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El juez busca si Santander y BNP eludieron su deber de comunicar las operaciones de HSBC
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El juez busca si Santander y BNP eludieron su deber de comunicar las operaciones de HSBC

La Audiencia Nacional busca información para determinar si ambas entidades cumplieron con los requisitos de comunicación que se exigen siempre que hay sospechas de blanqueo

Foto: Logo del Santander en la sede de Boadilla del Monte. (Reuters)
Logo del Santander en la sede de Boadilla del Monte. (Reuters)

La visita sorpresa de la Guardia Civil a las sedes de Banco Santander y BNP Paribas en Madrid perseguía identificar si ambas entidades habían cumplido con las exigencias de informar de todos los movimientos sospechosos de encubrir un blanqueo de capitales. Según fuentes conocedoras de la situación, los agentes buscaban en concreto si los dos bancos habían comunicado presuntas operaciones vinculadas a las cuentas que se están investigando judicialmente en el marco de la lista Falciani y de las prácticas del banco británico HSBC a través de su filial de Ginebra.

En concreto, y siempre según esas fuentes, la Guardia Civil inspeccionó una serie de cuentas presuntamente relacionadas con HSBC y la lista Falciani para identificar si, en efecto, habían sido comunicados sus movimientos al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac). Es decir, el requerimiento de información solicitado por el titular del Juzgado número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata, a ambas entidades buscaba no solo identificar si habían colaborado con HSBC en el blanqueo de los fondos de sus cuentas, sino también si habían cumplido con lo que establece la Ley 10/2010, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Las entidades de crédito, entre otros sujetos obligados dentro del ámbito financiero que establece esta ley, "examinarán con especial atención cualquier hecho u operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo". Tras ese examen, "los sujetos obligados comunicarán, por iniciativa propia, al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto al que, tras el examen especial a que se refiere el artículo precedente, exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo". "Las comunicaciones (...) se efectuarán sin dilación de conformidad", añade esa norma.

Así, aunque tanto el Santander como BNP atendieron los requerimientos de información solicitados por el juez y aunque, según fuentes financieras, siempre han colaborado con la justicia y con cualquier petición de información que han recibido, De la Mata está explorando otras vías. En concreto, está buscando si, además de responder a las peticiones, podrían haber sido más proactivos con los autoridades acerca de sus operaciones vinculadas a HSBC.

No hay opción: comunicar sí o sí

Sobre todo porque la normativa es clara y exige a los sujetos obligados a realizar una comunicación de operaciones sospechosas (COS) en cuanto encuentren síntomas de que se estén produciendo prácticas relacionadas con el blanqueo de capitales. No hacerlo los expondría a la comisión de infracciones muy graves, graves o leves, en función del requisito no cumplido. Seguidamente, y en caso de incurrir en esas infracciones, los sujetos obligados afrontarían distintas sanciones en función de la gravedad de la infracción cometida.

En esas comunicaciones, los sujetos obligados deben informar sobre las personas físicas o jurídicas que participan en la operación y el concepto por el que participan en ella, la actividad a la que se dedican y su vinculación con la operación y los detalles de las operaciones y las fechas en que se realizaron. Al mismo tiempo, el sujeto obligado tiene que precisar las gestiones que ha realizado la operación comunicada, así como la "exposición de las circunstancias de toda índole de las que pueda inferirse el indicio o certeza de relación con el blanqueo de capitales o con la financiación del terrorismo o que pongan de manifiesto la falta de justificación económica, profesional o de negocio para la realización de la operación".

A instancias del juez De la Mata, los agentes que acudieron por sorpresa a las sedes del Santander y BNP buscaban precisamente si estas entidades habían actuado de acuerdo a lo que exige la ley, que a su vez se deriva de los requisitos establecidos internacionalmente para luchar contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Esta armonización legislativa viene de los esfuerzos realizados desde finales de los años ochenta, con la constitución de un Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo internacional responsable de la lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y otras amenazas contra la integridad del sistema financiero internacional y bajo cuyo marco se ha ido adaptando y desarrollando la normativa española. Se da la circunstancia de que el director del Sepblac, Juan Manuel Vega, pasará a presidir el GAFI a partir de julio.

La visita sorpresa de la Guardia Civil a las sedes de Banco Santander y BNP Paribas en Madrid perseguía identificar si ambas entidades habían cumplido con las exigencias de informar de todos los movimientos sospechosos de encubrir un blanqueo de capitales. Según fuentes conocedoras de la situación, los agentes buscaban en concreto si los dos bancos habían comunicado presuntas operaciones vinculadas a las cuentas que se están investigando judicialmente en el marco de la lista Falciani y de las prácticas del banco británico HSBC a través de su filial de Ginebra.

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