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Hacienda se libra de devolver los impuestos al combustible que le reclama Disa (Carceller)
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Abogacía ve la reclamación "inadmisible"

Hacienda se libra de devolver los impuestos al combustible que le reclama Disa (Carceller)

La AN desestima un recurso interpuesto por la compañía, principal operadora de Shell en España. Considera que no es capaz de probar que no trasladó el coste del impuesto al consumidor final

Foto: Logo de Disa en una gasolinera. (EFE)
Logo de Disa en una gasolinera. (EFE)

Hacienda no tendrá que devolver unos impuestos al combustible que le reclamaba Disa, la operadora de gasolineras presidida por Demetrio Carceller. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional, que desestima un recurso interpuesto por la firma que opera la mayoría de estaciones de servicio Shell en España.

Disa, concretamente su filial de suministros y 'trading', pedía a la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal que se le devolvieran los impuestos pagados en concepto de tipo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos entre enero de 2013 y diciembre de 2016, devengado en Canarias, localidad de origen y sede de la empresa donde domina el mercado de repostaje de vehículos.

La petrolera, asistida para este caso por KPMG Abogados, entiende que "el tipo autonómico del impuesto sobre hidrocarburos (...) es contrario al régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, diseñado por la Directiva 2003/96/CE, (...) así como por la Directiva 2008/118/CE, (...) relativa al régimen general de los impuestos especiales, en tanto los tipos diferenciados por razón del territorio no se encuentran dentro de las excepciones establecidas".

placeholder El presidente de Disa, Demetrio Carceller. (Foto cedida por Disa)
El presidente de Disa, Demetrio Carceller. (Foto cedida por Disa)

Por ello, los demandantes estiman que "al haber abonado el tipo autonómico sobre el impuesto de hidrocarburos y ser este contrario a la normativa comunitaria, reclama la devolución de los ingresos indebidos que se han producido".

Previamente, Disa había reclamado en vía administrativa ante el Tribunal Económico y Administrativo Central (TEAC) frente a la Delegación de Santa Cruz de Tenerife de la Agencia Tributaria. Sin embargo, el tribunal dependiente de Hacienda desestimó las reclamaciones por las liquidaciones tanto de Disa como de otros operadores de productos petrolíferos como CLH, Tepsa y Secicar, que pedían más de 180 millones de euros y los intereses de demora.

En este caso, los magistrados que firman el fallo de la Audiencia Nacional entienden que la compañía no es capaz de acreditar que no trasladó esos impuestos a sus clientes en el precio de la gasolina ni tampoco que el aumento del coste del carburante haya generado un perjuicio en la facturación de la compañía por menores ventas.

Foto: Foto de la sede de Repsol en Madrid. (Reuters)

De esta manera, el alto tribunal secunda los argumentos de la Abogacía del Estado, que defiende los intereses de Hacienda y considera la reclamación "inadmisible", según reza el fallo judicial, ya que cree que la devolución de este gravamen generaría un "enriquecimiento injusto", si previamente la firma trasladó esos impuestos a los consumidores de combustibles.

Pese a desestimar la reclamación, la Audiencia Nacional muestra dudas jurídicas sobre la interpretación que habría que hacer de las directivas y la validez de este tributo regional, para lo que señala habría que solicitar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por esta razón, los magistrados deciden no condenar en costas a la empresa de Demetrio Carceller, conocido empresario por otras empresas como Damm o su participación en firmas como Ebro Foods, Sacyr o Freixenet.

El juez recuerda, además, que Disa puede interponer un recurso de casación frente a la sentencia. Fuentes de la compañía han declinado hacer comentarios.

Un impuesto controvertido

El impuesto autonómico sobre los carburantes es una figura controvertida en el ordenamiento jurídico español. Entre 2002 y 2012, se instauró una figura previa a la reclamación del caso de Disa conocido como impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH), popularmente llamado céntimo sanitario, ya que su fin era destinarlo a fines de la salud. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo declaró ilegal y tuvo que ser eliminado.

Posteriormente, se instauró la figura del tipo autonómico en el impuesto sobre hidrocarburos. Sin embargo, este gravamen, desigual por regiones, acabó siendo armonizado elevándolo al máximo en toda España al inicio de 2018, con el Gobierno de Rajoy (PP). Así desaparecieron las desigualdades entre comunidades autónomas a la hora de abonar este tributo.

Hacienda no tendrá que devolver unos impuestos al combustible que le reclamaba Disa, la operadora de gasolineras presidida por Demetrio Carceller. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional, que desestima un recurso interpuesto por la firma que opera la mayoría de estaciones de servicio Shell en España.

Demetrio Carceller Audiencia Nacional Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
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