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Andreu abre juicio contra Rato, su consejo, Bankia y Deloitte por la salida a bolsa
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POR ESTAFA A INVERSORES Y FALSEDAD CONTABLE

Andreu abre juicio contra Rato, su consejo, Bankia y Deloitte por la salida a bolsa

La Audiencia Nacional ha abierto juicio oral contra rodrigo Rato, José Luis Olivas y el grueso del consejo de Bankia en 2011, así como contra la propia entidad y su auditora, Deloitte

Foto: Rodrigo Rato en la salida a bolsa de Bankia el 20 de julio de 2011. (EFE)
Rodrigo Rato en la salida a bolsa de Bankia el 20 de julio de 2011. (EFE)

La salida a bolsa de Bankia en 2011 no solo va a sentar en el banquillo a sus expresidentes Rodrigo Rato y José Luis Olivas, sino también al grueso del consejo de administración de la entidad en 2010 y 2011, así como a la propia Bankia y su matriz, BFA, y a la auditora Deloitte. El juez Fernando Andreu de la Audiencia Nacional ha dictado este viernes auto de apertura de juicio oral contra todos ellos por delitos de estafa a inversores, penado con hasta seis años de cárcel, y de falseamiento de cuentas en los citados ejercicios, por lo que pueden ser condenados a tres años más.

Andreu entiende que, a lo largo de los cinco años que lleva de instrucción el 'caso Bankia', se han recabado indicios racionales que demuestran que los administradores de BFA y Bankia aprobaron unas cuentas maquilladas sobre la verdadera situación de las entidades que administraban, que no reflejaban la imagen fiel de la misma ni su verdadera situación económica, con el consiguiente perjuicio tanto para los que suscribieron acciones en la OPV como para el Estado.

placeholder El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu. (EFE)
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu. (EFE)

La Fiscalía y la Abogacía del Estado, esta última en representación del FROB, solicitan una pena de cinco años de cárcel para Rato, de cuatro años para José Luis Olivas, de tres para José Manuel Fernández Norniella y de dos años y siete meses para Francisco Verdú, todos ellos por un delito del artículo 282 bis del Código Penal (estafa a inversores).

El magistrado rechaza el sobreseimiento de la causa contra la propia Bankia y BFA como solicitaba el fiscal, aunque sí admite la petición de que la actitud colaborativa de la entidad bajo la presidencia de José Ignacio Goirigolzarri permita una "posible atenuación de la responsabilidad penal", aunque nunca el sobreseimiento. En cuanto a la responsabilidad civil, el Ministerio Público pide que los acusados indemnicen de forma conjunta y solidaria a los inversores minoristas personados en el procedimiento en el importe total de su inversión, con exclusión de quienes hayan sido indemnizados por Bankia en el proceso de devolución a los inversores minoristas, y declarala responsabilidad civil subsidiaria de esta última.

La Audiencia Nacional sentará en el banquillo a Rato y Olivas por la salida a bolsa de Bankia

La Abogacía del Estado, por su parte, considera que los acusados son responsables civiles directos y como tales deben indemnizar al FROB por las cantidades en que el patrimonio de BFA y Bankia se haya visto mermado como consecuencia de los procedimientos civiles instados por inversores que acudieron a la salida a bolsa de la entidad financiera.

Deloitte, cooperador necesario

Respecto a Deloitte, Andreu había decretado inicialmente el sobreseimiento por una 'technicality', al entender que los auditores individuales (Francisco Celma en este caso) actúan de forma independiente de la firma. La Sala de lo Penal de la Audiencia aceptó los recursos contra esta decisión presentados por la acusación popular y las particulares —ni el fiscal ni el FROB lo hicieron—, por lo que ahora ambos, Deloitte y Celma, deberán sentarse en el banquillo como cooperadores necesarios.

placeholder Oficinas de Deloitte en Londres. (Reuters)
Oficinas de Deloitte en Londres. (Reuters)

En este sentido el auto argumenta que, “si bien el legislador ha delimitado el ámbito de los autores o sujetos activos a los administradores de hecho o de derecho, no puede olvidarse que no se debe descartar la posibilidad de la participación, por cooperación necesaria, de las entidades auditoras que al realizar la fiscalización externa de la contabilidad, colaboran y se prestan a la formación de unas cuentas anuales o balances falseados, conducta que está expresamente tipificada en distintas legislaciones penales de nuestro entorno, como los son la francesa, la alemana, o la italiana. Y se debe considerar dicha responsabilidad por cuanto y en su función de auditor procedió a analizar, verificar y dictaminar la corrección y veracidad de las cuentas de Bankia, S.A. que se presentaron en el folleto de emisión para su salida a Bolsa, siendo indudable que sin dicha revisión y verificación las autoridades reguladoras y supervisoras no hubieran permitido que la citada entidad bancaria operara en el parquet".

El auto de apertua de juicio oral concluye que "no existe ninguna razón de peso para excluir la responsabilidad penal del superior que conoce la ejecución del acto antijurídico del inferior, cometido tanto dentro del ámbito de las funciones de este último, como de las facultades de supervisión del superior, y, pudiendo hacerlo, no ejerce sus facultades de control o no actúa para evitarlo. O dicho con otras palabras: elige permanecer pasivo sin requerir más información y sin ejercer sus facultades superiores", con lo que rechaza el argumento que han usado para su defensa algunos miembros del consejo.

La salida a bolsa de Bankia en 2011 no solo va a sentar en el banquillo a sus expresidentes Rodrigo Rato y José Luis Olivas, sino también al grueso del consejo de administración de la entidad en 2010 y 2011, así como a la propia Bankia y su matriz, BFA, y a la auditora Deloitte. El juez Fernando Andreu de la Audiencia Nacional ha dictado este viernes auto de apertura de juicio oral contra todos ellos por delitos de estafa a inversores, penado con hasta seis años de cárcel, y de falseamiento de cuentas en los citados ejercicios, por lo que pueden ser condenados a tres años más.

Rodrigo Rato