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El TS da la razón a miles de madres a las que Hacienda negaba 1.000 € para guardería
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VARAPALO A HACIENDA

El TS da la razón a miles de madres a las que Hacienda negaba 1.000 € para guardería

Varapalo del Supremo a Hacienda, que ha rechazado una interpretación del ministerio que dirige María Jesús Montero por la que restringía una ayuda a la conciliación

Foto: Imagen de una guardería. (EFE/Lorenzo)
Imagen de una guardería. (EFE/Lorenzo)
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Varapalo del Supremo a Hacienda, que ha rechazado una interpretación del ministerio que dirige María Jesús Montero por la que restringía una ayuda a la conciliación laboral de las madres. El alto tribunal ha dado la razón a una madre y ha abierto la puerta a miles de reclamaciones para aprovechar la deducción de 1.000 euros por gastos en guardería. Hay miles de familias afectadas, como publicó este medio.

El conflicto viene de lejos. Empezó con el cambio de Gobierno tras la moción de censura a Mariano Rajoy y la investidura de Pedro Sánchez, y se plasmó en los borradores de la declaración de la renta de 2018. Desde entonces ha habido reclamaciones, pleitos en la Justicia y decisiones contradictorias entre órganos autonómicos. El Supremo admitió el recurso a finales de 2022.

La ayuda en forma de deducción de 1.000 euros se incluyó en los últimos presupuestos de Cristóbal Montoro, con la que "se incrementa el incentivo fiscal cuando tenga que soportar gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados", y habla de "guarderías y centros de educación infantil".

Sin embargo, Hacienda restringió, sin aviso, la deducción a los centros de educación infantil. Solo las madres que tenían a sus hijos en los mismos contaron con la deducción incorporada al borrador en la campaña de 2019, ya que los centros deben enviar el modelo 233 con los datos.

Foto: Imagen de una guardería de Cantabria. (EFE/Aguilera)

Es decir, Hacienda ha limitado la ayuda, tras desarrollar la norma por reglamento, al ámbito educativo, a los centros de educación infantil con autorización autonómica —las comunidades tienen la competencia—, y dejando fuera a las madres que llevan a sus hijos a centros con autorización municipal pero no autonómica. Se estima que hay decenas de miles de madres afectadas. De hecho, que hay más guarderías que centros de educación infantil.

El debate jurídico en los diversos órganos, hasta llegar al Supremo, ha versado sobre si la normativa que creó la deducción quería referirse a centros de educación infantil o a cualquier tipo de guardería, y si la ayuda era para el ámbito educativo de los niños de cero a tres años, o para facilitar la conciliación a las madres. Asimismo, también se ha evaluado si Hacienda puede modificar el criterio a través de reglamento.

El primer caso visto por el Supremo ha sido el de una madre de Cantabria, a la que le dieron la razón el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Hacienda y, también, el Tribunal de Justicia Superior de la región. Sin embargo, el Abogado del Estado llevó el tema al Supremo, que ha ratificado su victoria, haciéndola extensiva a todas las demás madres, y contradiciendo a algunos tribunales regionales y a la propia Hacienda.

El Supremo señala en la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, que fija "como doctrina jurisprudencial que la expresión 'guarderías o centros de educación infantil autorizados' contenida en el artículo 81.2, párrafo 1o, de la Ley del IRPF que condiciona la aplicabilidad del incremento del importe de la deducción por maternidad debe entenderse en el sentido de que la autorización exigida por el citado precepto a las guarderías o centros de educación infantil no es la otorgada por la Administración educativa correspondiente, que tan solo será exigible a los centros de educación infantil, sino la que resulte precisa para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, según las disposiciones normativas aplicables a este tipo de centros".

Foto: Imagen de una guardería. (EFE)

El alto tribunal está emitiendo otras sentencias en la misma dirección, contradiciendo a tribunales como el TSJ de Extremadura, que falló a favor de Hacienda. El Supremo dice que "no cabe sostener" que el reglamento "haya introducido como requisito sustancial para disfrutar de la deducción (…) que las guarderías cuenten con autorización de la Administración educativa".

Hay que tener en cuenta que las guarderías tienen licencia municipal para trabajar, en función de criterios como recursos humanos como salubridad. Otra cosa es que no sean siempre centros de educación infantil, y no estén en el ámbito educativo bajo el régimen autonómico. En algunas comunidades, casi todas las guarderías trabajan al margen del ámbito educativo, sin autorización autonómica. De hecho, el Periódico de Extremadura estimó que solo el 10% de las madres han podido beneficiarse de la ayuda.

Hacienda se había enrocado en restringir la ayuda, incluso frente a la Comisión de Hacienda del Congreso, que votó en favor de instar al Gobierno a rectificar el criterio, algo que también defendió el Defensor del Pueblo. Muchas madres han pleiteado a título individual o a través de la Asociación de Personas Afectadas por la Deducción de Gastos en Guarderías en el IRPF.

Todas las madres con procedimientos abiertos han recibido el respaldo del Supremo. Pero las cuestiones tributarias prescriben a los cuatro años, con lo que muchas más, aunque no reclamaran, pueden ahora solicitar con carácter retroactivo la devolución con intereses de demora de la cuantía equivalente a la aplicación de la deducción en los años previos.

Varapalo del Supremo a Hacienda, que ha rechazado una interpretación del ministerio que dirige María Jesús Montero por la que restringía una ayuda a la conciliación laboral de las madres. El alto tribunal ha dado la razón a una madre y ha abierto la puerta a miles de reclamaciones para aprovechar la deducción de 1.000 euros por gastos en guardería. Hay miles de familias afectadas, como publicó este medio.

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