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Cómo obtener el borrador para la declaración de la renta 2022 - 2023, paso a paso
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Cómo obtener el borrador para la declaración de la renta 2022 - 2023, paso a paso

Desde el 11 de abril, todos los contribuyentes tendrán acceso a este documento, que podrán modificar y confirmar a través de diferentes vías

Foto: ¿Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022-2023 por internet?
¿Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022-2023 por internet?

Como cada año, la campaña de la renta será uno de los trámites protagonistas del mes de abril. En esta ocasión, el proceso, que tendrá en cuenta los ingresos obtenidos en 2022, arranca el 11 de abril y se alargará hasta el 30 de junio, ambos incluidos. El primer paso para hacer la gestión es acceder al borrador, un documento donde aparecerán los datos económicos que tiene la Agencia Tributaria de cada contribuyente. Como su nombre indica, es un borrador y no la declaración final. Cada ciudadano podrá cotejar esta información y tendrá la posibilidad de confirmarla o realizar las modificaciones necesarias.

Será posible descargar este documento a partir del 11 de abril, que es también cuando empieza el periodo para presentar la declaración por internet. Si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo para presentar la declaración termina el 27 de junio, y, por el contrario, si al contribuyente le sale a devolver, tendrá hasta el 30 de junio, la fecha final de la campaña de este año. Habrá dos opciones para revisar el borrador: en la web de la Agencia Tributaria o a través la app móvil.

Foto: Cuándo puedo hacer la declaración de la Renta en 2023. (Unsplash)

Así, se podrá consultar el borrador de manera telemática siempre y cuando se disponga de Cl@ve PIN, certificado o DNIe para identificarse de forma digital. Para ello, hay que acceder a la página web de la Agencia Tributaria y desde ahí entrar en el apartado dedicado a la campaña de la renta y ahí mismo podrás encontrar la opción Renta WEB. Una vez que estamos dentro del sistema, podremos ver nuestro borrador cargando una declaración anterior o creando una desde cero si es el caso.

Fechas más relevantes de la campaña

  • 11 de abril: se abre el plazo para la presentación del borrador a través de internet.
  • Desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio: plazo de solicitud de cita para hacer la declaración de la renta por teléfono.
  • 5 de mayo: se abre el plazo para presentar el borrador por vía telefónica.
  • Desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio: plazo de solicitud de cita para hacer la declaración de la renta presencialmente.
  • 1 de junio: a partir de este día es posible acudir de manera presencial a la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta en persona, solicitando cita previa.
  • 27 de junio: acaba el plazo para presentar la declaración aquellos que tengan resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 29 de junio: es el último día para pedir cita previa para presentar la declaración.
  • 30 de junio:​ este es el último día para presentar la declaración de la renta 2022-2023.

¿Qué novedades hay en esta campaña?

Entre las novedades de esta campaña figuran una mayor restricción de las deducciones de planes de pensiones individuales, una nueva casilla para la declaración de criptomonedas o la regularización de las deducciones de maternidad no disfrutadas en 2020 y 2021 para mujeres afectadas por ERTE. También un aumento de la reducción sobre el rendimiento neto de módulos (que pasa del 5% al 15%), una minoración del rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas (del 35% del precio de compra de gasóleo agrícola y 15% de fertilizantes) o una reducción del rendimiento de módulos del 20% para quienes desarrollen su actividad en La Palma, así como la extensión de la deducción por actuaciones de eficiencia energética o una deducción para los habitantes de esta isla.

Como cada año, la campaña de la renta será uno de los trámites protagonistas del mes de abril. En esta ocasión, el proceso, que tendrá en cuenta los ingresos obtenidos en 2022, arranca el 11 de abril y se alargará hasta el 30 de junio, ambos incluidos. El primer paso para hacer la gestión es acceder al borrador, un documento donde aparecerán los datos económicos que tiene la Agencia Tributaria de cada contribuyente. Como su nombre indica, es un borrador y no la declaración final. Cada ciudadano podrá cotejar esta información y tendrá la posibilidad de confirmarla o realizar las modificaciones necesarias.

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