arrendamientos comerciales".

Así, a juicio del equipo gestor de Aena "Dicha sentencia, de confirmarse su contenido en una segunda resolución por el Tribunal Supremo, lo que haría que tuviera el valor de jurisprudencia, únicamente obligará a una modificación técnica de los pliegos del sector de restauración y rent a car, avanzando en la desregularización de algunos aspectos de las relaciones de Aena con los operadores comerciales. La sentencia no afecta al sector del retail, duty-free y duty-paid o publicidad".

Además, recuerda que los últimos procedimientos de contratación de arrendamientos comerciales iniciados por Aena en materia de rent a car han sido de nuevo calificados como arrendamientos, tras incluirse las consecuencias derivadas de la citada sentencia.

No obstante, para el Supremo las tiendas de los aeropuertos entran de lleno en la categoría de concesiones, un contrato a título oneroso celebrado por escrito en el que se confía la prestación y la gestión de servicios a uno o más operadores económicos.

Esto implica "la transferencia al concesionario de un riesgo operacional en la explotación de dichas obras o servicios", ya que este asume un riesgo operacional "cuando no esté garantizado que, en condiciones normales de funcionamiento, vaya a recuperar las inversiones realizadas ni a cubrir los costes que haya contraído".

No se trata de concesiones sobre bienes de dominio público aeroportuario que deban mutar a contratos de arrendamiento, como sostenía Aena aludiendo al decreto ley de 2010 de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.

Por el contrario, indica el Supremo, las tiendas, comercios y restaurantes de los aeropuertos están sujetos a un proceso de contratación efectuado en 2017, mediante licitación pública tras una resolución del Tribunal Administrativo Central.

Duro golpe para Aena en su batalla por las tiendas de los aeropuertos. El Tribunal Supremo ha considerado en una sentencia que estas son concesiones y no alquileres, entre otras razones porque estos comercios abonan una renta mínima garantizada anual, independientemente de los resultados de la actividad desarrollada. Así, la reacción en bolsa no se ha hecho esperar y las acciones de la compañía lideran las caídas con un desplome entorno al 4%.

Tribunal Supremo Aeropuertos Audiencia Nacional
El redactor recomienda